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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 13 TRECE DEL MES DE JUNIO DEL AÑO 2018 DOS MIL DIECIOCHO.

CEGAIP-RR-172/2017-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA TÉCNICA DE GABINETE, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se requiere al titular de la Secretaria Técnica del Gabinete de Gobierno del Estado de San Luis Potosí a efecto de que en el termino de 05 cinco días hábiles, gire instrucciones necesarias para que se otorgue el debido cumplimiento a la resolución dictada en el Recurso de Revisión 172/217-1 PLATAFORMA tomando en cuenta las consideraciones vertidas en el presente proveído. Debiendo remitir las constancias necesarias que acrediten el cabal cumplimiento a lo ordenado en la resolución dictada por este órgano colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-223/2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR0009717-3 CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE SU RECTOR, Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución dictada en el recurso de revisión RR-223/2017-1 Plataforma. Por ultimo archívese en su oportunidad este expediente como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-550/2017-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE MOCTEZUMA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución dictada en el recurso de revisión RR-550/2017-1 Plataforma. Por último archívese en su oportunidad este expediente como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-640/2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00025917 CONTRA SERVICIOS DE SALUD EN EL ESTADO A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y LA JEFA DE DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO PERSONAL. Se requiere al Titular de los Servicios de Salud en el Estado de San Luis Potosí, en virtud de ser el superior jerárquico del Titular de la Unidad de Transparencia de los Servicios de Salud en el Estado de San Luis Potosí, a efecto de que en el término de 05 cinco días hábiles, giré las instrucciones necesarias para que se otorgue el debido cumplimiento a la resolución dictada en el recurso de revisión 640/2017-1 PLATAFORMA, tomando en cuenta las consideraciones vertidas en el presente proveído, debiendo remitir las constancias necesarias que acrediten el cabal cumplimiento a lo ordenado en la resolución dictada por este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-133/2018-1 CONTRA COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA OTORGADA POR EL ENTE OBLIGADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-139/2018-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, Y DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA OTORGADA POR EL ENTE OBLIGADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-154/2018-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, Y DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA, Y DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA OTORGADA POR EL ENTE OBLIGADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-163/2017-1 CONTRA LA DIRECCIÓN DE AGUA POTABLE ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE CIUDAD VALLES, SAN LUIS POTOSÍ, a través de su TITULAR de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, de la SUBDIRECTORA COMERCIAL y de su SUBDIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA OTORGADA POR EL ENTE OBLIGADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-172/2018-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, Y DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA EL ACTO IMPUGNADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-175/2018-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, Y DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA EL ACTO IMPUGNADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-177/2018-3 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Visto el contenido del correo electrónico enviado por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, se observa que hace de conocimiento a este Órgano Garante, el acuerdo de siete de junio de dos mil dieciocho, emitido dentro del expediente RIA 0096/18, promovido por el particular contra la resolución dictada en el presente sumario, en el cual se requiere a este Órgano Garante para efectos de que, dentro del término de diez días hábiles, remita informe justificado con los elementos que consideró para la emisión del fallo ahora impugnado, así como copia del expediente citado al rubro. En consecuencia, remítase el presente recurso a la Dirección Jurídica de esta Comisión para que, dentro del término señalado por la autoridad, rinda el informe justificado solicitado; en virtud de ser el área encargada de elaborar los informes en los que este Órgano de Transparencia sea señalado como autoridad responsable. Por otra parte, se ordena realizar las gestiones necesarias para efecto de remitir copia del presente medio de impugnación al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. Notifíquese.
CEGAIP-RR-178/2018-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, Y DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA EL ACTO IMPUGNADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-268/2018-1 CONTRA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONOMICO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA EL ACTO IMPUGNADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-271/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00013918 CONTRA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS (SEDUVOP), POR CONDUCTO DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA DE PLANEACION, CONTROL Y SEGUIMIENTO. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA EL ACTO IMPUGNADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-311/2018-3 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, AL IGUAL QUE DEL DIRECTOR GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO. Se decreta la ampliación del plazo de Veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-311/2018-2 en el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezara a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Finalmente y en atención al proveído que antecede remítase de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-314/2018-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de Veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-314/2018-2 en el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezara a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Finalmente y en atención al proveído que antecede remítase de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-317/2018-2 CONTRA SECRETARÍA DE FINANZAS. Se decreta la ampliación del plazo de Veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-317/2018-2 en el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezara a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Finalmente y en atención al proveído que antecede remítase de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-320/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00017318 CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA A LA INFORMACIÓN PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL CONTRALOR INTERNO Y DEL DIRECTOR DEL TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN SOCIAL. . Se decreta la ampliación del plazo de Veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-320/2018-2 en el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezara a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Finalmente y en atención al proveído que antecede remítase de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-323/2018-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DEL SECRETARIA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL COORDINADOR GENERAL DE RECURSO HUMANOS. ASI COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR POR CONDUCTO DE SU DIRECTORA GENERAL A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL. DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. AL IGUAL QUE DEL DIRECTOR GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO. . Se decreta la ampliación del plazo de Veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-323/2018-2 en el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezara a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Finalmente y en atención al proveído que antecede remítase de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-347/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00018318 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-363/2018-3 SIGEMI CONTRA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto, para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-375/2018-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00019818 CONTRA PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto, para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-392/2018-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA DE LA ESCUELA PRIMARIA MARGARITA MAZA DE JUÁREZ. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-395/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF00006518 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA OFICIALÍA MAYOR, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-436/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE el recurso de revisión RR-436/2018-1 únicamente respecto de la falta de respuesta a la solicitud presentada por el recurrente el 07 siete de mayo de 2018 dos mil dieciocho, al AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, a quienes se les tiene como sujetos obligados en el presente recurso., se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de la especiales circunstancias del asunto en estudio, las cuales por su naturaleza y la relación que guardan con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública y atendiendo a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y este cuerpo colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-439/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE el recurso de revisión RR-439/2018-1 únicamente respecto de la falta de respuesta a la solicitud presentada por el recurrente el 07 siete de mayo de 2018 dos mil dieciocho, al AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, , se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de la especiales circunstancias del asunto en estudio, las cuales por su naturaleza y la relación que guardan con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública y atendiendo a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y este cuerpo colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-442/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE el recurso de revisión RR-442/2018-1 únicamente respecto de la falta de respuesta a la solicitud presentada por el recurrente el 07 siete de mayo de 2018 dos mil dieciocho, al AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, a quienes se les tiene como sujetos obligados en el presente recurso. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de la especiales circunstancias del asunto en estudio, las cuales por su naturaleza y la relación que guardan con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública y atendiendo a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y este cuerpo colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-445/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE el recurso de revisión RR-445/2018-1 únicamente respecto de la falta de respuesta a la solicitud presentada por el recurrente el 07 siete de mayo de 2018 dos mil dieciocho, al AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de la especiales circunstancias del asunto en estudio, las cuales por su naturaleza y la relación que guardan con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública y atendiendo a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y este cuerpo colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-448/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE el recurso de revisión RR-448/2018-1 únicamente respecto de la falta de respuesta a la solicitud presentada por el recurrente el 07 siete de mayo de 2018 dos mil dieciocho, al AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de la especiales circunstancias del asunto en estudio, las cuales por su naturaleza y la relación que guardan con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública y atendiendo a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y este cuerpo colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-451/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se ADMITE el recurso de revisión RR-451/2018-1 únicamente respecto de la falta de respuesta a la solicitud presentada por el recurrente el 07 siete de mayo de 2018 dos mil dieciocho, al AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de la especiales circunstancias del asunto en estudio, las cuales por su naturaleza y la relación que guardan con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública y atendiendo a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y este cuerpo colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-473/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00023118 CONTRA INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Admítase y tramítese el presente asunto como recurso de revisión y se tiene como sujeto obligado al INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA anótese y regístrese el presente recurso en el libro de gobierno que para tal efecto lleva esta comisión bajo el numero de RR-473/2018-1 plataforma, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho Notifíquese.

CEGAIP-RR-476/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00023318 CONTRA CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANAPARENCIA, DEL TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE FINANZAS Y DEL TITULAR DE LA OFICIALÍA MAYOR. Admítase y tramítese el presente asunto como recurso de revisión y se tiene como sujeto obligado al CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANAPARENCIA, DEL TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE FINANZAS Y DEL TITULAR DE LA OFICIALÍA MAYOR. Anótese y regístrese el presente recurso en el libro de gobierno que para tal efecto lleva esta comisión bajo el numero de RR-476/2018-2 plataforma, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho Notifíquese.

CEGAIP-RR-479/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00023418 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE CULTURA A TRAVÉS DE SU SECRETARIO DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL DIRECTOR ADMINISTRATIVO. Admítase y tramítese el presente asunto como recurso de revisión y se tiene como sujeto obligado al GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE CULTURA A TRAVÉS DE SU SECRETARIO DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL DIRECTOR ADMINISTRATIVO. Anótese y regístrese el presente recurso en el libro de gobierno que para tal efecto lleva esta comisión bajo el numero de RR-479/2018-2 plataforma, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho Notifíquese.

CEGAIP-SI-015/2018 MANUAL. En atención a su solicitud de información interpuesta en esta Comisión el día 31 de mayo del 2018, y de acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente en sus artículos 53 y 54 fracciones II, IV, V, me permito darle seguimiento y trámite al expediente, como lo estipula dicha Ley; estando la información o respuesta a su disposición, en la Unidad de Transparencia de la CEGAIP. Lo anterior, según lo dispuesto en el artículo 59 y 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente. Notifíquese.

CEGAIP-PIMA-003/2018 DERIVADO DEL RECURSO DE REVISION 498/2017-3 EN CONTRA DE TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS. Se tiene por recibido dos oficios 1551/2018 y 15517/2018 por la Licenciada Alicia Chan Cota, Secretaria del juzgado de Distrito en el Estado de 04 de de junio de 2018 determinaciones que por ser de idéntica se proveen de manera conjunta y que se refieren a la resolución del incidente de suspensión dentro del juicio de amparo Indirecto 523/2018-Vi promovido por Martha Angélica Gámez González contra actos de esta comisión. Asi mismo téngase por recibido DT 061/2018 signado por Leopoldo Stevens Amaro, Secretario de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas del 29 de mayo de 2018 y que dicho oficio refiere a la resolución dictada dentro de los autos que integran el expediente PIMA-03/2018 por esta comisión. Visto el contenido de los primeros oficios de cuentan, que de ser de idéntica redacción se prevén de manera conjunta en donde se tiene a la autoridad federal por informando que se decreta la suspensión definitiva de los actos reclamados, para efecto de que la cosas se mantengan en el estado en que se encuentran y no se ejecute la sanción impuesta dentro del procedimiento llevado a cabo en el expediente PIMA 03/2018. En lo que local al tercer oficio signado por Leopoldo Stevens amaro secretario de desarrollo urbano y vivienda y obras públicas, informa a esta comisión que derivado del acuerdo emitido por el juzgado segundo de distrito el 29 de mayo de 2018, no es posible aplicar la medida de apremio establecida en el PIMA 03/2018 HASTA en tanto no quede firme la resolución dentro del juicio de amparo 523/2018-Vi. Por último se determina que las constancias que derivan del juicio de amparo 523/2018 vi tramitada ante el juzgado de distrito, en los sucesivo se agregaran y acordara en el expediente PIMA-03/2018. Y una vez que se notifique a esta comisión sobre el juicio de amparo que corresponda el acto reclamado que emana el presente procedimiento PIMA-03/2018 se acordara lo conducente. Notifíquese


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
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Creado el 06/13/2018 07:41:32 AM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 04:33:52 AM
Modificado el 06/13/2018 07:41:35 AM
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