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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 24 VEINTICUATRO DEL MES DE ABRIL DEL AÑO 2019 DOS MIL DIECINUEVE.

CEGAIP-RR-829/2017-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DE SU DIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL. Se tiene por recibido a los autos un oficio con número UT-0154/2019, signado por Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado. Visto el contenido del oficio de cuenta se tiene al Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado por realizadas las manifestaciones en su oficio presentado el 25 veinticinco de enero de 2019 dos mil diecinueve. Notifíquese.

CEGAIP-RR-031/2018-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, Y DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL. Se tiene por recibido a los autos un oficio con número UT-0155/2019, signado por Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado. Visto el contenido del oficio de cuenta se tiene al Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado por realizadas las manifestaciones en su oficio presentado el 25 veinticinco de enero de 2019 dos mil diecinueve. Notifíquese.

CEGAIP-RR-130/2018-1 CONTRA CENTROS ESTATALES DE CULTURA Y RECREACIÓN TANGAMANGA 1 Y 2, por conducto de su TITULAR, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se da vista al recurrente para que, dentro del plazo de 05 cinco días hábiles, contados a partir de la legal notificación de este auto, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución de mérito. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1000/2018-1 SIGEMI CONTRA INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se da vista al recurrente para que, dentro del plazo de 05 cinco días hábiles, contados a partir de la legal notificación de este auto, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución de mérito. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1015/2018-1 SIGEMI CONTRA CONGRESO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se da vista al recurrente para que dentro del plazo de 05 cinco días hábiles, contados a partir de la legal notificación de este auto, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución de mérito. Notifíquese.

CEGAIP-RR-039/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA EMITIDA POR EL SUJETO OBLIGADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-051/2019-3 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACION DE GOBIERNO DEL ESTADO. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA EMITIDA POR EL SUJETO OBLIGADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-093/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00007419 CONTRA SERVICIOS DE SALUD. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA EL PRESENTE RECURSO DE REVISIÓN Notifíquese.

CEGAIP-RR-174/2019-3 CONTRA PNT RRR00013019 CONTRA SECRETARIA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-174/2019-3, derivado de la solicitud de información con número de folio 00083719, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción II del artículo 167, de la Ley en cita; contra la SECRETARÍA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-217/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF00002319 CONTRA MUNICIPIO DE TANQUIAN DE ESCOBEDO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-245/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF00002719 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-248/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00019119 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-249/2019-3 CONTRA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU RECTOR, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Del análisis a las constancias que integran el procedimiento que nos ocupa, se advierte que su estudio conlleva complejidad debido a los diversos puntos peticionados por el promovente en su solicitud de información, así como por las manifestaciones de inconformidad realizadas con respecto a la respuesta emitida por el sujeto obligado; es por ello, que esta Comisión considera necesario contar con un plazo prudente para que sean analizadas previo a emitir el fallo correspondiente. Por lo que decreta la ampliación para resolver el expediente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-257/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR000019719 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-272/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF00003319 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-304/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00023519 CONTRA MUNICIPIO DE AQUISMON, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-307/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00023819 CONTRA MUNICIPIO DE AQUISMON, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-317/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00024819 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-326/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00025719 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA OFICIALÍA MAYOR, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-435/2019-3 SIGEMI CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se resuelve esta comisión desecha el presente recurso de revisión, en términos del Considerando Segundo de la presente determinación. Notifíquese.

CEGAIP-RR-438/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00032619 CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSÍ. se admite en tiempo el recurso de revisión RR-438/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra la UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSÍ Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Se da vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia certificada del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la misma se encuentra publicada la información que se refirió; lo anterior, para que este Órgano de Transparencia cuente con los elementos necesarios para pronunciarse al respecto. Notifíquese.

CEGAIP-RR-441/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00032919 CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSÍ. se admite en tiempo el recurso de revisión RR-441/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra la UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSÍ Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-444/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00033219 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. se admite en tiempo el recurso de revisión RR-444/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones III, IV y IX del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-447/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00033419 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. se admite en tiempo el recurso de revisión RR-447/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-450/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00033619 CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-450/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra la COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-453/2019-3 SIGEMI CONTRA AYUNTAMIENTO DE VILLA DE RAMOS. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-453/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción VI del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE VILLA DE RAMOS. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Se decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa, en virtud de la distancia territorial del sujeto obligado, toda vez que la notificación de la presente determinación se efectuará a través de correo certificado por conducto del Servicio Postal Mexicano, circunstancia que implica un retraso en las notificaciones. Notifíquese.

CEGAIP-RR-456/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00034019 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. se admite en tiempo el recurso de revisión RR-456/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-459/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00004519 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE TANCUAYALAB. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-459/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción VI del artículo 167, de la Ley en cita; contra al AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE TANCUAYALAB. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Se decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa, en virtud de la distancia territorial del sujeto obligado, toda vez que la notificación de la presente determinación se efectuará a través de correo certificado por conducto del Servicio Postal Mexicano, circunstancia que implica un retraso en las notificaciones. Notifíquese.

CEGAIP-RR-461/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00034319 CONTRA H. LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se Admite y tramita el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-474/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00035519 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-474/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-489/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00037019 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-489/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Se da vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia certificada del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la misma se encuentra publicada la información que se refirió; lo anterior, para que este Órgano de Transparencia cuente con los elementos necesarios para pronunciarse al respecto. Notifíquese.

CEGAIP-RR-492/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF00004719 CONTRA INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-492/2019-2, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones IV, IX y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-495/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR000037419 CONTRA INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-495/2019-2, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-501/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00004919 CONTRA AYUNTAMIENTO DE COXCATLÁN. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-501/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción VI del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE COXCATLÁN. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Se decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa, en virtud de la distancia territorial del sujeto obligado, toda vez que la notificación de la presente determinación se efectuará a través de correo certificado por conducto del Servicio Postal Mexicano, circunstancia que implica un retraso en las notificaciones. Notifíquese.

CEGAIP-RR-504/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00038019 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-504/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV y v del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Se da vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia certificada del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la misma se encuentra publicada la información que se refirió; lo anterior, para que este Órgano de Transparencia cuente con los elementos necesarios para pronunciarse al respecto. Notifíquese.

CEGAIP-RR-507/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00038219 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-504/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción v del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Se da vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia certificada del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la misma se encuentra publicada la información que se refirió; lo anterior, para que este Órgano de Transparencia cuente con los elementos necesarios para pronunciarse al respecto. Notifíquese.

CEGAIP-RR-513/2019-3 SIGEMI CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-513/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el CONGRESO DEL ESTADO. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-516/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR0003819 CONTRA INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-516/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones IV y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-519/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00038819 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-519/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Se da vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia certificada del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la misma se encuentra publicada la información que se refirió; lo anterior, para que este Órgano de Transparencia cuente con los elementos necesarios para pronunciarse al respecto. Notifíquese.

CEGAIP-RR-525/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00039419 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-525/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción VIII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Se da vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia certificada del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la misma se encuentra publicada la información que se refirió; lo anterior, para que este Órgano de Transparencia cuente con los elementos necesarios para pronunciarse al respecto. Notifíquese.

CEGAIP-RR-528/2019-3 SIGEMI CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE SAN LUIS POTOSÍ. Se resuelve esta comisión desecha el presente recurso de revisión, en términos del Considerando Segundo de la presente determinación. Se remite el presente asunto al Archivo de Concentración de este Órgano Garante, como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-531/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00039819 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. se admite en tiempo el recurso de revisión RR-531/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra al AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-534/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00040019 CONTRA COORDINACIÓN ESTATAL PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LOS MUNICIPIOS. se admite en tiempo el recurso de revisión RR-534/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción X del artículo 167, de la Ley en cita; contra a la COORDINACIÓN ESTATAL PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LOS MUNICIPIOS, Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-PÍMA-031/2019 CONTRA H. AYUNTAMIENTO AHUALULCO. Como ha quedado visto, el sujeto obligado en el caso el AYUNTAMIENTO DE AHUALULCO por conducto de los servidores públicos citados, dio cumplimiento a lo ordenado en la resolución del PIMA 031/2017, así como a lo previsto a la fracción II, del lineamiento décimo cuarto de los lineamientos que determinan el trámite interno para la aplicación de medidas de apremio establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí. consecuentemente y derivado precisamente de lo anterior esta comisión estatal de garantía de acceso a la informacion publica de confomidad con los artículos 190 fraccion 1 y el lineamiento decimo cuarto de los lineamientos que determinan el tramite interno para la aplicación de medidas de apremio establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí determina que la resolución del PIMA 031/2017 en cuanto a lo que toca de la imposición de la medida de apremio que consistió en una amonestación pública a FEDERICO MONSIVAIS ROJAS como PRESIDENTE MUNICIPAL derivado de la VIPO-AY001/2016 está cumplida. Por otro lado y, dado de que ya existe la amonestación pública en los estrados del AYUNTAMIENTO DE AHUALULCO la amonestación pública a FEDERICO MONSIVAIS ROJAS y, para efectos de dar cumplimiento a la fracción II, del lineamiento décimo cuarto de los lineamientos que determinan el trámite interno para la aplicación de medidas de apremio establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, ordeno dar la publicidad por quince días naturales de la medida de apremio en los estrados de esta Comisión de Transparencia mediante el oficio respectivo y por conducto de la unidad de notificaciones en la levante razón del inicio y término de la citada publicación en los estrados de esta Comisión de Transparencia y, asimismo se haga la publicación electrónica en la página de este organismo. Notifíquese.

CEGAIP-PÍMA-063/2017 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN CHALCHICUALTLA SAN LUIS POTOSÍ. El veintinueve de octubre del dos mil dieciocho, esta Comisión de Transparencia a través de su Oficialía de Partes recibió el oficio mencionado al rubro firmado por MARTHA SUSANA SANTIAGO RAMIREZ como TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA del AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN CHALCHICUATLA en donde hace del conocimiento que debido al cambio de administración, fue nombrada como DIRECTORA DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, para la actual administración 2018-2021 del ayuntamiento de SAN MARTÍN CHALCHICUATLA y que la persona referida en el expediente que al caso es MARIO ALBERTO GAMEZ JIMENEZ perteneció a la administración anterior. para lo que esta Comisión de Transparencia solo tiene por agregado dicho oficio, lo anterior para los efectos que haya lugar. Notifíquese.

CEGAIP-PÍMA-071/2017 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN CHALCHICUALTLA SAN LUIS POTOSÍ. El veintinueve de octubre de dos mil dieciocho, esta Comisión de Transparencia a través de su Oficialía de Partes recibió los oficios mencionados al rubro, firmados por Martha Susana Santiago Ramírez, como Titular de Transparencia en donde hace de conocimiento que al cambio de administración, fue nombrada como DIRECTORA DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA MUNICIPAL para la administración 2018-2021 del ayuntamiento de San Martín Chalchicuatla y que la persona referida en el expediente del que se actúa que al caso es MARIO ALBERTO GAMEZ JIMENEZ perteneció a la administración anterior, al igual que el Presidente Municipal requerido. para lo que esta Comisión de Transparencia solo tiene por agregado dichos oficios, lo anterior para los efectos que haya lugar. Notifíquese.

CEGAIP-SI-105/2019-CORREO ELECTRONICO. En atención a su solicitud interpuesta en esta Comisión el día 09 de Abril del 2019, a través de formato electrónico ante de la Unidad de Denuncias de esta Comisión, y así mismo turnada a esta Unidad de Transparencia el día 22 de abril del presente, y de acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente en sus artículos 53 y 54 fracciones II, IV, V, y después de haberle dado seguimiento y trámite al expediente, como lo estipula dicha Ley; se acompaña la respuesta de orientación correspondiente. Lo anterior, según lo dispuesto en el artículo 59 y 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente. Notifíquese.

CEGAIP-SI-106/2019-CORREO ELECTRONICO. En atención a su solicitud interpuesta en esta Comisión el día 09 de Abril del 2019, a través de formato electrónico ante de la Unidad de Denuncias de esta Comisión, y así mismo turnada a esta Unidad de Transparencia el día 22 de abril del presente, y de acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente en sus artículos 53 y 54 fracciones II, IV, V, y después de haberle dado seguimiento y trámite al expediente, como lo estipula dicha Ley; se acompaña la respuesta de orientación correspondiente. Lo anterior, según lo dispuesto en el artículo 59 y 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente. Notifíquese.

CEGAIP-SI-107/2019-CORREO ELECTRONICO. En atención a su solicitud interpuesta en esta Comisión el día 09 de Abril del 2019, a través de formato electrónico ante de la Unidad de Denuncias de esta Comisión, y así mismo turnada a esta Unidad de Transparencia el día 22 de abril del presente, y de acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente en sus artículos 53 y 54 fracciones II, IV, V, y después de haberle dado seguimiento y trámite al expediente, como lo estipula dicha Ley; se acompaña la respuesta de orientación correspondiente. Lo anterior, según lo dispuesto en el artículo 59 y 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-1468/2018 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se remite la presente denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-1468/2018 a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, verifique si en cumplimiento a la resolución dictada en el presente asunto, el Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, San Luis Potosí, realizó lo siguiente: En los formatos del artículo 84 fracción XI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, correspondientes a los años 2016, 2017 y de enero a octubre de 2018. Notifíquese.

EXPEDIENTILLO 030/2019 CONTRA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ. Se remite a la Presidencia de este Órgano Garante una impresión del medio de impugnación de que se trata, para que dé así estimarlo y de conformidad con el artículo 174 fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado en vigor, en relación con el numeral 31 fracción VII del Reglamento Interior de esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado, proceda al registro y turno del presente medio de defensa como recurso de revisión. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEI0T-063/2019 CONTRA SOLEDAD DEA GRACIANO SANCHEZ SAN LUIS POTOSÍ. Se remite a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 005F674D, recibido el 12 doce de abril del año en curso, a través del micrositio de denuncias que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para efecto de que en ejercicio de sus atribuciones brinde la atención que estime procedente. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEI0T-064/2019 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE TANCUAYALAB SAN LUÍS POTOSÍ. Se DESECHA de plano la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra del Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, San Luis Potosí. Remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 005F6911, recibido el 12 doce de abril del año en curso, a través del micrositio de denuncias que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para efecto de que en ejercicio de sus atribuciones brinde la atención que estime procedente Notifíquese.
CEGAIP-DEI0T-065/2019 CONTRA SOLEDAD DEA GRACIANO SANCHEZ SAN LUIS POTOSÍ. Se DESECHA de plano la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra del Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, San Luis Potosí. se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 0062181F, recibido el 12 doce de abril del año en curso, a través del micrositio de denuncias que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para efecto de que en ejercicio de sus atribuciones brinde la atención que estime procedente Notifíquese.
CEGAIP-DEI0T-066/2019 CONTRA SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ SAN LUIS POTOSÍ. Se DESECHA de plano la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra del Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, San Luis Potosí. se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 006219D2, recibido el 12 doce de abril del año en curso, a través del micrositio de denuncias que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para efecto de que en ejercicio de sus atribuciones brinde la atención que estime procedente Notifíquese.
CEGAIP-DEI0T-067/2019 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se DESECHA de plano la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia en cuestión. Se remítase a la Presidencia de este Órgano Garante, una impresión de la captura de pantalla del escrito con número de registro 005E53C2 y sus anexos, presentado el 15 quince de abril de 2019 dos mil diecinueve, a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, recepcionado por esta Comisión el día 22 veintidós de abril del año en curso, determine lo que estime procedente sobre dicho ocurso. Notifíquese.
CEGAIP-DEI0T-068/2019 CONTRA OTROS. Se DESECHA de plano la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia en cuestión.se remíte a la Presidencia de este Órgano Garante una impresión del correo electrónico enviado a la dirección electrónica oficial con que cuenta esta Unidad de Atención a Denuncias para la recepción de denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, el día 15 quince de abril del año en curso, para que determine lo que estime procedente sobre dicho ocurso. Notifíquese.

CEGAIP-DEI0T-069/2019 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE TANCUAYALAB SAN LUÍS POTOSÍ. se previene a la parte denunciante, para que en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, señale de manera clara y precisa el incumplimiento que pretende imputar al Ayuntamiento de San Vicente Tancuayalab, San Luis Potosí, es decir, precise las obligaciones de transparencia que no cumple el sujeto obligado denunciado en los meses de enero, febrero y marzo de 2019, lo anterior, apercibido que de no desahogar la prevención, la denuncia será desechada al tenor de lo dispuesto por la fracción III del Tercero de los Lineamientos que Determinan el procedimiento interno al que habrá de someterse el trámite y resolución de las denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-070/2019 CONTRA MUNICIPIO DE TIERRA NUEVA DE SAN LUIS POTOSI. Se ADMITE la denuncia con número de registro 000C08F5, interpuesta en contra del sujeto Obligado Municipio de Tierra Nueva, San Luis Potosí, quedando registrada bajo el número DEIOT-070/2019. Se requiere al Sujeto Obligado Municipio de Tierra Nueva, San Luis Potosí, por conducto de su Presidente Municipal y del Titular de la Unidad de Transparencia, para que rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito, en términos del punto tercero del presente proveído, con el apercibimiento de ley. Se instruye a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, realice una verificación a la información pública que le corresponde difundir al Municipio de Tierra Nueva, San Luis Potosí, en los rubros y periodos que señaló el particular en su escrito de denuncia, y rinda el dictamen respectivo, cerciorándose que dicha información se ajuste a lo establecido por esta ley, es decir, satisfaga los criterios de calidad, veracidad, confiabilidad y oportunidad. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-071/2019 CONTRA PARTIDO ACCION NACIONAL. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra del sujeto obligado Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, por la falta de publicación de la información referente a los informes de sesiones y resoluciones del Comité de Transparencia, misma que se encuentra prevista en el artículo 84 fracción XLVI, incisos a y b de la ley de la materia, quedando registrada bajo el número DEIOT-071/2019 del índice de la Unidad de Atención a Denuncias. Se requiere al Sujeto Obligado Partido Acción Nacional, por conducto de su Presidente y del Titular de la Unidad de Transparencia, para que en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito, lo anterior, con el apercibimiento de ley. se previene a la parte denunciante, para que en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, señale el nombre de la persona que según su dicho, el Partido Acción Nacional publica como integrante del Comité de Transparencia y que no forma parte de la plantilla de dicho sujeto obligado, así como el periodo en el que se registra tal inconsistencia; apercibido que de no desahogar la prevención hecha, la denuncia será desechada por lo que toca a lo señalado por el particular en este punto, lo anterior, al tenor de lo dispuesto por la fracción III del Tercero de los “Lineamientos que Determinan el procedimiento interno al que habrá de someterse el trámite y resolución de las denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia”. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-072/2019 CONTRA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO. Se previene a la parte denunciante, para que en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, señale de manera clara y precisa el incumplimiento que pretende imputar a la Contraloría General del Estado, es decir, exponga los motivos y razones por los que estima incorrecta la información que el sujeto obligado publica en relación con los ingresos bruto y neto de los servidores públicos; apercibido que de no desahogar la prevención, la denuncia será desechada al tenor de lo dispuesto por la fracción III del Tercero de los “Lineamientos que Determinan el procedimiento interno al que habrá de someterse el trámite y resolución de las denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia”. Notifíquese

CEGAIP-DEIOT-073/2019 CONTRA DEFENSORIA PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. Se previene a la parte denunciante, para que en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, señale de manera clara y precisa el incumplimiento que pretende imputar a la Defensoría Pública del Estado de San Luis Potosí, es decir, exponga los motivos y razones por los que estima incorrecta la información que el sujeto obligado publica en relación con los ingresos bruto y neto de los servidores públicos; apercibido que de no desahogar la prevención, la denuncia será desechada al tenor de lo dispuesto por la fracción III del Tercero de los “Lineamientos que Determinan el procedimiento interno al que habrá de someterse el trámite y resolución de las denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia”. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-074/2019 CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada con número de registro 006B6110, presentada en contra del sujeto Obligado Universidad Autónoma de San Luis Potosí, quedando registrada bajo el número DEIOT-074/2019 del índice de la Unidad de Atención a Denuncias. Se requiere al Sujeto Obligado Universidad Autónoma de San Luis Potosí, por conducto del Rector y del Titular de la Unidad de Transparencia, para que en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito, lo anterior, con el apercibimiento de ley. Se instruye a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, realice una verificación a la información que le corresponde difundir a la Universidad Autónoma de San Luis Potosí conforme el artículo 84 fracciones XI y XVI de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, en el año 2018 dos mil dieciocho, lo anterior, para efecto de constatar la publicación de la información a que hace referencia el particular en su escrito de denuncia, y rinda el dictamen respectivo, cerciorándose que dicha información se ajuste a lo establecido por esta ley, es decir, satisfaga los criterios de calidad, veracidad, confiabilidad y oportunidad. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/cegaip
Creado el 04/24/2019 07:49:29 AM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 04:39:59 AM
Modificado el 04/24/2019 07:49:31 AM
ID: AB8EB4C864D7FB2F862583E6004BF11A




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