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Periodo de la actualización de la información.10/30/2017

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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 30 TREINTA DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 DOS MIL DIECISIETE.

CEGAIP-RR-032/2016-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DEL ARCHIVO HISTÓRICO DEL ESTADO”LIC ANTONIO ROCHA CORDERO” A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Notifíquese al recurrente el proveído de 09 nueve de octubre de 2017, dos mil diecisiete, a través de los ESTRADOS de este Órgano Colegiado, lo anterior, a efecto de no dejar en estado de indefensión al antes mencionado. En atención al auto que antecede, dígase al recurrente que cuenta con el término de 03 tres días, contados a partir de la notificación de esta determinación, para que comparezca a este Órgano Colegiado en días y horas hábiles, a solicitar la devolución del anexo dirigido al presente recurso, consistente en copia simple de su credencial de elector, propia que se encuentra bajo el resguardo y secrecía de la Secretaría de Pleno de esta Comisión, previa toma de razón que se asiente en autos, así como previa identificación de persona autorizada, bajo apercibimiento que de no hacerlo dicho anexo será susceptible de destrucción. Notifíquese.

CEGAIP-RR-277/2016-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00008816 CONTRA H. AYUNTAMIENTO AQUISMON, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se requiere al Superior Jerárquico del Titular de la Unidad de Transparencia del H. Ayuntamiento de Aquismón, para que en el término de cinco días hábiles de cumplimiento a lo ordenado en la resolución dictada en el presente medio de impugnación, es decir, garantizar que la solicitud se turne a todas las áreas competentes que cuenten con la información o deban tenerla de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones, con el objeto de que justifiquen que se llevó a cabo una búsqueda exhaustiva y razonable de la información solicitada, para que la misma sea puesta a disposición del particular. Notifíquese.

CEGAIP-RR-158/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00005417 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE FINANZAS A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE MANDA ARCHIVAR ESTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-261/2017-3 CONTRA SECRETARÍA DE FINANZAS. Se remita el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo, a efecto de que en un plazo que no exceda de 03 tres días hábiles, contados a partir de la notificación del presente proveído, emita un dictamen en el que determine si en efecto de las constancias remitidas por los sujetos obligados, consistentes en 03 tres fojas útiles solo por su anverso, se advierte que en todas y cada una de sus fojas obra información susceptible de ser protegida; en tal virtud, hágase del conocimiento del Sistema Estatal de Documentación y Archivo que dichos anexos se encuentran en su total disposición a partir de la notificación del presente acuerdo. Notifíquese.

CEGAIP-RR-209/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00008617 CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI. ATRAVES DEL RECTOR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE MANDA ARCHIVAR ESTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-215/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00008917 CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI. ATRAVES DEL RECTOR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE MANDA ARCHIVAR ESTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-221/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00009517 CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI. ATRAVES DEL RECTOR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE MANDA ARCHIVAR ESTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-266/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00006317 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ A TRAVÉS SERVICIOS DE SALUD EN EL ESTADO POR CONDUCTO DEL TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE MANDA ARCHIVAR ESTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-278/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00012917 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SANLUIS POTOSÍ A TRAVÉS DE SERVICIOS DE SALUD, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución de 09 nueve del mes de agosto de 2016 dos mil dieciséis, dictada en el recurso de revisión 278/2017-2 del índice de esta Comisión. Remítase en su oportunidad este expediente al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-308/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00015217 CONTRA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE SU RECTOR A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se tiene por cumplida la resolución de 21 veintiuno de agosto de 2017 dos mil diecisiete, dictada en el recurso de revisión 308/2017-2 del índice de esta Comisión. Remítase en su oportunidad este expediente al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-424-2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF00007817 CONTRA SINDICATO ORGANIZADO LIBRE DE TRABAJADORES DE GOBIERNO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por recibido y agréguese a los presentes autos, dos oficios, el primero número 34075/2017, signado por Cristina Díaz de León Cabrero, Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, mediante el cual transcribe auto de fecha veintiséis de octubre de dos mil diecisiete, dictado en el Juicio de Amparo número 1056/2017, contra actos de esta Comisión, el segundo oficio de número 34076/2017 con un anexo, signado por Cristina Díaz de León Cabrero, Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, de fecha veintiséis de octubre de dos mil dieciséis, recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión el día veintisiete del mismo mes y año, mediante el cual transcribe auto de fecha veintiséis de octubre de dos mil diecisiete, dictado en el Juicio de Amparo número 1056/2017. Visto el contenido de los oficios descritos en párrafos que anteceden, por cuestión de método se procede a proveer en primer término el oficio número 34075/2017 y en segundo término el oficio número 34076/2017 con un anexo. Así las cosas, visto el contenido del oficio y anexo de cuenta (34075/2017), se tiene la Autoridad Federal por informando que se admitió la demanda de amparo con número 1056/2017, relativo al expediente RR-424/2017-1 del índice de esta Comisión, en consecuencia, ríndase el informe justificado tal y como lo solicita la referida autoridad, conforme a lo establecido en los artículos 117 de la Ley de Amparo. En lo tocante al oficio 34076/2017 con un anexo, visto su contenido se tiene a la Autoridad Federal por informando que con fundamento en el artículo 147 de la Ley de Amparo, se concedió la suspensión provisional solicitada por el quejoso, para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que se encuentran. En ese sentido, toda vez que el acto reclamado es la resolución recaída en el sumario que se actúa, se acata a la Autoridad Federal y se atiende a la suspensión provisional concedida por esa autoridad, por lo que dígase al sujeto obligado que en el caso resulta ser el Sindicato Organizado Libre de Trabajadores del Gobierno del Estado, que se suspenden los efectos señalados en la resolución del recurso de revisión RR-424/2017-1, aprobada por el Pleno de esta Comisión en la Sesión Extraordinaria de Consejo de fecha trece de septiembre de dos mil diecisiete, en virtud de la suspensión aprobada provisionalmente y hasta en tanto se resuelva la incidental de suspensión en los autos del amparo 1056/2017, de igual manera se deja sin efectos el requerimiento formulado por esta Comisión a través de auto de fecha veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete. Por otro lado, se toma nota que se señalaron las once horas con treinta y cinco minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, para la celebración de la Audiencia Incidental. Por último, remítase copia de los oficios de cuenta, a la Dirección Jurídica adscrita a esta Comisión para los efectos legales que estimarán pertinentes, agréguese a los presentes autos y agréguese el acuse de recibo de dicha Dirección de los mencionados oficios, para que obre como corresponda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-427-2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF00008117 CONTRA SINDICATO ORGANIZADO LIBRE DE TRABAJADORES DE GOBIERNO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por recibido y agréguese a los presentes autos, cuatro oficios el primero número 39011/2017, con 01 un anexo que acompaña al oficio, signado por el Lic. Luis Bradis Saldaña Alonso Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito del Estado y el segundo número 39847/2017 signado por Lic. Rodolfo Jiménez Silva Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito del Estado, el tercero y cuarto con un anexo número 39049/2017 y 39890/2017 signados por Lic. Rubén Macías Castañeda Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito del Estado, mediante los cuales transcriben los autos de fecha 20 veinte y 26 veintiséis del referido mes y año, dictados dentro de los Juicios de Amparo los dos primeros oficios de cuenta en el número 1078/2017-lll, y los oficios tercero y cuarto dentro del Juicio de Amparo número 1080/2017-V contra actos de esta Comisión. Visto el contenido de los oficios descritos en párrafos que anteceden, por cuestión de método se procede a proveer en primer término los oficios número 39011/2017 y 39049/2017. Así las cosas, visto el contenido de los oficios y anexos de cuenta 39011/2017 y 39049/2017, se tiene la Autoridad Federal por informando que se admitió la demanda de amparo interpuesta, ríndase el informe justificado tal y como lo solicita, conforme a lo establecido en el artículo 117 de la Ley de Amparo, y se toma nota que dentro del oficio número 39011/2017 se señalaron las nueve horas con veinte minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete, así como dentro del oficio número 39049/2017 se señalaron las nueve horas del dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete para la celebración de la Audiencia Constitucional. En segundo término y en relación a los oficios número 39847/2017 y 39890/2017 en relación a la suspensión misma que se decreta en forma provisional y toda vez que el acto reclamado es la resolución de presente expediente dígase al sujeto obligado que hasta en tanto se resuelva la incidental de suspensión en los autos de los amparos 1078/2017-lll y 1080/2017-V se suspenden los efectos señalados en la suspensión del recurso de revisión 427/2017-1, de igual forma se deja sin efectos el requerimiento formulado en esta Comisión de fecha 24 veinticuatro de octubre del año en curso remítase copia de los oficios de cuenta, a la Dirección Jurídica adscrita a esta Comisión para los efectos legales que estimarán pertinentes, agréguese a los presentes autos el acuse de recibo de dicha Dirección del mencionado oficio, para que obre como corresponda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-755/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00031517 CONTRA SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES AL SERVICIO DE GOBIERNO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES AL SERVICIO DE GOBIERNO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-755/2017-2 PLATAFORMA. póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho.Al efecto córrase traslado con la copia simple del escrito de revisión y anexos exhibidos al sujeto obligado, con la aclaración de que en la especie basta con un solo juego de copias de traslado del recurso de revisión que se entregue al Titular de la Dependencia que se encuentra señalada como sujeto obligado, pudiendo hacerse dicha entrega en la Unidad de Transparencia, en la inteligencia de que el sujeto obligado deberá realizar las gestiones que estime pertinentes para hacerle llegar por su cuenta, copia del recurso de revisión a cada una de las Unidades Administrativas que aquí se encuentren también señaladas como sujetos obligados; asimismo requiérase al Titular y al Titular de la Unidad de Transparencia, para que al momento de comparecer en el presente expediente, REMITAN COPIA CERTIFICADA POR FUNCIONARIO PÚBLICO AUTORIZADO PARA TAL EFECTO, DE SU NOMBRAMIENTO VIGENTE QUE LOS ACREDITE.. Notifíquese

CEGAIP-RR-758/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00031817 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARISTA, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL DIRECTOR DE CATASTRO, DEL DIRECTOR DE PROTECCIÓN CIVIL, DEL DIRECTOR DE ECOLOGÍA Y DEL DIRECTOR DE COMERCIO. Admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARISTA, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL DIRECTOR DE CATASTRO, DEL DIRECTOR DE PROTECCIÓN CIVIL, DEL DIRECTOR DE ECOLOGÍA Y DEL DIRECTOR DE COMERCIO. regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-758/2017-2 PLATAFORMA. póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Al efecto córrase traslado con la copia simple del escrito de revisión y anexos exhibidos al sujeto obligado, con la aclaración de que en la especie basta con un solo juego de copias de traslado del recurso de revisión que se entregue al Titular de la Dependencia que se encuentra señalada como sujeto obligado, pudiendo hacerse dicha entrega en la Unidad de Transparencia, en la inteligencia de que el sujeto obligado deberá realizar las gestiones que estime pertinentes para hacerle llegar por su cuenta, copia del recurso de revisión a cada una de las Unidades Administrativas que aquí se encuentren también señaladas como sujetos obligados. Notifíquese.

CEGAIP-RR-761/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00032117 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS, POR CONDUCTO DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL DIRECTOR DE OBRAS PÚBLICAS Y SUPERVISIÓN Y DEL SUBDIRECTOR DE PLANEACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO. admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS, POR CONDUCTO DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL DIRECTOR DE OBRAS PÚBLICAS Y SUPERVISIÓN Y DEL SUBDIRECTOR DE PLANEACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO. Regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-761/2017-2 PLATAFORMA. póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Al efecto córrase traslado con la copia simple del escrito de revisión y anexos exhibidos al sujeto obligado, con la aclaración de que en la especie basta con un solo juego de copias de traslado del recurso de revisión que se entregue al Titular de la Dependencia que se encuentra señalada como sujeto obligado, pudiendo hacerse dicha entrega en la Unidad de Transparencia, en la inteligencia de que el sujeto obligado deberá realizar las gestiones que estime pertinentes para hacerle llegar por su cuenta, copia del recurso de revisión a cada una de las Unidades Administrativas que aquí se encuentren también señaladas como sujetos obligados; asimismo requiérase al Secretario, al Titular de la Unidad de Transparencia, al Director de Obras Públicas y Supervisión y al Subdirector de Planeación, Control y Seguimiento, para que al momento de comparecer en el presente expediente, REMITAN COPIA CERTIFICADA POR FUNCIONARIO PÚBLICO AUTORIZADO PARA TAL EFECTO, DE SU NOMBRAMIENTO VIGENTE QUE LOS ACREDITE. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-020/2016-2 CONTRA RUBEN FERNANDO LOPEZ CONTRERAS PRESIDENTE DE LA AGRUPACION POLITICA ALETERNATIVA POTOSINO. solicítese mediante atento oficio al Secretario General de Gobierno del Estado, gire las instrucciones necesarias a efecto de que se realice la publicación del proveído de fecha 10 diez de febrero de 2016 dos mil dieciséis, dictado en el presente procedimiento, por medio de EDICTOS, mismos que deberán publicarse en el Periódico Oficial del Estado, por 03 tres veces consecutivas, y para tal efecto, remítase en documento electrónico el contenido del presente proveído, así como del proveído de fecha 10 diez de febrero de 2016 dos mil dieciséis, dictados en el presente procedimiento, lo anterior toda vez que no se logra localizar al Presidente de la Agrupación Política Alternativa Potosina, en los domicilios particulares de referencia. En virtud de lo anterior, SE INSTRUYE AL DIRECTOR JURÍDICO DE ESTA COMISIÓN, a efecto de que realice todas las gestiones que resulten necesarias para que se lleve a cabo la notificación por edictos ordenada, en los términos establecidos en el párrafo que antecede, igualmente, se ordena al Director Jurídico para que remita a la Secretaria de Pleno de esta Comisión los 03 tres ejemplares de la publicación realizada en el periódico oficial del Estado, a efecto de continuar con el trámite de este asunto. Notifíquese.

CEGAIP DEIOT 014/2017 CONTRA MUNICIPIO DE VILLA DE ARISTA. Se tiene al Sujeto Obligado Municipio de Villa de Arista, San Luis Potosí, por conducto de Presidente Municipal, por rindiendo el informe con justificación que se le requirió por acuerdo de 27 veintisiete de septiembre de 2017 dos mil diecisiete. Se túrna la Denuncia por Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia DEIOT-014/2017 a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión para efecto de la acumulación de la denuncia de que se trata al procedimiento de la verificación diagnóstica. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

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Creado el 10/30/2017 10:35:59 AM
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Accesado el 06/17/2020 04:08:30 AM
Modificado el 10/30/2017 10:36:06 AM
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