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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 03 TRES DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 DOS MIL DIECISIETE.

QUEJA 308/2014-2.- CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO A TRAVES DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE LA DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO Y PROMOCION INDUSTRIAL. Se requiere al ente obligado a efecto de que dentro del término de 03 tres días hábiles, remita a esta Comisión copia certificada de las constancias de la notificación realizada al quejoso en cumplimiento a la resolución emitida en el presente asunto. SE remíte el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo a efecto de que, dentro del plazo de 03 días, emita un dictamen en el que determine si los acuerdos de reserva 014/2014 y 017/2017 emitidos por el Comité de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Económico de Gobierno del Estado, se encuentran apegados a los lineamientos de forma y fondo establecidos en la resolución dictada en el presente asunto. En lo tocante al segundo oficio de cuenta, se tiene a la autoridad Federal por transcribiendo el acuerdo de fecha 18 de septiembre del presente año, dictado en el juicio de amparo 75/2016-IV, promovido por Eduardo Martínez Benavente contra actos de esta Comisión, a través del cual determina que en atención a que transcurrió el término de quince días a que se refiere el artículo 202 de la Ley de Amparo, sin que las partes se hubieran inconformado con el contenido del proveído de 21 de agosto de 2017, en el que se tuvo por cumplida la ejecutoria dictada en el referido juicio de garantías, se tiene por consentida la mencionada resolución y se ordena el archivo del juicio de amparo como asunto concluido, de lo que se toma nota para los efectos correspondientes. Notifíquese.

QUEJA 191/2015-3 INFORMEX NUMERO DE FOLIO RR00010715 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SNA LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DE LA RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE MANDA ARCHIVAR ESTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-002/2017-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU TITULAR, TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO, TITULAR DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL SISTEMA ESTATAL REGULAR, DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN BÁSICA DEL SISTEMA ESTATAL REGULAR, DIRECTORA DEL PLANTEL “PROFA. DOMITILA CRUZ CRUZ” CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL NO. 8 (S.E.E.R.) (MATEHUALA), DIRECTORA DEL JARDÍN DE NIÑOS OFICIAL “HERMANOS GALEANA” (S.E.E.R.), DIRECTORA DEL JARDÍN DE NIÑOS OFICIAL “MA. DE JESÚS VALERO” (S.E.E.R.), DIRECTORA DEL JARDÍN DE NIÑOS OFICIAL “MARGARITA REYES” (S.E.E.R.), DIRECTORA DEL JARDÍN DE NIÑOS OFICIAL “MARÍA MARTHA GRIMALDO LOERA” (S.E.E.R.), DIRECTORA DEL JARDÍN DE NIÑOS OFICIAL “MARGARITA GRIZELDA RENTERIA CAREDENAS” (S.E.E.R.), DIRECTORA DEL JARDÍN DE NIÑOS OFICIAL “MERCEDES VARGAS” (S.E.E.R.), DIRECTORA DEL JARDÍN DE NIÑOS OFICIAL “YOLANDA TORRES CORONADO” (S.E.E.R.), DIRECTORA DEL JARDÍN DE NIÑOS OFICIAL “PROFRA. MRÍA LEOS HERNANDEZ” (S.E.E.R) (MATEHUALA), TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MEDIA TERMINAL, MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, DIRECTOR DE SERVICIOS EDUCATIVOS DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, INSPECTORA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR ZONA 01 (S.E.E.R.), INSPECTOR DE LA ZONA ESCOLAR 02 (S.E.E.R.), INSPECTOR DE LA ZONA ESCOLAR 03 DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR (S.E.E.R.), INSPECTORA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR ZONA 04 (S.E.E.R.). INSPECTORA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR ZONA 05 (S.E.E.R.), DIRECTOR GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA NORMAL DEL ESTADO, DIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR. Se ponen a la vista de la parte recurrente los oficios de cuenta, así como los acordados mediante proveído que antecede y que consisten en 11 once oficios, el primero, segundo, séptimo, octavo y décimo de ellos sin número, el tercero DG-1025/2016-2017, el cuarto DSA/601/2017, el quinto SIP 119/2016, el sexto DSA-1028/2016-2017, el noveno SIP 119/2016 y el onceavo SIP 119/2016, signados respectivamente por el C. Francisco José Gerardo Pinilla Llaca, Titular de la Unidad de Transparencia del Sistema Educativo Estatal Regular, por el C. Francisco Hernández Ortiz, Director General de la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado, por la C. María Cristina Turrubiartes Hernández, Directora de Servicios Administrativos, por la C. María Elvia Hurtado Vargas, Directora del Jardín de Niños “Hermanos Galeana”, ambas del Sistema Educativo Estatal Regular, por el C. Jesús Alberto Leyva Ortiz, Director de Servicios Administrativos de la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado, de 06 seis, 24 veinticuatro, 25 veinticinco, 27 veintisiete y 28 veintiocho de abril del 2017, dos mi diecisiete, recibidos en la Oficialía de Partes de esta Comisión el mismo día, con 21, 01, 02, 01, 01, 01, 01, 01, 02 y 02 anexos que acompaña al primero, segundo, cuarto, quinto, séptimo, octavo, noveno, décimo y onceavo oficio de mérito, lo anterior para efecto de que dentro del término de 05 cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución, pues de no manifestar al respecto esta Comisión resolverá con base en las constancias existentes. Notifíquese

CEGAIP-RR-055/2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF00002217 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AHUALULCO SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA.SE TIENE POR CUMPLIDA LA RESOLUCCION DICTADA EN EL RECURSO DE REVISION RR-55/2017-1 NOTIFIQUESE.

CEGAIP-RR-071/2017-2 CONTRA H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se ponen a la vista de la parte recurrente el oficio de cuenta con sus anexos, a efecto de que dentro del término de 05 cinco días hábiles, los cuales de conformidad con lo establecido por el artículo 148 de la Ley de la materia, empezarán a correr al día siguiente al en que se practique la notificación correspondiente, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución, pues de no manifestar al respecto, esta Comisión resolverá con base en las constancias existentes. Se precisa que el oficio y anexos que se ponen a la vista, quedan a disposición en esta Comisión, para que la parte recurrente se imponga de los mismos o se entreguen las copias a su costa. Notifíquese.

CEGAIP-RR-129/2017-3 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Visto el contenido del oficio y anexos de cuenta se advierte que el sujeto obligado manifiesta que se realizan las gestiones para dar cumplimiento a la resolución emitida en el presente medio de impugnación. En consecuencia, agréguese a los presentes autos y por el momento se reserva de proveer de su contenido, en virtud de que a la fecha se encuentra transcurriendo el término para que el sujeto obligado informe respecto del cumplimiento al fallo aquí dictado. Asimismo, se le reitera a la Unidad de Transparencia del Sistema Educativo Estatal Regular que es la encargada de presentar ante esta Comisión las constancias que acrediten el cumplimiento a las resoluciones emitidas por este Órgano Garante. Notifíquese.

CEGAIP-RR-212/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF00005416 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DEL INSTITUTO REGISTRAL Y CATASTRAL A TRAVÉS DEL TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE MANDA ARCHIVAR ESTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-243/2017-3 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Visto el contenido del oficio y anexos de cuenta, se advierte que corresponde al presente sumario, toda vez que se realizan las gestiones para dar cumplimiento al requerimiento efectuado en auto de diecinueve de septiembre del año en curso, en el cual se ordena dar cumplimiento a la resolución emitida dentro del presente medio de impugnación. En consecuencia, agréguese a los presentes autos y por el momento se reserva de proveer de su contenido, en virtud de que a la fecha se encuentra transcurriendo el término para que el sujeto obligado informe respecto del cumplimiento al fallo aquí dictado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-264/2017-3 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Visto el contenido del oficio y anexos de cuenta se advierte que, el sujeto obligado manifiesta que se realizan las gestiones para dar cumplimiento al requerimiento efectuado en auto de veinte de septiembre del año en curso, en el cual se ordena dar cumplimiento a la resolución emitida dentro del presente medio de impugnación. En consecuencia, agréguese a los presentes autos y por el momento se reserva de proveer de su contenido, en virtud de que a la fecha se encuentra transcurriendo el término para que el sujeto obligado informe respecto del cumplimiento al fallo aquí dictado. Asimismo, se le reitera a la Unidad de Transparencia del Sistema Educativo Estatal Regular que es la encargada de presentar ante esta Comisión las constancias que acrediten el cumplimiento a las resoluciones emitidas por este Órgano Garante. Notifíquese.

CEGAIP-RR-266/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00006317 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ A TRAVÉS SERVICIOS DE SALUD EN EL ESTADO POR CONDUCTO DEL TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se tiene por cumplida la resolución de 01 uno de agosto de 2017 dos mil diecisiete, dictada en el recurso de revisión 266/2017-2 del índice de esta Comisión. Remítase en su oportunidad este expediente al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-269/2017-2 PNT NÚMERO DE FOLIO RR0012017 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE VENADO, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a la vista de la parte recurrente el oficio de cuenta con sus anexos, signado por la Titular de la Unidad de Transparencia del H. Ayuntamiento de Venado, San Luis Potosí, para efecto de que dentro del término de 05 cinco días hábiles, los cuales de conformidad con lo establecido por el artículo 148 de la Ley de la materia, empezarán a correr al día siguiente al en que se practique la notificación correspondiente, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución, pues de no manifestar al respecto esta Comisión resolverá con base en las constancias existentes. Se precisa que el oficio y anexos que se ponen a la vista, quedan a disposición en esta Comisión, para que la parte recurrente se imponga de los mismos o se entreguen las copias a su costa. Notifíquese.

CEGAIP-RR-292/2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF000006517 CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE SU RECTOR, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL DIRECTOR DE LA FACULTAD DE DERECHO. se pone a la vista de la parte recurrente el oficio de cuenta, a efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, los cuales de conformidad con lo establecido en el artículo 148 de la Ley de la materia, las notificaciones empezarán a transcurrir al día siguiente al que se practiquen, manifieste lo que a su derecho convenga, pues de no manifestar al respecto esta Comisión resolverá con base en las constancias que obran en autos. Notifíquese.

CEGAIP-RR-307/2017-1 PNT NÚMERO DE FOLIO RR0015117 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO, A TRAVÉS DE SU TITULAR DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE SU RESPONSABLE DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS. Se pone a la vista de la parte recurrente el oficio de cuenta, a efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, los cuales de conformidad con lo establecido en el artículo 148 de la Ley de la materia, las notificaciones empezarán a transcurrir al día siguiente al que se practiquen, manifieste lo que a su derecho convenga, pues de no manifestar al respecto esta Comisión resolverá con base en las constancias que obran en autos. ASI MISMO se requiere a la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado para que en el término de 03 tres días, remita copia certificada del anexo que corresponde al oficio DA/CGRH/UA/1823/2017, signado por el Coordinador General de Recursos Humanos, apercibida que, de no acatar el presente requerimiento se aplicará en su contra la medida de apremio establecida en los artículos 201 fracción II de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 190 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-333/2017-3 CONTRA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ. Dese vista al recurrente con el oficio y anexo de cuenta, para el efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga, en el entendido de que de no hacer manifestación alguna al respecto esta Comisión se pronunciará respecto del cumplimiento o en caso contrario, de incumplimiento con base en las constancias que integran el presente expediente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-366/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00018117 CONTRA SERVICIOS DE SALUD EN EL ESTADO. Dese vista al recurrente con el oficio y anexos de cuenta, para el efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga, en el entendido de que de no hacer manifestación alguna al respecto esta Comisión se pronunciará respecto del cumplimiento o en caso contrario, de incumplimiento con base en las constancias que integran el presente expediente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-445/2017-1 SIGEMI CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. SE MANDA ARCHIVAR ESTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-508-2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00021917 CONTRA SISTEMA DIF MUNICIPAL DE METEHUALA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-519/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00008517 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ. Visto el contenido del oficio y anexo de cuenta, se tiene al Director de Archivos y Encargado de los Asuntos del Despacho de la Dirección del Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, por rindiendo el dictamen que se le requirió mediante auto que antecede en los términos de su oficio, mismo que será considerado al momento de resolver el presente medio de impugnación. Por otra parte, visto el contenido de los acuerdos CEGAIP-198/2016 y CEGAIP-199/2016 del Pleno de esta Comisión, se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en virtud de que se actualiza la hipótesis establecida en el inciso C), por la distancia territorial del sujeto obligado que se ubica en el H. Ayuntamiento de Real de Catorce, San Luis Potosí. Notifíquese.

CEGAIP-RR-552/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00023017 CONTRA SECRETARÍA DE CULTURA DE SAN LUIS POTOSÍ. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-567/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00023817 CONTRA DIRECCIÓN GENERAL DE PENSIONES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-571/2017-1 CONTRA COMISION ESTATAL DE GARANTIA DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL ESTADO DE SNA LUIS POTOSI, PORCONDUCTO DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL TITULAR DE LA CONTRALORIA INTERNA DE IGUAL MANERA SE SEÑALA AL PRESIDENTE DE LA COMITÉ DE TRANSPARRENCIA. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-578/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF00010717 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DEL SINDICATO AUTÓNOMO DEMOCRÁTICO DE TRABAJADORES, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-582/2017-3 SIGEMI CONTRA SECRETARÍA DE FINANZAS. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-583/2017-1 SIGEMI CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE FINANZAS DEL ESTADO, A TRAVÉS DE SU TITULAR, Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA.SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-584/2017-2 SIGEMI CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-586/2017-1 SIGEMI CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SERVICIOS DE SALUD EN EL ESTADO, A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-587/2017-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, POR CONDUCTO DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL DIRECTOR GENERAL DE INGRESOS. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-588/2017-3 CONTRA ODICIALÍA MAYOR. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-589/2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00024717 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ, a través de su PRESIDENTE MUNICIPAL, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, y del TITULAR de su OFICIALIA MAYOR. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-590/2017-3 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ordena notificar a las partes que integran el referido recurso de revisión, para que tengan conocimiento de la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-591/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00024817 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-631/2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00025517 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO POR CONDUCTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD EN EL ESTADO, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-630/2017-3 CONTRA SERVICIOS DE SALUD. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.

CEGAIP-RR-636-2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00025717 CONTRA PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO. SE PROCÉDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. NOTIFÍQUESE.
CEGAIR-RR-639/2017-1 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Visto el contenido del oficio y anexo de cuenta, se le tiene por reconocida la personalidad al funcionario que comparece, para todos los efectos legales a que haya lugar, ya que se encuentra inscrito ante esta Comisión en el libro de registro de nombramientos bajo el número CEGAIP-RP-040/2013, lo anterior, por encontrarse facultado para comparecer en representación del sujeto obligado de conformidad con el artículo 58 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado; de igual forma, por hechas las manifestaciones que hace valer, asimismo, se tiene como domicilio y personas para oír y recibir notificaciones, los que señala en el oficio de cuenta. Ahora bien, visto el expediente, agréguese a los presentes autos el oficio y anexos de cuenta, y por el momento se reserva de proveer de su contenido en virtud de que a la fecha se encuentra transcurriendo el término para que las partes manifiesten lo que a su derecho convenga, previo a la resolución del presente medio de impugnación. Notifíquese.

CEGAIP-RR-660/2017-3 CONTRA H. AYUNTAMIETO DE CIUDAD VALLES DE SAN LUIS POTOSI. Se DESECHA por improcedente el recurso de revisión interpuesto por el recurrente. se remite el presente asunto al Archivo de Concentración de esta Comisión como totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-672/2017-3 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-672/2017-3, interpuesto contra la respuesta contenida en los oficios CGRH-541/2017, DSA/1332/2017, DG-128/2017-2018 DA/CA-254/2017, UT-1309/2017, emitidos el treinta y uno de agosto y primero de septiembre de la presente anualidad, por la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-676/2017-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DE SU DIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y DE LA BENEMERITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO, A TRAVÉS DE SU DIRECTOR. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-676/2017-1, interpuesto por Jesús Federico Piña Fraga, contra la respuesta a solicitud de información de fecha catorce de agosto de dos mil diecisiete, notificada el uno de septiembre de dos mil diecisiete, por GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, por conducto de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN a través de su TITULAR, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, del SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, por conducto de su DIRECTOR GENERAL, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, de su DIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS y de la BENEMERITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO, a través de su DIRECTOR. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. En el entendido de que el servidor público que comparezca a realizar las manifestaciones por parte del sujeto obligado deberá estar autorizado en el libro y apéndice de nombramientos de esta Comisión, y en caso de no estarlo, acompañará copia certificada el nombramiento vigente que lo acredite ante este Órgano Garante; con el apercibimiento de que, de no demostrar dicha calidad, sus manifestaciones no serán tomadas en consideración al momento de emitir la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-677/2017-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DE LA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN, DE LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN NORMAL DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR, DEL COORDINADOR GENERAL DE ARCHIVOS, DEL COORDINADOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA TÉCNICA Y DE LA COORDINADORA GENERAL DE RECURSOS FINANCIEROS, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCROLAR 1, AL IGUAL QUE DEL DIRECTOR GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO. admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión; y se tiene como sujeto obligado al GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DE LA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN, DE LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN NORMAL DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR, DEL COORDINADOR GENERAL DE ARCHIVOS, DEL COORDINADOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA TÉCNICA Y DE LA COORDINADORA GENERAL DE RECURSOS FINANCIEROS, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCROLAR 1, AL IGUAL QUE DEL DIRECTOR GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO. regístrese el presente recurso en Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-677/2017-2. póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte de los sujetos obligados y aquellas que sean contrarias a derecho. Al efecto córrase traslado con la copia simple del escrito de revisión y anexos exhibidos, al sujeto obligado, con la aclaración de que en la especie basta con un solo juego de copias de traslado del recurso de revisión que se entregue al Titular de la Dependencia que se encuentra señalada como sujeto obligado, pudiendo hacerse dicha entrega en la Unidad de Transparencia, en la inteligencia de que el sujeto obligado deberá realizar las gestiones que estime pertinentes para hacerle llegar por su cuenta, copia del recurso de revisión a cada una de las Unidades Administrativas que aquí se encuentren también señaladas como sujetos obligados; asimismo requiérase al Secretario, Titular de la Unidad de Transparencia, Directora de Administración, Jefa del Departamento de Educación Normal Dependiente de la Dirección de Educación Media Superior y Superior, Coordinador General de Archivos, Coordinador General de Recursos Humanos, Jefe del Departamento de Educación Secundaria Técnica y Coordinadora General de Recursos Financieros de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado, así como a la Directora General, Titular de la Unidad de Transparencia y Jefa del Departamento de Educación Preescolar 1 del Sistema Educativo Estatal Regular, al igual que al Director General de la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado, para que al momento de comparecer en el presente expediente, REMITAN COPIA CERTIFICADA POR FUNCIONARIO PÚBLICO AUTORIZADO PARA TAL EFECTO, DE SU NOMBRAMIENTO VIGENTE QUE LOS ACREDITE.. Notifíquese.

CEGAIP-RR-678/2017-3 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-678/2017-3, interpuesto contra la respuesta contenida en los oficios DG/UT-827/2017 y SEMTMSS/DES/IES/20/2017-2018, emitidos el dieciséis y treinta de agosto de la presente anualidad, por la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-681/2017-3 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-681/2017-3, interpuesto contra la respuesta contenida en los oficios DEN/133/2017-2018, DA/CA-256/2017, DG-142/2017-2018 y DA/CGRF/744/2017, emitidos el veintinueve de agosto, primero de septiembre y cuatro de septiembre de la presente anualidad, por la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-684/2017-3 CONTRA DIRECTOR GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO, DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-684/2017-3, interpuesto contra la respuesta contenida en el oficio DG-141/2017-2018, emitido el cuatro de septiembre de la presente anualidad, signado por el Director General de la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado, dependiente de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-685/2017-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, Y DE LA BENEMERITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO, A TRAVÉS DE SU DIRECTOR. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-685/2017-1, interpuesto por Jesús Federico Piña Fraga, contra la respuesta a solicitud de información de fecha veintiuno de agosto de dos mil diecisiete, notificada el uno de septiembre de dos mil diecisiete, por GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, por conducto de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN a través de su TITULAR, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, del SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, por conducto de su DIRECTOR GENERAL, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, y de la BENEMERITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO, a través de su DIRECTOR. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-689/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00028317 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DEL SISTEMA ESTATAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA (DIF), POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DEL SISTEMA ESTATAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA (DIF), POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-689/2017-2 PLATAFORMA. póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Al efecto córrase traslado con la copia simple del escrito de revisión y anexos exhibidos al sujeto obligado, con la aclaración de que en la especie basta con un solo juego de copias de traslado del recurso de revisión que se entregue al Titular de la Dependencia que se encuentra señalada como sujeto obligado, pudiendo hacerse dicha entrega en la Unidad de Transparencia, en la inteligencia de que el sujeto obligado deberá realizar las gestiones que estime pertinentes para hacerle llegar por su cuenta, copia del recurso de revisión a cada una de las Unidades Administrativas que aquí se encuentren también señaladas como sujetos obligados; asimismo requiérase al Titular y al Titular de la Unidad de Transparencia, para que al momento de comparecer en el presente expediente, REMITAN COPIA CERTIFICADA POR FUNCIONARIO PÚBLICO AUTORIZADO PARA TAL EFECTO, DE SU NOMBRAMIENTO VIGENTE QUE LOS ACREDITE. Notifíquese.

CEGAIP-RR-692/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00028617 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-692/2017-2 PLATAFORMA. póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Al efecto córrase traslado con la copia simple del escrito de revisión y anexos exhibidos al sujeto obligado, con la aclaración de que en la especie basta con un solo juego de copias de traslado del recurso de revisión que se entregue al Titular de la Dependencia que se encuentra señalada como sujeto obligado, pudiendo hacerse dicha entrega en la Unidad de Transparencia, en la inteligencia de que el sujeto obligado deberá realizar las gestiones que estime pertinentes para hacerle llegar por su cuenta, copia del recurso de revisión a cada una de las Unidades Administrativas que aquí se encuentren también señaladas como sujetos obligados; asimismo requiérase al Presidente y al Titular de la Unidad de Transparencia, para que al momento de comparecer en el presente expediente, REMITAN COPIA CERTIFICADA POR FUNCIONARIO PÚBLICO AUTORIZADO PARA TAL EFECTO, DE SU NOMBRAMIENTO VIGENTE QUE LOS ACREDITE COMO TAL, -esto para el caso de que no lo hayan remitido con anterioridad a esta Comisión-, lo anterior, para que este Órgano Colegiado se encuentre en posibilidad de reconocerle su personalidad en el presente asunto y de actualizar el libro y apéndice de nombramientos que se lleva en esta Comisión, con el apercibimiento de que en caso de que al escrito a través del cual se manifieste lo que a sus intereses convenga no se adjunte la copia certificada del nombramiento vigente de quien comparezca, no se le reconocerá su personalidad en el presente asunto y como consecuencia se tendrá por omiso en manifestar lo que a su derecho convenga. Por último, se le requiere para que señale persona y domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido de que, en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se harán en la lista de acuerdos que se publica en los estrados de este Órgano Colegiado. Con fundamento en lo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, la suscrita decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-692/2017-2, tomando en cuenta que en la especie se actualiza la hipótesis prevista en el inciso c) del referido acuerdo de Pleno CEGAIP-198/2016, toda vez que el recurso de revisión que nos ocupa es interpuesto en contra del H. Ayuntamiento de Matehuala, San Luis Potosí, por lo cual, en razón de la distancia, las notificaciones personales se realizan por correo certificado por conducto del Servicio Postal Mexicano, generando un atraso en las mismas. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-042/2016-3-VIPO CONTRA C.C. MANUEL MORALES RAMÍREZ Y MARIEL ARTEAGA MEDINA, PRESIDENTE MUNICIPAL Y TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL H. AYUNTAMIENTO DE COXCATLAN, SAN LUÍS POTOSÍ. Se declara que la aludida resolución de 21 de febrero de 2017 dos mil diecisiete ha causado ejecutoria Así las cosas, con fundamento en lo establecido por el artículo 84 fracción XXII y 111 de la anterior Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, solicítese mediante atento oficio a la Auditoría Superior del Estado, hacer efectiva las multas a que se hicieron acreedores MANUEL MORALES RAMÍREZ Y MARIEL ARTEAGA MEDINA, mismas que se encuentran establecidas en la resolución de 21 de febrero de 2017 dos mil diecisiete, y para tal efecto remítase a la aludida Auditoría Superior del Estado, copia certificada por duplicado del presente expediente en virtud de que del mismo se deriva la sanción pecuniaria aludida. Se expiden a su costa copias simples de todo lo actuado en el presente expediente CEGAIP-PISA-042/2016-3-VIPO, y se autoriza para recogerlas a las personas que señala en su escrito, lo anterior, previa identificación de persona autorizada y toma de razón que se asiente en autos. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-083/2016-2 CONTRA LOS CC. MARCO ESPARZA MARTÍNEZ EN SU CARÁCTER DE EX PRESIDENTE MUNICIPAL Y EDGAR ADAN TISCAREÑO ÁLVAREZ EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, AMBOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE RAMOS, SAN LUIS POTOSÍ. Se expiden a su costa copias simples de todo lo actuado en el presente expediente, y se autoriza para recogerlas a las personas que señala en su escrito, lo anterior, previa identificación de persona autorizada y toma de razón que se asiente en autos. Se ordena notificar mediante atento oficio al Director de la Policía Ministerial del Estado nuevamente el auto de 01 de septiembre de 2017, a través del cual se solicitó su colaboración para proporcionar el o los domicilios de Marco Esparza Martínez que obren en sus archivos, lo anterior, a efecto de contar con los elementos necesarios para continuar con el trámite del presente asunto. Notifíquese.

CEGAIP-REV-025/2017-1 DERIVADO DEL EXPEDIENTE CEGAIP-PISA-032/2016- 2 VIPO CONTRA C. FEDERICO MONSIVÁIS ROJAS, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE AHUALULCO, SAN LUIS POTOSÍ. Se tiene por recibido y agréguese a los autos el oficio UDT/218/2017, signado por el C. Federico Monsiváis Rojas en su carácter de Presidente Municipal del Ayuntamiento de Ahualulco, San Luis Potosí, de 21 de septiembre de 2017, recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión el día 21 del mismo mes y año, con 02 dos anexos que acompaña. Visto el contenido del oficio y anexos de cuenta, se advierte que son en el sentido de atender el requerimiento formulado mediante proveído de 06 de septiembre de 2017 dos mil diecisiete, en ese sentido, se tiene al compareciente por remitiendo copia simple de la constancia de notificación y de la resolución que pretende impugnar. Ahora bien, toda vez que en la especie el recurrente subsanó en tiempo y forma las irregularidades señaladas a través del proveído que antecede, en este acto se procede a proveer respecto del recurso de revisión interpuesto por el C. Federico Monsiváis Rojas a través del escrito de fecha 08 de agosto de 2017, recibido en esta Comisión el día 18 del mismo mes y año. En ese sentido, visto el contenido del escrito descrito en el párrafo que antecede, se tiene a FEDERICO MONSIVÁIS ROJAS por interponiendo RECURSO DE REVISIÓN en contra de la resolución de 21 de febrero de 2017, dictada dentro del expediente CEGAIP-PISA-032/2016-2-VIPO del índice de esta Comisión, por lo que se admite en sus términos, en consecuencia, regístrese bajo el número CEGAIP-REV-025/2017-1. Finalmente, toda vez que en la especie no existen pruebas por desahogar, con fundamento en lo establecido por el artículo 120, fracción IV de la abrogada Ley de Transparencia, se otorga al recurrente FEDERICO MONSIVÁIS ROJAS un plazo de 3 tres días hábiles para que alegue, empezarán a correr desde el día siguiente a aquél en que se haga la notificación del presente proveído, y una vez transcurrido dicho término, con alegatos o sin ellos, se procederá a emitir resolución en los términos legales. Notifíquese.

CEGAIP-SI-030/2017 MANUAL. En atención a su solicitud de información interpuesta en esta Comisión el día 18 de septiembre del 2017, y de acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente en sus artículos 53 y 54 fracciones II, IV, V, me permito darle seguimiento y trámite al expediente, como lo estipula dicha Ley; estando la información o respuesta a su disposición, en la Unidad de Transparencia de la CEGAIP. Lo anterior, según lo dispuesto en el artículo 59 y 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/server
Creado el 10/05/2017 05:10:05 PM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 03:49:08 AM
Modificado el 10/05/2017 05:10:07 PM
ID: 22657C2AEF692A8A862581AE004754A9




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