Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocegaip slp
Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí

Periodo
10 Octubre2015

ObligaciónLas recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención, hasta su total cumplimiento.

Obligación específica.
Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.

A ) Artículo84

B ) FracciónXLIII

C ) Inciso


Hipervínculo

Para Consultar el documento
Acceso directo:
1952-2015-3.docx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip20152016.nsf/nombre_de_la_vista/E7AF3744EB982A06862581B600715346/$File/1952-2015-3.docx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


San Luis Potosí, San Luis Potosí, 22 veintidós de octubre de 2015 dos mil quince. V I S T O para resolver los autos que conforman el expediente 1952/2015-3 del índice de esta comisión, relativo al recurso de queja, interpuesto por Eliminado 1 contra actos del GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ por conducto de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN a través de su TITULAR, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA, de la COORDINADORA GENERAL DE RECURSOS FINANCIEROS y el COORDINADOR GENERAL DE PARTICIPACIÓN SOCIAL, así como del SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR por conducto de su DIRECTORA GENERAL, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA, de su DIRECTOR DE SERVICIOS EDUCATIVOS, de su DIRECTOR DE PLANEACIÓN, de su DIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS y de la BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO a través de su DIRECTOR GENERAL, y
R E S U L T A N D O S
PRIMERO. Solicitud de información. El 24 veinticuatro de junio de 2015 dos mil quince, JESÚS FEDERICO PIÑA FRAGA presentó una solicitud de acceso a la información ante la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN de GOBIERNO DEL ESTADO, mediante escrito libre que obra a fojas 7 siete a 9 nueve, en la cual pidió: “Solicito saber, conocer, Acceso, Transparencia, Rendición de Cuentas y la reproducción correspondiente con el debido Fundamento ARMONIZADO de las Leyes de Transparencia Local y General en Vigor a partir del 05-cinco-2015, según los Transitorios: Primero y Quinto: Me refiero al MONTO TOTAL que la Mesa Directiva de la Asociación de Padres de Familia del estado de S.L.P., que ha recibido por la Secretaria de Educación a su cargo, Recursos Públicos que la Ciudadanía Potosina y más los Padres de Familia desconocemos la cantidad MENSUAL que RECIBE, así como quien AUTORIZO la aportación económica A LA CITADA Mesa Directiva citada, debiendo permitir el ACCESO a la ASIGNACION MENSUAL que se entrega y que DEBE COMPROBAR, de manera contable y Fiscal ante la Asociación ESTATAL, de igual manera DEBERA permitir el ACCESO al ACTA CONSTITUTIVA que se elaboró al momento de ser ELECTA dicha Mesa Directiva, esto con el fin de por lo menos saber y conocer quiénes son los Integrantes: Presidente, Secretario y Tesorero. De igual manera solicito la reproducción del PLAN DE TRABAJO que presento la citada Mesa Directiva al momento de entrar en FUNCIONES, así como las ACCIONES Y MEDIDAS para implementar dicho PLAN y como ha sido desarrollado y cumplido a la fecha. Debe permitir el Acceso y Transparentar el Domicilio donde los Padres y Madres de Familia pueden acudir a presentar sus INMENSAS, RECURRENTES Y MUY CONOCIDAS IRREGULARIDADES que suceden en las escuelas y que las Mesas Directivas de las Asociaciones tanto de las escuelas como de la ESTATAL nunca han solucionado EL ACCESO A LA INFORMACION, LA TRANSPARENCIA Y LA RENDICION DE CUENTAS DE LAS CUOTAS IMPUESTAS DE MANERA ARBITRARIA Y ABUSIVA A LOS PADRES Y MADRES AL MOMENTO DE LA INSCRIPCION PERO QUE SE DICEN”VOLUNTARIAS”, las que son una vulgar MENTIRA ya son de manera “OBLIGATORIA”, SIN LA RENDICION DE CUENTAS DE LAS CUOTAS OBLIGATORIAS Y QUE EN CONTUBERNIO CON LOS DIRECTORES DE LAS ESCUELAS PUBLICAS DE LA SEGE Y SEER MALVERSAN LAS CUOTAS IMPUESTAS DE MANERA AMENAZANTE E INTIMIDATORIA. La Comprobación que deberá rendir el suscrito debe ser Mensual ya que el recurso Público que recibe también lo recibe MENSUAL de la SEGE a su cargo señor Secretario de Educ. de Gob. del Edo., por conducto de la Coord. Gral. De Recursos Financieros. Esto para ser un EJEMPLO a las Mesas Directivas de las escuelas de SEGE y SEER, ya que son un desastre la mayoría de las escuelas: POR EL MAL EJEMPLO DE LA OPACIDAD E INCUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO FEDERAL DE ASOCIACIONES DE PADRES DE FAMILIA, ES LA ESCUELA SECUNDARIA GENERAL DE NOMBRE “JUNA MIRANDA URESTI”, DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, S.L.P., EN DONDE EL PRESIDENTE DICE: 1. NO CONTAMOS CON NINGUN LIBRO DE INGRESOS Y EGRESOS, PERO ASI RECIBIERON LA MESA DIRECTIVA Y LA SOSIACION ESTATAL NO SABE NADA. ¿CUAL ES EL TRABAJO DE LA ASOSICACION ESTATA DE PADRES DE FAM.??? 2. NO CONTAMOS CON NIGUN LIBTO DE ACTAS DE ASAMBLEA, NI CON EL QUE SE INICIO LA ASAMBLEA DE LA TOMA DE POSESION DE ESTE PRESIDENTE. 3. NO SE CUENTA CON NINGUN ARCHIVO DE LAS MESAS ANTERIORES DE PADRES DE FAMILIA EN SINTESIS NO SABE NADA Y QUE HACE LA ASOC. ESTATAL???? ESTO POR DECIRLE ALGO A LA Mesa Directiva de la ASOC. ESTATAL P.F., que recibe un Recurso Público de la SEGE sin hacer NADA, para solucionar todas estas ANOMALÍAS, ANEXO COPIA DE LA RESPUESTA DEL PRESIDENTE DE LA ASOCIACION O MESA DIRECTIVA DE LA SECUNDARIA GRAL. DE LA SEGE Y COMO PRUEBA, SUSTENTO Y EVIDENCIA DE CÓMO SE ROBAN LAS CUOTAS IMPUESTAS Y OBLIGATORIAS A LOS PADRES DE FAMILIA, ESTO PORQUE SE CAMBIO AL DIRECTOR RATERO Y A LA MESA DIRECTIVA RATERA Y EL JEFE DEL DEPTO.DE SECUNDARIAS GENERALES NO SABE NADA, POR LOGICA QUE USTED TAMPOCO SABE NADA SEÑOR SECRETARIA DE EDUCACION. Solicito conocer, saber, Acceso, que Transparente y Rinda Cuentas, así como la reproducción FUNDAMENTADA en el primer punto de mí solicitud de Inf.Púb., respecto al SISTEMA DE EVALUACION PARA EL OTORGAMIENTO DE ESTIMULOS , que debió ELABORAR la Escuela Normal del Estado “BECENE”, según los “LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ESTIMULOS AL DESEMPEÑO DEL PERSONAL DOCENTE DE EDUC. MEDIA SUP.Y SUPERIOR”, EN SUS Normas, Reglas fracciones: 4,4.1 y 4.2., este SISTEMA DE EVALUACION peticionado DEBERA estar elaborado a partir de la EMISION de los citados LINEAMIENTOS en OCTUBRE 11-2002, SISTEMA DE EVALUACION que solo podrá APLICARSE una vez que sea APROBADO por la S.E.P. ,y VALIDADO, pero también REGISTRADO por la Unidad de Servicio Civil de la S.H. y C.P., bueno esto en caso de que el Director de la BECENE, Doctor en HUMANIDADES Y ARTES haya cumplido y la autoridad superior educativa haya supervisado tal CUMPLIMIENTO, AUTORIDAD SUPERIOR QUE DEBE SER EL S.E.E.R Y S.E.G.E. Solicito el ACCESO y en su caso la reproducción que resulte del Acceso a los expedientes de todas y cada una de las escuelas de Educación a los expedientes de todas y cada una de las escuelas de Educación BASICA de la Dirección del S.E.E.R. perteneciente a la SEGE a su cargo, expedientes que deben estar en los archivos de las escuelas de Educ. Básica y los expedientes que DEBEN estar en el ARCHIVO GENERAL del S.E.E.R., bueno en caso de que existan los expedientes antes peticionados en los ARCHIVOS DE LAS ESCUELAS Y EN EL GENERAL DEL S.E.E.R., expedientes donde debe encontrarse toda la información a partir de su inicio de labores y terminación de su construcción de cada una de las escuelas de Educ. Básica, ya que la Dirección del SEER debió haber tenido conocimiento de esto de manera documental porque ahí fue donde se tomaron las DECISIONES del NOMBRE OFICIAL a todas y cada una de las escuelas oficiales del S.E.E.R. DE LA Educ. BASICA.” (Sic) SEGUNDO. Respuesta del ente obligado. Mediante oficios CGRF/510/2015 signado por la Coordinadora General de Recursos Financieros de la Secretaria de Educación de Gobierno del Estado; 532/2014-2015 signado por el Director de Servicios Educativos, así como DG/516/2014-2015 por el Director de la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado, los cuales fueron notificados al ahora quejoso el 08 ocho de julio de 2015 dos mil quince, el ente obligado dio respuesta a su solicitud de información en los siguientes términos: Oficio CGRF/510/2015 (ver foja 25 veinticinco): El monto total que la Asociación Estatal de Padres de Familia ha recibido por parte de la Secretaria de educación. Me permito informarle que se han realizado aportaciones correspondientes a un total de $35, 999.00 (TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), los cuales le adjunto seis fojas simples detallando los importes correspondientes. Oficio 532/2014-2015 (ver fojas 18 a 20): Es preciso señalar que la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado no se encuentra en la relación de Instituciones beneficiadas o inscritas en el Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente de Educación Media Superior y Superior, por ser un Programa Federal que se fundamenta en los artículos 31, fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal 1°, 5° y 38 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 63, fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; por lo que he de decirle que el Programa de Estímulos al Desempeño Docente del personal homologado de la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado, es un Programa Estatal, el cual nace como resultado de la negociación salarial 2004 sección 52 del SNTE y el Gobierno del Estado de San Luis Potosí, donde el documento de carácter federal "LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA DE ÉSTIMULOS AL DESEMPEÑO DEL PERSONAL DOCENTE DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR, únicamente constituye un referente para normar el programa que a nivel local se instituyó con motivo de la negociación salarial. Ahora bien, mediante oficio DG/292/2014-2015, suscrito por el Dr. Francisco Hernández Ortiz, Director General de la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado, y recibido en la Dirección General de este Sistema Educativo, presento para análisis y autorización el documento aprobado en el seno del Consejo Académico denominado “reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño Docente del Personal Homologado de la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado de San Luis Potosí” y por ser este un proceso deliberativo, este Sistema actualmente se encuentra revisando el documento relativo al “reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño Docente del Personal Homologado de la Benemérita Escuela Normal del Estado de San Luis Potosí”, con la finalidad de determinar la aprobación y en su caso hacer las recomendaciones de aspectos específicos que habrán de analizarse por conducto del cuerpo colegiado de las comisiones electas por el Consejo Académico de la Institución que lo elaboro. Por lo que, atendiendo a lo peticionado se pone a su disposición el documento consistente en el oficio DG/292/2014-2015, y que obra en nuestros archivos en el estado en que se encuentran dentro del ámbito de competencia de esta Dirección a mi cargo con domicilio en calle Coronel Romero #660, Colonia Jardines del Estadio de esta Ciudad debiéndose dirigir con el Prof. Joel Martínez Olguín y/o Lic. Manuel Jaramillo Portales quienes son los servidores públicos que, asociados o indistintamente, lo atenderán en el acceso a la información, en días hábiles calendario escolar ciclo 2014-2015 en un horario de 9:00 a las 14:30 hrs. El solicitante designará de cual información desea la reproducción, y previa comprobación del pago realizado ante cualquier oficina recaudadora de la Secretaria de Finanzas de Gobierno del Estado de San Luis Potosí, para mayor comodidad se sugiere realizar el pago en él Departamento de Recursos Financieros de la Secretaria de Educación de Gobierno del Estado, ubicada en Manuel Gómez Azcarate número 150 Col. Himno nacional, 2° sección de esta Ciudad Capital, en el horario de 08:00 a 14:00 horas. Así mismo se le informa que el costo de reproducción por foja de la información solicitada es de acuerdo a lo establecido en la fracción IV del Artículo 92 de la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí y que a la letra dice: “Articulo 92.-…I.-…III.-…IV.- Copias fotostáticas simple de, códigos, decretos, leyes y demás documentos a los que pueda tener acceso el público 0.01 por foja.” Se realizará la reproducción correspondiente de acuerdo a las capacidades tecnológicas y humanas para su posterior entrega. “Solicito el ACCESO y en su caso la reproducción que resulte del Acceso a los expedientes de todas y cada una de las escuelas de Educación a los expedientes de todas y cada una de las escuelas de Educación BASICA de la Dirección del S.E.E.R. perteneciente a la SEGE a su cargo, expedientes que deben estar en los archivos de las escuelas de Educ. Básica y los expedientes que DEBEN estar en el ARCHIVO GENERAL del S.E.E.R., bueno en caso de que existan los expedientes antes peticionados en los ARCHIVOS DE LAS ESCUELAS Y EN EL GENERAL DEL S.E.E.R., expedientes donde debe encontrarse toda la información a partir de su inicio de labores y terminación de su construcción de cada una de las escuelas de Educ. Básica, ya que la Dirección del SEER debió haber tenido conocimiento de esto de manera documental porque ahí fue donde se tomaron las DECISIONES del NOMBRE OFICIAL a todas y cada una de las escuelas oficiales del S.E.E.R. DE LA Educ. BASICA.”
En virtud de que está por concluir el ciclo escolar 2014-2015 con los procesos administrativos que ello implica y con el proceso de investigación de las escuelas que invoca en el Sistema de educación básica le comunico la ampliación o duplicidad del término establecido lo anterior con fundamento en el artículo 73 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública del Estado de San Luis Potosí. (…) ” (Sic)
Oficio DG/516/2014-2015 (ver fojas 21 a 24): “(…) En cuanto a lo solicitado en la hoja marcada con el número dos, en el párrafo penúltimo que a la letra dice: “Solicito conocer, saber, Acceso, que Transparente y Rinda Cuentas, así como la reproducción FUNDAMENTADA en el primer punto de mí solicitud de Inf.Púb., respecto al SISTEMA DE EVALUACION PARA EL OTORGAMIENTO DE ESTIMULOS , que debió ELABORAR la Escuela Normal del Estado “BECENE”, según los “LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN DEL PROGREAMA DE ESTIMULOS AL DESEMPEÑO DEL PERSONAL DOCENTE DE EDUC. MEDIA SUP.Y SUPERIOR”, EN SUS Normas, Reglas fracciones: 4,4.1 y 4.2., este SUSTEMA DE EVALUACION peticionado DEBERA estar elaborado a partir de la EMISION de los citados LINEAMIENTOS en OCTUBRE 11-2002, SISTEMA DE EVALUACION que solo podrá APLICARSE una vez que sea APROBADO por la S.E.P. ,y VALIDADO, pero también REGISTRADO por la Unidad de Servicio Civil de la S.H. y C.P., bueno esto en caso de que el Director de la BECENE, Doctor en HUMANIDADES Y ARTES haya cumplido y la autoridad superior educativa haya supervisado tal CUMPLIMIENTO, AUTORIDAD SUPERIOR QUE DEBE SER EL S.E.E.R Y S.E.G.E…” es de informarle lo siguiente: Que si bien es cierto existe un Procedimiento Operativo para la Evaluación al Desempeño Docente el cual esta codificado en la siguiente manera: • BECENE-DIE-CED-PO-01
Una vez mencionado lo anterior es de informarle de nueva cuenta que dicho procedimiento operativo está avalado por el Sistema de Gestión de Calidad que emana del ISO: 9001: 2008. Por lo antes manifestado es que se pone a su disposición para su consulta el Procedimiento Operativo para la Evaluación al Desempeño Docente, así como sus anexos. En este orden de ideas, se le informa en este momento que tradicionalmente e históricamente el Procedimiento Operativo para la Evaluación al Desempeño Docente y/o el Programa de Estímulos al Desempeño Docente del Personal Homologado de la Benemérita u Centenaria Escuela Normal del Estado, usa como modelo los Lineamientos Generales para la Operación del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente de Educación Media Superior y Superior, esto en razón de que al día de hoy no existe Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño Docen


Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad

Fecha de validación11/11/2017

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la informaciónSECRETARÍA DE PLENO

Fecha de actualización11/10/2017


Carátula de captura

Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad79D1A125F09CF12F862581B6006E82B7Creado el 10/11/2017 02:37:48 PM
Carátula de registroF9C3110EE5411F59862581B6006EA2D3Autorcegaip slp
RegistroE7AF3744EB982A06862581B600715346Tipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Cordillera del Himalaya #605, Lomas 4a. Sección C.P. 78216
San Luis Potosí, S.L.P. México
Teléfonos: (444) 825-1020 / 825-6468
Lada sin costo: 01 800 223 4247
Correo Electrónico:
dirsistemas@cegaipslp.org.mx