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Periodo de la actualización de la información.01/18/2017

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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO
A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ;
FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS
DEL DIA 18 DIECIOCHO DEL MES DE ENERO DEL AÑO 2017 DOS MIL DIECISIETE.


CEGAIP-RR-118/2016-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00031116 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS (INTERAPAS), POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL A TRAVES DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el estado que guardan los presentes autos, el sujeto obligado dio cumplimiento a la resolución que nos ocupa, ya que efectivamente probó que notificó y entregó la información que se ordenó proporcionar de manera electrónica, y es por ello, se declara cumplida la presente resolución. Notifíquese.

CEGAIP-RR-138/2016-2 CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU RECTOR A TRAVES DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE ENLACE, TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN. Se pone a la vista de la parte recurrente los oficio y anexo de fecha 02 dos de diciembre de 2016 dos mil dieciséis signados por el Encargado de la Unidad de Transparencia de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí y su anexo, para efecto de que dentro del término de 05 cinco días hábiles manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución, pues de no manifestar al respecto esta Comisión resolverá con base en las constancias que existen. Se precisa que el oficio y anexo que se ponen a la vista, quedan a disposición en esta Comisión, para que la parte recurrente se imponga de los mismos o se entreguen las copias a su costa. Notifíquese.

CEGAIP-RR-189/2016-3 PNT NÚMERO DE FOLIO RR000035316 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL OFICIAL MAYOR. Visto el expediente y certificación que antecede, se advierte que el término para que el recurrente interpusiera algún medio de impugnación contra la resolución de dictada el once de noviembre de dos mil dieciséis, ha fenecido; en consecuencia, se declara que la resolución HA CAUSADO EJECUTORIA. Asi mismo se requiere al sujeto obligado para que en el término de 03 tres días acompañe los documentos que justifiquen el cumplimiento al fallo dictado en el presente sumario. Notifíquese.






CEGAIP-RR-200/2016-1 PNT NÚMERO DE FOLIO PF00005416 contra H. AYUNTAMIENTO DE CEDRAL, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Vista la certificación que antecede, se advierte que el término para que las partes interpusieran algún medio de impugnación en contra de la resolución dictada en el presente recurso de revisión, por la cual se aplica el principio de afirmativa ficta, ha fenecido; en consecuencia se encuentra firme. Se requiere al sujeto obligado a efecto de que informe sobre el cumplimiento de la resolución aquí dictada, en un término que no podrá exceder de 03 tres días hábiles, apercibido que en caso de no cumplir en la forma y término requerido, se aplicará en su contra y por su orden la medida de apremio establecida en el artículo 190 fracción I de la Ley de la materia, consistente en una Amonestación Pública o Privada según sea el caso. Notifíquese.

CEGAIP-RR-209/2016-3 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTORA GENERAL A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD TRANSPARENCIA, Y DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL. SE MANDA ARCHIVAR ESTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. NOTIFÍQUESE.


CEGAIP-RR-282/2016-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00009316 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE TANQUIAN DE ESCOBEDO, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE PROCEDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. Notifíquese.

CEGAIP-RR-336/2016-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE REAL DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene al Presidente Municipal y al Titular de la Unidad de Transparencia del H. Ayuntamiento de Real de Catorce, San Luis Potosí, por OMISOS en manifestar lo que a su derecho conviene y en ofrecer las pruebas o alegatos correspondientes. SE PROCEDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. Notifíquese.




CEGAIP-RR-386/2016-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR POR CONDUCTO DE SU TITULAR, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL CONTRALOR INTERNO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR Y DEL DIRECTOR DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-386/2016-2 interpuesto, contra la respuesta emitida por el GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR POR CONDUCTO DE SU TITULAR, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL CONTRALOR INTERNO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR Y DEL DIRECTOR DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos. Finalmente, hágasele saber al recurrente que tiene expedito su derecho para oponerse a la publicación de sus datos personales. Notifíquese.

CEGAIP-RR-407/2016-3 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se DESECHA POR IMPROCEDENTE el recurso de revisión interpuesto por la parte recurrente. Notifíquese.

QUEJA-120/2016-3 INFOMEX NUMERO DE FOLIO PF0001516 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AXTLA DE TERRAZAS SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVES DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACION PUBLICA. Se tiene por recibido y agréguese a los presentes autos, dos oficios, el primero de número 30623/2016, de fecha 07 siete de diciembre de 2016 dos mil dieciséis y el segundo oficio de número 33284/2016 de fecha 26 veintiséis de diciembre de 2016 dos mil dieciséis con un anexo que al mismo acompaña, signados por el Licenciado Juan Carlos Patiño Rodríguez, Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí y por la Licenciada Eva Rodríguez Rodríguez, Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí. Visto el contenido del primer oficio de cuenta, se tiene la Autoridad Federal por informando que se sobresee en el juicio de garantías que nos ocupa, con apoyo en lo dispuesto por la fracción V del artículo 63 de la Ley de Amparo. Ahora bien, con respecto al segundo oficio y anexo de cuenta, se tiene a la Autoridad Federal por informando que se advierte que la resolución dictada en este juicio no ha sido recurrida por alguna de las partes, se declara que dicha resolución ha causado ejecutoria. De igual forma, devuelve a esta Comisión el tomo de constancias que se remitió en vía de justificación, mismas que se remiten al archivo de Concentración de este Órgano Colegiado para que determine sobre su conservación o destrucción. Notifíquese.



QUEJA-125/2016-2 INFOMEX NUMERO DE FOLIO PF0002016 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AXTLA DE TERRAZAS SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVES DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACION PUBLICA. Se tiene por recibido y agréguese a los presentes autos, dos oficios, el primero de número 31026/2016-III, de fecha 09 nueve de diciembre de 2016 dos mil dieciséis y el segundo oficio de número 827/2017 de fecha 06 seis de enero de 2017 dos mil diecisiete con un anexo que al mismo acompaña, ambos signados por la Licenciada Ma. Felicitas Escobar Muñoz, Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí. Visto el contenido del primer oficio de cuenta, se tiene la Autoridad Federal por informando que se sobresee en el juicio de garantías que nos ocupa, con apoyo en lo dispuesto por la fracción V del artículo 63 de la Ley de Amparo. Con respecto al segundo oficio y anexo de cuenta, se tiene a la Autoridad Federal por informando que se advierte que la resolución dictada en este juicio no ha sido recurrida por alguna de las partes, y se declara que dicha resolución ha causado ejecutoria. De igual forma, devuelve a esta Comisión el tomo de constancias que se remitió en vía de justificación, mismas que se remiten al archivo de Concentración de este Órgano Colegiado para que determine sobre su conservación o destrucción. Notifíquese.

QUEJA 291/2016-3 INFOMEX NUMERO DE FOLIO RR00020616 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AXTLA DE TERRAZAS, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DE SU JEFA DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA. Se pone a la vista de la parte quejosa el contenido del oficio de número PM/UIP/448/2016 de fecha 07 siete de diciembre de 2016 dos mil dieciséis y del segundo oficio con número PM/UIP/445/2016 de fecha 13 trece de diciembre de 2016 dos mil dieciséis y sus anexos de cuenta, para el efecto de que dentro del término de tres días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento del ente, en la inteligencia que de no manifestar al respecto esta Comisión resolverá sobre el cumplimiento a la resolución en base a las constancias que existen. Se precisa que el oficio y anexos que se ponen a la vista, quedan a disposición en la Secretaría de Pleno de esta Comisión, para que la parte quejosa se imponga de los mismos o se entregue la copia a su costa. Notifíquese.

QUEJA 332/2016-2 CONTRA AYUNTAMIENTO DE TAMAZUCHALE SAN LUIS POTOSI POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVES DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACION Y DE LA TESORERIA MUNICIPAL. Se pone a la vista de la parte quejosa el contenido del oficio número UIP-121/2015-2018/2016 de fecha 05 cinco de diciembre de 2016 dos mil dieciséis y su anexo de cuenta, para el efecto de que dentro del término de tres días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento del ente, en la inteligencia que de no manifestar al respecto esta Comisión resolverá sobre el cumplimiento a la resolución en base a las constancias que existen. Se precisa que el oficio que se pone a la vista, queda a disposición en la Secretaría de Pleno de esta Comisión, para que la parte quejosa se imponga del mismo o se entregue la copia a su costa. Notifíquese.





PISA-057/2016-3 VIPO CONTRA LOS CC. FILEMÓN HILARIO FLORES Y HORACIO SANTIAGO FLORES, PRESIDENTE MUNICIPAL Y TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL H. AYUNTAMIENTO DE TAMPACÁN, SAN LUIS POTOSÍ. Solicítese mediante oficio a la contraloría interna y al tesorero del H. AYUNTAMIENTO DE TAMPACAN, San Luis potosí, para que se en auxilio de las labores de esta Comisión informen si obra en sus archivos el salario por día que perciben los CC. Filemón Hilario Flores y Horacio Santiago Flores Presidente Municipal y Titular de la Unidad de Información Pública del H. Ayuntamiento de Tampacan, San Luis Potosí, en virtud del cargo que actualmente ostentan y de ser posible proporcionen a esta Comisión el monto del salario percibido por los referidos funcionarios, lo anterior en un término de 03 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación del presente proveído, a efecto de contar con los elementos necesarios para la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP IILTAIP 001/2016-1 CONTRA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL Y DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS. Se requiere a la Universidad Tecnológica de San Luis Potosí por conducto de su Director General y de su Departamento de Recursos Humanos, a efecto de que dentro del término de 03 tres días hábiles, informen a esta Comisión si el C. Miguel Ángel Rocha Donlucas, labora o laboró en la Universidad Tecnológica de San Luis Potosí, y de ser así, informe el puesto y funciones que desempeña, o en su caso, desempeñó, lo anterior para que esta Comisión cuente con elementos suficientes para resolver el presente asunto. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.



LICENCIADA JUANA ROSALES GONZALEZ.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/server
Creado el 10/05/2017 05:10:03 PM
Usuario actual administrador sistemas
Accesado el 06/17/2020 03:49:03 AM
Modificado el 10/05/2017 05:10:03 PM
ID: 18242ED0E925157A862580B500579E30




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