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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 05 CINCO DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2019 DOS MIL DIECINUEVE.

CEGAIP-RR-467/2017-2 SIGEMI CONTRA ORGANISMO OPERADOR DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE RIOVERDE, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se manda archivar este expediente al archivo de concentración como asunto totalmente concluido se ordena devolver 02 dos anexos lo anterior por no resultar necesaria su retención en la inteligencia que la devolución de dichas constancias deberá ser por conducto del notificador adscrito a esta comisión mediante el respectivo instructivo Notifíquese.

CEGAIP-RR-200/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR0008818 CONTRA H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE FINANZAS. Se manda archivar este expediente al archivo de concentración como asunto totalmente concluido se ordena devolver 02 dos discos compactos lo anterior por no resultar necesaria su retención en la inteligencia que la devolución de dichas constancias deberá ser por conducto del notificador adscrito a esta comisión mediante el respectivo instructivo Notifíquese.

CEGAIP-RR-215/2018-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO Y CATASTRO MUNICIPAL. Se manda archivar este expediente al archivo de concentración como asunto totalmente concluido se ordena devolver un anexo. Lo anterior por no resultar necesaria su retención en la inteligencia que la devolución de dichas constancias deberá ser por conducto del notificador adscrito a esta comisión mediante el respectivo instructivo Notifíquese.

CEGAIP-RR-245/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00012618 CONTRA SISTEMA DIF MUNICIPAL DE RIOVERDE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULARC A TRAVES DE DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se manda archivar este expediente al archivo de concentración como asunto totalmente concluido se ordena devolver anexos 01 un disco compacto y copia simple. Lo anterior por no resultar necesaria su retención en la inteligencia que la devolución de dichas constancias deberá ser por conducto del notificador adscrito a esta comisión mediante el respectivo instructivo Notifíquese.

CEGAIP-RR-374/2018-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se manda archivar este expediente al archivo de concentración como asunto totalmente concluido se ordena devolver anexos 01 un disco Lo anterior por no resultar necesaria su retención en la inteligencia que la devolución de dichas constancias deberá ser por conducto del notificador adscrito a esta comisión mediante el respectivo instructivo Notifíquese.

CEGAIP-RR-392/2018-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA DE LA ESCUELA PRIMARIA MARGARITA MAZA DE JUÁREZ. SE RESUELVE: ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA EMITIDA POR EL SUJETO OBLIGADO. Notifíquese

CEGAIP-RR-455/2018-2 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se tiene por recibido y agréguese a los presentes autos para que obre como corresponda, documento consistente en la impresión de correo electrónico remitido por la Licenciada Ana Gabriela Rosales Tolentino, adscrita a la Ponencia de la Comisionada del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales María Patricia Kurczyn Villalobos, con un archivo adjunto que acompaña, consistente en acuerdo dictado en el expediente del Recurso de Inconformidad RIA 205/2018, por medio del cual Nayeli Aguayo García, Secretaria de Acuerdos y Ponencia de Acceso a la Información, adscrita a la Ponencia de la referida Comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos, tiene por recibido el informe justificado rendido por ésta suscrita y que es relativo al aludido Recurso de Inconformidad, así como ampliación del mismo, y admite la prueba ofrecida por este Organismo Garante, señalada en el inciso a), del apartado IV de dicha determinación. Precisiones de las que se toma nota para los efectos legales conducentes. Notifíquese.

CEGAIP-RR-482/2018-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CEDRAL, SAN LUIS POTOSI. Se manda archivar este expediente al archivo de concentración como asunto totalmente concluido se ordena devolver anexos 01 una copia fotostática simple. Lo anterior por no resultar necesaria su retención en la inteligencia que la devolución de dichas constancias deberá ser por conducto del notificador adscrito a esta comisión mediante el respectivo instructivo Notifíquese.

CEGAIP-RR-508/2018-1 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO, LA DIRECCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO, LOS DOS PRIMEROS POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por recibido a los autos 02 oficios y un escrito, el primero sin número signado por Manuel Jaramillo por el titular de la unidad de transparencia del sistema educativo estatal regular, el segundo signado por Elsa roció González titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaria de Educación de Gobierno del Estado recibidos en la oficialía de partes de esta garante. Visto el contenido de los oficios de cuenta se tiene a los sujetos obligados por presentadas sus manifestaciones en sus oficios, por lo que se les tiene por realizadas las diversas manifestaciones, asi como al recurrente por presentadas sus manifestaciones por medio de su escrito. Notifíquese

CEGAIP-RR-518/2018-2 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS DE LOS MUNICIPIOS DE CERRO DE SAN PEDRO, SAN LUIS POTOSÍ Y SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ (INTERAPAS), POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución de 12 doce de septiembre de 2018 dos mil dieciocho, dictada en el recurso de revisión 518/2018-2 del índice de esta Comisión. Remítase en su oportunidad este expediente al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-578/2016-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ASI COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL ESCOLAR Y DE LA INSPECTORA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE ZONA 01, AL IGUAL QUE DEL DIRECTOR GENERAL DE A BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO. Se tiene por recibidos y agréguense a los presentes autos para que obren como corresponda, 02 dos documentos consistentes en la impresión de correos electrónicos remitidos por la Licenciada Jesica Sánchez Pérez, adscrita a la Ponencia del Comisionado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales Joel Salas Suárez, en 28 veintiocho y 30 treinta de enero de la presente anualidad; el primero de ellos por medio del cual comunica que se ha generado acuerdo de ampliación en el Recurso de Inconformidad RIA 207/2018, no obstante, no se desprende archivo adjunto relativo a la aludida determinación de ampliación, y por lo que toca al segundo correo electrónico de cuenta, el mismo acompaña un archivo adjunto, consistente en acuerdo dictado en el expediente del Recurso de Inconformidad precitado, por medio del cual Rafael Vásquez Martínez, Secretario de Acuerdos y Ponencia de Acceso a la Información, adscrito a la Ponencia del referido Comisionado Joel Salas Suárez, comunica a este Órgano Garante el cierre de instrucción para quedar los autos del aludido Recurso de Inconformidad en estado de dictar resolución. Notifíquese.

CEGAIP-RR-724/2018-2 CONTRA MUNICIPIO DE CIUDAD VALLES, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por recibido a los autos un oficio con número UTM093/2019 signado por el sujeto obligador recibido el 28 de enero del año en curso. Visto el contenido del oficio de cuenta se tiene al sujeto obligado por presentadas sus manifestaciones en su oficio, por lo que se le tiene por realizadas las diversas manifestaciones en las cuales da vista en razón de que la respuesta otorgada es del departamento de tesorería, se le hizo llegar copia del expediente de la comisión y se le solicito que entregara la información. Notifíquese.

CEGAIP-RR-725/2018-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por recibido y agréguese a los presentes autos para que obre como corresponda documento consistente en la impresión de correo electrónico a través del cual el C. Sergio Hernández Ramírez, Subdirector de Indicadores y Desempeño, Dirección General de Atención al Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, informa a esta Comisión lo siguiente:“Secretaria Proyectista adscrita a la Ponencia 2 Comisión Estatal de Garantía De Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí PRESENTE. Buenas día, por medio del presente y por instrucciones de la Directora General de Atención al Pleno, le informo que respecto del correo que se cita líneas abajo, se ha recibido el medio de impugnación correspondiente, mismo que fue turnado a la ponencia del Comisionado Joel Salas Suárez, con el número de expediente RIA 12/19.De esta manera, el trámite que en derecho procede se encuentra a cargo de dicha ponencia. Quedo atento a cualquier comentario de su parte. Saludos cordiales…”; Precisiones de las que se toma nota para los efectos legales conducentes. Notifíquese.

CEGAIP-RR-767/2018-2 CONTRA CONSEJO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Notifíquese al recurrente la resolución de 17 diecisiete de diciembre de 2018, dos mil dieciocho, a través de los ESTRADOS de este Órgano Colegiado, lo anterior, a efecto de no dejar en estado de indefensión al antes mencionado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-959/2018-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-959/2018-2, En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Finalmente, y en atención al proveído que antecede, remítase de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-965/2018-2 CONTRA CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-965/2018-2. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Finalmente, y en atención al proveído que antecede, remítase de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-971/2018-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-971/2018-2 En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Finalmente, y en atención al proveído que antecede, remítase de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese

CEGAIP-RR-988/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-989/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00041218 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-991/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-992/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00041518 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-994/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-995/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00041818 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-997/2018-1 SIGEMI CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES., POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-1001/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00042018 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-1003/2018-1 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1006/2018-1 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TIULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1013/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00042618 CONTRA SISTEMA DIF MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE CIUDAD VALLES, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-010/2019-1 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-025/2019-1 CONTRA CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-056/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00004219 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-058/2019-1 CONTRA MUNICIPIO DE CATORCE POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo y forma el recurso de revisión RR 058/2019-1 interpuesto el 24 de enero del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con sin numero de folio, presentada el 07 de enero del año en curso al Municipio De Catorce Por Conducto De Su Titular Y De Su Titular De La Unidad De Transparencia. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; se requiere al sujeto obligado, a través de su unidad de transparencia, para que rinda ante este órgano garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la ley de transparencia y acceso a la Información pública del Estado para el presente recurso de revisión, en virtud de la especiales circunstancias del asunto en cuestión, asi como por sus especiales circunstancias del asunto en cuestión, asi como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, aunado a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y la cede de esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-059/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR0004519 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE MOCTEZUMA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE MOCTEZUMA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-59/2019-2 PLATAFORMA. Póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese

CEGAIP-RR-061/2019-1 CONTRA MUNICIPIO DE CATORCE POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo y forma el recurso de revisión RR 061/2019-1 interpuesto el 24 de enero del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con sin numero de folio, presentada el 07 de enero del año en curso al MUNICIPIO DE CATORCE POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; se requiere al sujeto obligado, a través de su unidad de transparencia, para que rinda ante este órgano garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la ley de transparencia y acceso a la Información pública del Estado para el presente recurso de revisión, en virtud de la especiales circunstancias del asunto en cuestión, asi como por sus especiales circunstancias del asunto en cuestión, asi como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, aunado a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y la cede de esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-062/2019-1 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-62/2019-2. Póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte de los sujetos obligados y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-064/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00004819 CONTRA MUNICIPIO DE SAN MARTIN CHALCHICUAUTLA POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo y forma el recurso de revisión RR 064/2019-1 interpuesto el 24 de enero del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con de folio 00007319, presentada el 03 de enero del año en curso al MUNICIPIO DE SAN MARTIN CHALCHICUAUTLA POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; se requiere al sujeto obligado, a través de su unidad de transparencia, para que rinda ante este órgano garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la ley de transparencia y acceso a la Información pública del Estado para el presente recurso de revisión, en virtud de la especiales circunstancias del asunto en cuestión, asi como por sus especiales circunstancias del asunto en cuestión, asi como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, aunado a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y la cede de esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-065/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00004919 CONTRA H. AYUNTAMIENTO SAN MARTÍN CHALCHICUAUTLA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO SAN MARTÍN CHALCHICUAUTLA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-65/2019-2 PLATAFORMA. Póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-065/2019-2. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Notifíquese.

CEGAIP-RR-068/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00005219 CONTRA H. AYUNTAMIENTO SAN MARTÍN CHALCHICUAUTLA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO SAN MARTÍN CHALCHICUAUTLA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-68/2019-2 PLATAFORMA. Póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-68/2019-2. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-002/2008, DERIVADO DE LA QUEJA 170/2008-2 INTERPUESTA POR CALOS RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ CONTRA MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ, EX PRESIDENTE MUNICIPAL DE VILLA DE ARRIAGA.- Visto el estado de los presentes autos y en atención a lo ordenado en el acuerdo de fecha 31 treinta y uno de enero de 2019, dictado dentro del expediente PAIS-AY046-08/2009, se agrega a los presentes autos copia simple del oficio ASE-CE-356/2018, de fecha 13 trece de diciembre de 2018, recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión el día 14 catorce de diciembre de 2018, signado por el Licenciado Humberto Izar Vega, Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado. Ahora bien, visto el contenido de la copia del oficio de cuenta, se tiene al Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado, por dando contestación al oficio CEGAIP-1025/2018, el cual obra dentro del expediente PAIS-AY046-08/2009, en el que informa que mediante oficio ASE-CE-275/2018, (mismo que obra agregado al presente expediente mediante acuerdo de fecha 29 de octubre de 2018, véanse fojas 90 a 92 de autos) dio respuesta a los diversos CEGAIP-654/2018, CEGAIP-655/2018, CEGAIP-656/2018, CEGAIP-657/2018, CEGAIP-658/2018 y CEGAIP-659/2018, del índice de esta Comisión, en los que se requería información sobre el monto recaudado y el monto remitido a esta Comisión, respecto de la multa impuesta al C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ por la cantidad de $25,975.00 (veinticinco mil novecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.).Así como también, advierte que en el mismo oficio ASE-CE-275/2018, se informó que tiene diversos expedientes y se contestó de manera general informando el estado de todos los procedimientos instaurados en contra del C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ y se comunicó a esta Comisión que el día 15 quince de abril de 2013 y el día 19 diecinueve de mayo de 2015, se celebró un convenio con relación a diversos expedientes Y en la presente copia del oficio de cuenta, el Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado, informa a este Órgano Colegiado, que dichos convenios no han sido cumplidos por el deudor fiscal; consecuentemente informa que se le sigue requiriendo para su cumplimiento con fundamento en el numeral 51 del Código Fiscal del Estado. Asimismo, informa también que se advirtió en una relación de pagos recibidos en el Departamento de Recursos Financieros de la Auditoria Superior del Estado, que existen catorce pagos del año 2014 y dos pagos de 2015 por un importe total de $44,882.00 (cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) mismos que pertenecen únicamente a pagos de los expedientes ASE-CE-PAE-050/009/09 y ASE-CE-PAE-050/010/09, los cuales, no corresponden a esta Comisión, por lo que lo recaudado fue abonado a los adeudos de dichos expedientes. En ese sentido, se hace constar que esta Comisión continúa en espera de la total ejecución de la multa impuesta en este asunto, por parte de la Auditoría Superior del Estado, así como la remisión del monto correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-003/2008 DERIVADO DE LA QUEJA 171/2008-3.- CONTRA MIGUEL ANGEL ACOSTA GONZALEZ EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSI. Visto el estado de los presentes autos y en atención a lo ordenado en el acuerdo de fecha 31 treinta y uno de enero de 2019, dictado dentro del expediente PAIS-AY046-08/2009, se agrega a los presentes autos copia simple del oficio ASE-CE-356/2018, de fecha 13 trece de diciembre de 2018, recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión el día 14 catorce de diciembre de 2018, signado por el Licenciado Humberto Izar Vega, Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado. Ahora bien, visto el contenido de la copia del oficio de cuenta, se tiene al Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado, por dando contestación al oficio CEGAIP-1025/2018, mismo que obra dentro del expediente PAIS-AY046-08/2009, en el cual informa que mediante oficio ASE-CE-275/2018, (mismo que obra agregado al presente expediente mediante acuerdo de fecha 30 de octubre de 2018, véanse fojas 90 a 92 de autos) dio respuesta a los diversos CEGAIP-654/2018, CEGAIP-655/2018, CEGAIP-656/2018, CEGAIP-657/2018, CEGAIP-658/2018 y CEGAIP-659/2018, del índice de esta Comisión, en los que se requería información sobre el monto recaudado y el monto remitido a esta Comisión, respecto de la multa impuesta al C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ por la cantidad de $25,975.00 (veinticinco mil novecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.). Así como también, advierte que en el mismo oficio ASE-CE-275/2018, se informó que tiene diversos expedientes y se contestó de manera general informando el estado de todos los procedimientos instaurados en contra del C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ y se comunicó a esta Comisión que el día 15 quince de abril de 2013 y el día 19 diecinueve de mayo de 2015, se celebró un convenio con relación a los diverso expedientes Y en la presente copia del oficio de cuenta, el Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado, informa a este Órgano Colegiado, que dichos convenios no han sido cumplidos por el deudor fiscal; consecuentemente informa que se le sigue requiriendo para su cumplimiento con fundamento en el numeral 51 del Código Fiscal del Estado. Asimismo, informa también que se advirtió en una relación de pagos recibidos en el Departamento de Recursos Financieros de la Auditoria Superior del Estado, que existen catorce pagos del año 2014 y dos pagos de 2015 por un importe total de $44,882.00 (cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) mismos que pertenecen únicamente a pagos de los expedientes ASE-CE-PAE-050/009/09 y ASE-CE-PAE-050/010/09, los cuales, no corresponden a esta Comisión, por lo que lo recaudado fue abonado a los adeudos de dichos expedientes. En ese sentido, se hace constar que esta Comisión continúa en espera de la total ejecución de la multa impuesta en este asunto, por parte de la Auditoría Superior del Estado, así como la remisión del monto correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-006/2008 DERIVADO DE LA QUEJA 174/2008-3.- CONTRA MIGUEL ANGEL ACOSTA GONZALEZ EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSI. Visto el estado de los presentes autos y en atención a lo ordenado en el acuerdo de fecha 31 treinta y uno de enero de 2019, dictado dentro del expediente PAIS-AY046-08/2009, se agrega a los presentes autos copia simple del oficio ASE-CE-356/2018, de fecha 13 trece de diciembre de 2018, recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión el día 14 catorce de diciembre de 2018, signado por el Licenciado Humberto Izar Vega, Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado. Ahora bien, visto el contenido de la copia del oficio de cuenta, se tiene al Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado, por dando contestación al oficio CEGAIP-1025/2018, mismo que obra dentro del expediente PAIS-AY046-08/2009, en el cual informa que mediante oficio ASE-CE-275/2018, (mismo que obra agregado al presente expediente mediante acuerdo de fecha 30 de octubre de 2018, véanse fojas 87 a 89 de autos) dio respuesta a los diversos CEGAIP-654/2018, CEGAIP-655/2018, CEGAIP-656/2018, CEGAIP-657/2018, CEGAIP-658/2018 y CEGAIP-659/2018, del índice de esta Comisión, en los que se requería información sobre el monto recaudado y el monto remitido a esta Comisión, respecto de la multa impuesta al C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ por la cantidad de $25,975.00 (veinticinco mil novecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.) Así como también, advierte que en el mismo oficio ASE-CE-275/2018, se informó que tiene diversos expedientes y se contestó de manera general informando el estado de todos los procedimientos instaurados en contra del C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ y se comunicó a esta Comisión que el día 15 quince de abril de 2013 y el día 19 diecinueve de mayo de 2015, se celebró un convenio con relación a diversos expedientes. Y en la presente copia del oficio de cuenta, el Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado, informa a este Órgano Colegiado, que dichos convenios no han sido cumplidos por el deudor fiscal; consecuentemente informa que se le sigue requiriendo para su cumplimiento con fundamento en el numeral 51 del Código Fiscal del Estado. Asimismo, informa también que se advirtió en una relación de pagos recibidos en el Departamento de Recursos Financieros de la Auditoria Superior del Estado, que existen catorce pagos del año 2014 y dos pagos de 2015 por un importe total de $44,882.00 (cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) mismos que pertenecen únicamente a pagos de los expedientes ASE-CE-PAE-050/009/09 y ASE-CE-PAE-050/010/09, los cuales, no corresponden a esta Comisión, por lo que lo recaudado fue abonado a los adeudos de dichos expedientes. En ese sentido, se hace constar que esta Comisión continúa en espera de la total ejecución de la multa impuesta en este asunto, por parte de la Auditoría Superior del Estado, así como la remisión del monto correspondiente. Notifíquese

CEGAIP-PISA-007/2008 DERIVADO DE LA QUEJA 175/2008-1, INTERPUESTA POR ERNESTO CAMPOS QUIRÓZ CONTRA MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ, EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSÍ. Visto el estado de los presentes autos y en atención a lo ordenado en el acuerdo de fecha 31 treinta y uno de enero de 2019, dictado dentro del expediente PAIS-AY046-08/2009, se agrega a los presentes autos copia simple del oficio ASE-CE-356/2018, de fecha 13 trece de diciembre de 2018, recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión el día 14 catorce de diciembre de 2018, signado por el Licenciado Humberto Izar Vega, Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado. Ahora bien, visto el contenido de la copia del oficio de cuenta, se tiene al Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado, por dando contestación al oficio CEGAIP-1025/2018, mismo que obra dentro del expediente PAIS-AY046-08/2009, en el cual informa que mediante oficio ASE-CE-275/2018, (mismo que obra agregado al presente expediente mediante acuerdo de fecha 30 de octubre de 2018, véanse fojas 90 a 92 de autos) dio respuesta a los diversos CEGAIP-654/2018, CEGAIP-655/2018, CEGAIP-656/2018, CEGAIP-657/2018, CEGAIP-658/2018 y CEGAIP-659/2018, del índice de esta Comisión, en los que se requería información sobre el monto recaudado y el monto remitido a esta Comisión, respecto de la multa impuesta al C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ por la cantidad de $25,975.00 (veinticinco mil novecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.). Así como también, advierte que en el mismo oficio ASE-CE-275/2018, se informó que tiene diversos expedientes y se contestó de manera general informando el estado de todos los procedimientos instaurados en contra del C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ y se comunicó a esta Comisión que el día 15 quince de abril de 2013 y el día 19 diecinueve de mayo de 2015, se celebró un convenio con relación a diversos expedientes: Y en la presente copia del oficio de cuenta, el Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado, informa a este Órgano Colegiado, que dichos convenios no han sido cumplidos por el deudor fiscal; consecuentemente informa que se le sigue requiriendo para su cumplimiento con fundamento en el numeral 51 del Código Fiscal del Estado. Asimismo, informa también que se advirtió en una relación de pagos recibidos en el Departamento de Recursos Financieros de la Auditoria Superior del Estado, que existen catorce pagos del año 2014 y dos pagos de 2015 por un importe total de $44,882.00 (cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) mismos que pertenecen únicamente a pagos de los expedientes ASE-CE-PAE-050/009/09 y ASE-CE-PAE-050/010/09, los cuales, no corresponden a esta Comisión, por lo que lo recaudado fue abonado a los adeudos de dichos expedientes. En ese sentido, se hace constar que esta Comisión continúa en espera de la total ejecución de la multa impuesta en este asunto, por parte de la Auditoría Superior del Estado, así como la remisión del monto correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-008/2008 DERIVADO DE LA QUEJA 176/2008-2.- CONTRA MIGUEL ANGEL ACOSTA GONZALEZ EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSI. Visto el estado de los presentes autos y en atención a lo ordenado en el acuerdo de fecha 31 treinta y uno de enero de 2019, dictado dentro del expediente PAIS-AY046-08/2009, se agrega a los presentes autos copia simple del oficio ASE-CE-356/2018, de fecha 13 trece de diciembre de 2018, recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión el día 14 catorce de diciembre de 2018, signado por el Licenciado Humberto Izar Vega, Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado. Ahora bien, visto el contenido de la copia del oficio de cuenta, se tiene al Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado, por dando contestación al oficio CEGAIP-1025/2018, mismo que obra dentro del expediente PAIS-AY046-08/2009, en el cual informa que mediante oficio ASE-CE-275/2018, (mismo que obra agregado al presente expediente mediante acuerdo de fecha 30 de octubre de 2018, véanse fojas 89 a 91 de autos) dio respuesta a los diversos CEGAIP-654/2018, CEGAIP-655/2018, CEGAIP-656/2018, CEGAIP-657/2018, CEGAIP-658/2018 y CEGAIP-659/2018, del índice de esta Comisión, en los que se requería información sobre el monto recaudado y el monto remitido a esta Comisión, respecto de la multa impuesta al C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ por la cantidad de $25,975.00 (veinticinco mil novecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.). Así como también, advierte que en el mismo oficio ASE-CE-275/2018, se informó que tiene diversos expedientes y se contestó de manera general informando el estado de todos los procedimientos instaurados en contra del C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ y se comunicó a esta Comisión que el día 15 quince de abril de 2013 y el día 19 diecinueve de mayo de 2015, se celebró un convenio con relación a diversos expedientes. Y en la presente copia del oficio de cuenta, el Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado, informa a este Órgano Colegiado, que dichos convenios no han sido cumplidos por el deudor fiscal; consecuentemente informa que se le sigue requiriendo para su cumplimiento con fundamento en el numeral 51 del Código Fiscal del Estado. Asimismo, informa también que se advirtió en una relación de pagos recibidos en el Departamento de Recursos Financieros de la Auditoria Superior del Estado, que existen catorce pagos del año 2014 y dos pagos de 2015 por un importe total de $44,882.00 (cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) mismos que pertenecen únicamente a pagos de los expedientes ASE-CE-PAE-050/009/09 y ASE-CE-PAE-050/010/09, los cuales, no corresponden a esta Comisión, por lo que lo recaudado fue abonado a los adeudos de dichos expedientes. En ese sentido, se hace constar que esta Comisión continúa en espera de la total ejecución de la multa impuesta en este asunto, por parte de la Auditoría Superior del Estado, así como la remisión del monto correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-PAIS-AY046-30/2008 CONTRA MIGUEL ANGEL ACOSTA GONZALEZ, EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSI. Visto el estado de los presentes autos y en atención a lo ordenado en el acuerdo de fecha 31 treinta y uno de enero de 2019, dictado dentro del expediente PAIS-AY046-08/2009, se agrega a los presentes autos copia simple del oficio ASE-CE-356/2018, de fecha 13 trece de diciembre de 2018, recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión el día 14 catorce de diciembre de 2018, signado por el Licenciado Humberto Izar Vega, Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado. Ahora bien, visto el contenido de la copia del oficio de cuenta, se tiene al Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado, por dando contestación al oficio CEGAIP-1025/2018, mismo que obra dentro del expediente PAIS-AY046-08/2009, en el cual informa que mediante oficio ASE-CE-275/2018, (mismo que obra agregado al presente expediente mediante acuerdo de fecha 30 de octubre de 2018, véanse fojas 101 a 103 de autos) dio respuesta a los diversos CEGAIP-654/2018, CEGAIP-655/2018, CEGAIP-656/2018, CEGAIP-657/2018, CEGAIP-658/2018 y CEGAIP-659/2018, del índice de esta Comisión, en los que se requería información sobre el monto recaudado y el monto remitido a esta Comisión, respecto de la multa impuesta al C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ por la cantidad de $25,975.00 (veinticinco mil novecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.). Así como también, advierte que en el mismo oficio ASE-CE-275/2018, se informó que tiene diversos expedientes y se contestó de manera general informando el estado de todos los procedimientos instaurados en contra del C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ y se comunicó a esta Comisión que el día 15 quince de abril de 2013 y el día 19 diecinueve de mayo de 2015, se celebró un convenio con relación a diversos expedientes. Y en la presente copia del oficio de cuenta, el Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado, informa a este Órgano Colegiado, que dichos convenios no han sido cumplidos por el deudor fiscal; consecuentemente informa que se le sigue requiriendo para su cumplimiento con fundamento en el numeral 51 del Código Fiscal del Estado. Asimismo, informa también que se advirtió en una relación de pagos recibidos en el Departamento de Recursos Financieros de la Auditoria Superior del Estado, que existen catorce pagos del año 2014 y dos pagos de 2015 por un importe total de $44,882.00 (cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) mismos que pertenecen únicamente a pagos de los expedientes ASE-CE-PAE-050/009/09 y ASE-CE-PAE-050/010/09, los cuales, no corresponden a esta Comisión, por lo que lo recaudado fue abonado a los adeudos de dichos expedientes. En ese sentido, se hace constar que esta Comisión continúa en espera de la total ejecución de la multa impuesta en este asunto, por parte de la Auditoría Superior del Estado, así como la remisión del monto correspondiente. Notifíquese

CEGAIP-PAIS-AY046-08/2009 CONTRA MIGUEL ANGEL ACOSTA GONZALEZ, EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSI. se tiene por recibido a los presente autos el oficio ASE-CE 356/2018, de fecha 13 de diciembre de 2018, recibido en la oficialía de partes de esta comisión el dia 14 de diciembre de 2018, signado por el licenciado Humberto izar vega, coordinador de ejecución de la auditoria superior del estado. visto el contenido del oficio de cuenta, se tiene al coordinador de ejecución de la auditoria superior del estado, por dando contestación al oficio CEGAIP1025/2018 en el cual informa que mediante oficio ASE-CE-275/2018 dio respuesta a los diversos CEGAIP-654/2018, CEGAIP -655/2018, CEGAIP -656/2018, CEGAIP -657/2018, CEGAIP -658/2018, CEGAIP -659/2018, del índice de esta comisión, en los que se requería información sobre el monto recaudado ye le monto remitido a esta comisión, respecto de la multa impuesta al C. MIGUEL ANGEL ACOSTA GONZALEZ, por la cantidad de $25,975.00 ( VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.) Así como también, advierte el coordinador de ejecución de la auditoria superior del estado, advierte que el mismo oficio ASE-CE-275/2018, se informó que tiene diversos expedientes y se contestó de manera general informando el estado de todos los procedimientos instaurados en contra del C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ y se comunicó a esta Comisión que el día 15 quince de abril de 2013 y el día 19 diecinueve de mayo de 2015, se celebró un convenio con relación a diversos expedientes. Y en la presente oficio de cuenta, el Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado, informando a este Órgano Colegiado, que dichos convenios no han sido cumplidos por el deudor fiscal; consecuentemente informa que se le sigue requiriendo para su cumplimiento con fundamento en el numeral 51 del Código Fiscal del Estado. Asimismo, informa también que se advirtió en una relación de pagos recibidos en el Departamento de Recursos Financieros de la Auditoria Superior del Estado, que existen catorce pagos del año 2014 y dos pagos de 2015 por un importe total de $44,882.00 (cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) mismos que pertenecen únicamente a pagos de los expedientes ASE-CE-PAE-050/009/09 y ASE-CE-PAE-050/010/09, los cuales, no corresponden a esta Comisión, por lo que lo recaudado fue abonado a los adeudos de dichos expedientes. En ese sentido, se hace constar que esta Comisión continúa en espera de la total ejecución de la multa impuesta en este asunto, por parte de la Auditoría Superior del Estado, así como la remisión del monto correspondiente. Notifíquese

CEGAIP-DEIOT-085/2018 CONTRA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO VIVIENDA Y OBRAS PUBLICAS. Se requiere a la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas, para que dentro del término de 05 cinco días hábiles, otorgue total y puntual cumplimiento a la resolución emitida en la presente denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, en la inteligencia de que dentro del mismo término deberá remitir a esta Comisión las constancias con las que acredite dicha circunstancia, apercibido legalmente que en caso de no hacerlo se procederá en términos de lo establecido en el artículo 112, vinculado con el artículo 190, fracción I, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-1017/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA DE SAN LUIS POTOSI. Se remite la presente denuncia DEIOT-1017/2018 y su acumulado a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, verifique el debido cumplimiento de la resolución de 08 cuatro de junio de 2018 dos mil dieciocho, cerciorándose de que el sujeto obligado haya solventado las observaciones que se le hicieron a través del auto de 07 de diciembre de 2018 dos mil dieciocho. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-1115/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES SAN LUIS POTOSÍ. Se remite la presente denuncia DEIOT-1115/2018 y sus acumulados a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, verifique si el sujeto obligado solventó las observaciones realizadas a través del auto de 18 dieciocho de diciembre de 2018 dos mil dieciocho, y rinda el dictamen que corresponda. Notifíquese.

CEGAIP 1438/2018 SISTEMA MUNICIPAL DIF DEL AYUNTAMIENTO DE RAYON SAN LUIS POTOSÍ. Se remite la presente denuncia DEIOT-1438/2018 a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, verifique si el Sistema DIF Municipal del Ayuntamiento de Rayón, San Luis Potosí, dio cumplimiento a la resolución de 28 veintiocho de noviembre de 2018 dos mil dieciocho, Lo anterior, debiendo cerciorarse que dicha información se ajuste a lo establecido por la ley de la materia, para efecto de garantizar que la misma satisfaga los criterios de calidad, veracidad, confiabilidad y oportunidad. Notifíquese.

CEGAIP DEIOT 1482/2018 CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cerrado el período de instrucción y se instruye la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-010/2019 Y SU ACUMULADO 015/2019 CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Expídanse a su costa las copias simples que solicita el sujeto obligado, previa identificación y toma de razón que se asiente en autos, mismas que podrá recoger en días y horas hábiles en los estrados de este Órgano Colegiado se declara cerrado el período de instrucción y se instruye la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-012/2019 CONTRA PARTIDO POLÍTICO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. En cumplimiento al acuerdo de 29 veintinueve de enero de 2019 dos mil diecinueve, continúese con la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP DEIOT 014/2019 CONTRA CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se remite la presente denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-014/2019 a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, verifique si el Congreso del Estado de San Luis Potosí publica en la Plataforma Estatal de Transparencia y para el caso de existir tal información, verifique que se ajuste a lo establecido por esta ley y a los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas, y rinda el dictamen que corresponda. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-017/2019 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACCION NACIONAL. Se declara cerrado el período de instrucción y se instruye la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-020/2019 Y SU ACUMULADO 021/2019 CONTRA PARTIDO DEL TRABAJO. Se previene a la parte denunciante, para que en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, señale de manera clara y precisa el incumplimiento que pretende imputar al Partido del Trabajo, es decir, precise las obligaciones de transparencia que no cumple el sujeto obligado denunciado y, preferentemente señale el periodo por el que se registra dicho incumplimiento; lo anterior, apercibido que de no desahogar la prevención, la denuncia será desechada al tenor de lo dispuesto por la fracción III del Tercero de los Lineamientos que Determinan el procedimiento interno al que habrá de someterse el trámite y resolución de las denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-022/2019 CONTRA PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA. Se previene a la parte denunciante, para que en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, señale de manera clara y precisa el incumplimiento que pretende imputar al Partido de la Revolución Democrática, es decir, precise las obligaciones de transparencia que no cumple el sujeto obligado denunciado, y preferentemente señale el periodo por el que se registra dicho incumplimiento; lo anterior, apercibido que de no desahogar la prevención, la denuncia será desechada al tenor de lo dispuesto por la fracción III del Tercero de los Lineamientos que Determinan el procedimiento interno al que habrá de someterse el trámite y resolución de las denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-012/2019 EXPEDIENTILLO CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 000D7E44, presentado a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para que en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 54 fracciones II, III y XII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, brinde la atención que estime procedente al presente escrito. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-013/2019 EXPEDIENTILLO CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 000FDD49, presentado a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para que en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 54 fracciones II, III y XII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, brinde la atención que estime procedente al presente escrito. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-014/2019 EXPEDIENTILLO CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 00128E34, presentado a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para que en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 54 fracciones II, III y XII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, brinde la atención que estime procedente al presente escrito. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-015/2019 EXPEDIENTILLO CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 00132A48, presentado a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para que en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 54 fracciones II, III y XII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, brinde la atención que estime procedente al presente escrito. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-016/2019 EXPEDIENTILLO CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 00139F51, presentado a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para que en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 54 fracciones II, III y XII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, brinde la atención que estime procedente al presente escrito. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-017/2019 EXPEDIENTILLO CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 00522E5B, presentado a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para que en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 54 fracciones II, III y XII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, brinde la atención que estime procedente al presente escrito. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-18/2019 EXPEDIENTILLO CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 00526CA9, presentado a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para que en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 54 fracciones II, III y XII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, brinde la atención que estime procedente al presente escrito. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-019/2019 EXPEDIENTILLO CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 00531902, presentado a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para que en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 54 fracciones II, III y XII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, brinde la atención que estime procedente al presente escrito. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-020/2019 EXPEDIENTILLO CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 005379AD, presentado a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para que en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 54 fracciones II, III y XII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, brinde la atención que estime procedente al presente escrito. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-021/2019 EXPEDIENTILLO CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 0053F55D, presentado a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para que en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 54 fracciones II, III y XII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, brinde la atención que estime procedente al presente escrito. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-022/2019 EXPEDIENTILLO CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 005518AD, presentado a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para que en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 54 fracciones II, III y XII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, brinde la atención que estime procedente al presente escrito. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-023/2019 EXPEDIENTILLO CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 005555C3E, presentado a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para que en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 54 fracciones II, III y XII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, brinde la atención que estime procedente al presente escrito. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-024/2019 EXPEDIENTILLO CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se remítase a la Unidad de Transparencia de esta Comisión una impresión del escrito con número de registro 00558C8E, presentado a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, para que en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 54 fracciones II, III y XII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, brinde la atención que estime procedente al presente escrito. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
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Creado el 02/05/2019 08:36:23 AM
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Accesado el 06/17/2020 04:37:50 AM
Modificado el 02/05/2019 08:36:27 AM
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