Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocegaip slp
Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí

Periodo
12 Diciembre2015

ObligaciónLas recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención, hasta su total cumplimiento.

Obligación específica.
Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.

A ) Artículo84

B ) FracciónXLIII

C ) Inciso


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San Luis Potosí, San Luis Potosí, 10 diez de diciembre de 2015 dos mil quince. V I S T O para resolver los autos que conforman el expediente 4551/2015-3 del índice de esta Comisión, relativo al recurso de queja, interpuesto por Eliminado 1 contra actos del GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ por conducto de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN a través de su TITULAR, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA, del y el COORDINADOR GENERAL DE PARTICIPACIÓN SOCIAL, así como del SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR por conducto de su DIRECTORA GENERAL, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA, de su DIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS y de la BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO a través de su DIRECTOR GENERAL, y
R E S U L T A N D O S
PRIMERO. Solicitud de información. El 18 dieciocho de septiembre de 2015 dos mil quince, Eliminado 1 presentó una solicitud de acceso a la información ante la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN de GOBIERNO DEL ESTADO, mediante escrito libre que obra a fojas 05 cinco a 09 nueve, en la cual pidió: “Solicito saber, conocer Acceso a la Información, Transparencia y Rendición de cuentas, con la reproducción correspondiente en el caso que sea requerida por el suscrito, de lo que a continuación enumero: 1. La Autorización y la Orden que usted como secretario de Educ. de Gob. del Edo. S.L.P. expidió para que tanto directores-as y Mesas Directivas de las Asociaciones de padres de Familia de las escuelas de Educación BASICA Públicas a su cargo, incluyendo a las escuelas Oficiales de la Dirección del S.E.E.R., que siempre quiere hacer lo que se le PEGA LA GANA, creyéndose independiente, autónoma y sin control, cuando según el Reglamento Interior de la SEGE, pertenece a la Secretaria a su cargo, actuaran y llevaran a cabo ACCIONES de manera RECAUDATORIA COBRARAN a todos los Padres y Madres de Familia que Inscribieron a sus hijos-as en las escuelas mencionadas la CANTIDAD DE $50.00 (CINCUENTA PESOS), para poder PAGAR EL FLETE DE LOS “LIBROS DE TEXTO GRATUITO” que se enviaron a las citadas escuelas de Educ. BASICA de SEGE Y SEER. 2. En la Autorización y la Orden deberá estar asentado que quien NO PAGARA EL FLETE por la cantidad IMPUESTA sus HIJOS-AS NO RECIBIERIAN los LIBROS DE TEXTO GRATUITO. 3. Se ANEXA Copia Simple del Recibo Firmado y Sellado por la Tesorería de la Mesa Directiva de la Asociación de P.F. de la Escuela Prim.C.CT.24DPR-2496T, de la Zona Escolar No. 152, Sector 23, Prof. “Antelmo Juárez Barrón”, Recibo que es un BUEN O por $50.00 de fecha 24-08-2015, a nombre del Padre de Familia: Ángel Sánchez Soto, con el CONCEPTO: FLETE DE LIBROS y la Firma de la Tesorería Roció Campos, con un FOLIO:001. Por este mismo conducto solicito la Fundamentación, Motivación y el Argumento LEGAL, para que supuestamente CUBRAN las necesidades de la escuela PUBLICA Y OFICIAL como es el Mantenimiento, conservación y Acondicionamiento, pero que en la MAYORIA de las escuelas los Directores-as y las Mesas Directivas de las Asociaciones se ROBAN Y MALVERSAN las Cuotas, Impuestas a los Padres de Familia, SIN permitir el Acceso a la Información, Transparentar y Rendir Cuentas del Manejo, Aplicación y Destino Final a los Padres y Madres que PAGAN algo que DEBE HACER EL GOBIERNO FEDERAL O ESTTAL, Según la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de los Estados , la del Estado de S.L.P., dice: ARTICULO 14 Fracción 13 del Reglamento Int. De la Oficialía Mayor del Edo. Dice; “ADMINISTRAR LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES PROPIEDAD DE GOBIERNO DEL ESTADO, CUIDANDO SU MANTENIMIENTO, CONSERVACION Y ACONDICIONAMIENTO……… Con lo antes fundamentado está MUY CLARO que quien debe pagar todo lo de las escuelas públicas u oficiales de la SEGE Y SEER es el GOBIERNO FEDERAL O ESTATAL y NO los Padres y Madres de Familia, porque la Constitución Federal o Estatal y NO los Padres y Madres de Familia, porque la Constitución Federal en su numeral 3/o. TERCERO dice la EDUCACION ES: OBLIGATORIA, LAICA Y GRATUITA, luego entonces los ciudadanos-as o Padres o Madres de Familia con hijos-as en las escuelas públicas NO TIENEN OBLIGACION DE PAGAR NADA EN LAS ESCUELAS Y MENOS PARA QUE LOS MALVERSEN Y SE LOS ROBEN, porque es una OBLIGACION Y ATRIBUCION del ESTADO MEXICANO el mantenimiento , conservación y acondicionamiento de las escuelas públicas, porque son “INMUEBLES DEL ESTADO”, aunque en la Mayoría de los casos NO CUENTEN co las Acreditaciones de la Propiedad. Lo anterior, fue tomado de la RESPUESTA de la Directora de Servicios Administrativos de la Dirección del S.E.E.R., Ing. Angélica María Martínez Márquez, en su oficio No. DSA-1284-2015, diciendo que el Agua Potable, Energía Eléctrica y más servicios los PAGA la Oficialía Mayor del Estado y el S.E.E.R., NO TIENE OBLIGACION DE PAGARLOS, Mi pregunta y solicitud de Información ¿PORQUE EN LAS ESCUELAS DE LAS COMUNIDADES RURALES (De segunda), LOS PADRES DE FAMILIA TIENEN QUE PAGAR:a). El Agua, Energía Eléctrica, Mantenimiento. Conservación, Acondicionamiento, Construcción y CUBRIR todas las necesidades de las escuelas públicas?????????, será: las Leyes solo son para los MEXICANOS MAS POBRES??????? Y para los que están GANANDO MAS Y ROBANDO MAS todo lo paga el gobierno del estado????????. ¡UN ABUSO! ANEXO UNA COPIA DEL OFICIO NO.002-2015-2016 DE 26-AGOSTO-2015, dirigido a la Unidad de Asuntos Jurídicos y Depto. de Prev y Atn, al “EDUCANDO”, en el cual se ACUSA a un Padre de Familia por NO pagar las CUOTAS que NO deben pagar las y menos de manera OBLIGATORIA Y AMENAZANTE , con represalias a los menores de edad (ALUMNOS-AS), TODO ABUSO. PERMITIDO POR LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS Y GUBERNAMENTALES, DEBIDO A LA FALTA DE CONTROL Y MÁS. Solicito, según el primer párrafo de mi petición, la COMPROBACION de todos los gastos realizados por la BECENE, escuela que supuestamente pertenece a la Dirección del S.E.E.R., pero que la Actual Directora Profa, Griselda Álvarez Oliveros, NO HA PODIDO CONTROLAR NI PONER ORDEN, claro con su mal EJEMPLO porque ella NO cumplió con Exsecretario de Educ. de Gob. del Edo. Próximo Gobernador del Edo. S.L.P., me refiero a lo que proporcionó la Dirección de la BECENE, para los servicios de café que le solicitaron las diferentes Licenciaturas de la BECENE por medio de sus Coordinaciones, durante los Meses de Agosto de 2014 a Enero del 2015, según las requisiciones presentadas para diversos números de personas atendidas a los eventos de las Coordinaciones de las Licenciaturas de la BECENE, esto como resultado de la Consulta y Acceso de lo puesto a disposición de la Solicitud No. 317-203-2015 y queja 281-2015-3. Solicito de la misma Escuela Normal del Estado “BECENE”, lo siguiente: A. Respecto al Acta de Inexistencia de fecha 08-sept-2015, formulada por la FABRICA DE ACTAS DE INEXISTENCIA (la Dirección del SEER y Comité) en la que DECLARAN LA Inexistencia de los Horarios Individuales del 8/0 Semestre de la Licenciatura de Español del ciclo escolar 2006-2007, ARGUMENTANDO que los Horarios fueron DAÑADOS CON UN VIRUS y aunado a este ¡VIRUSMALIGNO! Dice que como es INFORMACION DE CERCA DE OCHO (8) AÑOS de antigüedad CARECE DE ELLA. B. Por lo que SOLICITO información sobre que otra o más información fue DAÑADA POR EL VIRTUS que supuestamente afecto a los Horarios INEXISTENTES del Acta Referida. C. SOLICITO información sobre la existencia de lso RESPALDOS escritos de la supuesta información electrónica DAÑADA POR EL VIRUS. D. SOLICITO información sobre la existencia de algún programa ANTIVIRUS para la protección que debe existir a toda la información ELECTRONICA de la BECENE, porque entonces los VIRUS serán otras formas de esconder y ocultar la información y continuar la OPACIDAD en la BECENE SEER Y SEGE, donde se resisten a la Transparencia, pero esto debido a la protección y solapamiento de la CEGAIP, Organismo que por AÑOS ha venido EXTORCIONANDO a la Sria. De Educ. de Gob. del Edo. Y a la dirección del S.E.E.R.., solicitándole apoyo material, personal (niños-as de las escuelas públicas) y Recursos Financieros para sus eventos de RELUMBRON de la CEGAIP, argumentando esta Comisión que carece de presupuesto y a cambio de proporcionar todo lo necesario para sus eventos le permite que las Resoluciones dictadas en su contra las CUMPLA en AÑOS sin aplicar Sanción o Amonestación a la SEGE y SEER-BECENE, pero también la SEGE, SEER-BECENE, realizan SOBORNOS con la CEGAIP, al aceptando todo el personal que desecha la CEGAIP y es contratado por la SEGE como es el caso de cinco (5) servidoras públicas de la Unidad de Inf. Púb. Y el ExDirector del S.E.D.A. que Hoy se encuentra en la oficina o Coordinación del Archivo de la SEGE, por lo que EXISTE CONFLICTO DE INTERES entre la SEGE-SEER-BECENE Y CEGAIP (Dependencias educativas Entes Obligados y Organismo Público, Autónomo, Colegiado, Garante que debe hacer cumplir la Constitución Federal y Leyes que emanan de ella. E. SOLICITO copia simple o Certificada según sea el caso del Acceso a las Actas Administrativas que se levantaron con motivo del daño ocasionado por el VIRUS a la documentación electrónica de los Horarios individuales INEXISTENTES. F. SOLICITO copia de las actas de la PERDIDA, EXTRAVIO, DESTRUCCION o lo que haya resultado para eliminar, No tener archivadas las documentales escritas que respalden los Horarios Individuales que dicen fueron DAÑADOS por Virus y que por ser INFORMACION de cerca de OCHO(8) AÑOS anteriores al presente se CARECE de ellos y por eso también se han declarado INEXISTENTES. G. SOLICITO el fundamento, motivo y Argumento para no contar la BECENE con sus archivos: Históricos, de Concentración y de Tramite como sob los archivos de escasos OCHO (8) AÑOS de antigüedad y que dice el Director de la BECENE que a la fecha ya NO CUENTA con archivos, porque ya pasaron muchos AÑOS que son OCHO (8). Con los argumentos, disculpas y pretextos para ocultar y esconder la información en la escuela Normal del estado el suscrito denuncia y expone la siguiente pregunta ¿PARA QUE SIRVE EL TAN PRESUMIDO Y CACAREADO CENTRO DE INFORMACION CIENTFICIA Y TECNOLOGICA “CICyT”? en donde laboran excelentes Ingenieros en computación científica y tecnológica, pero también el Director de este CENTRO es un doctor muy protegido por el Prof. Francisco Hernández Ortiz, Director de la BECENE, porque supuestamente es eficiente y conocer de todo, pero HOY FALLO porque permitido la entrada de un VIRUS Y DAÑO INFORMACION, sin haberse tenido ninguna MEDIDA DE PRECAUCION COMO UN PROGRAMA antivirus. En el mencionado CICyT, laboran servidores públicos que deben contar con los conocimientos suficientes para evitar cualquier VIRUS y deben saber y conocer que toda información ELECTRONICA DEBE TENER UN RESPALDO Y NO SALIT CON LA BATEA DE BABAS Y DECIR NO EXISTE NADA Y TODO POR UN VIRUS. SEGUNDO. Respuesta del ente obligado. Mediante oficios 172/2015-2016, emitido por el Director General de la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado y notificado el 30 treinta de septiembre de 2015 dos mil quince; DEP-STC/480/15, emitido por el Departamento de Educación Primaria el cual se notificó el 02 dos de octubre de 2015 dos mil quince; así como mediante acuerdo de ampliación signado por Guillermo Estrada López Titular de la Unidad de Información Pública de la Secretaria de Educación Pública mismo que se notifico el 02 de octubre de la presente anualidad. Mediante los referidos oficios se hizo del conocimiento del hoy quejoso la ampliación del término a que alude el artículo 73 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. Mediante el oficio CGSP-174/2015, signado por el Coordinador General de Participación Social de la Secretaría de Educación se dio respuesta al solicitante, misma que fue notificada el 02 dos de octubre de 2015 dos mil quince, en la que respondió: “Con respecto al escrito mediante el que solicita a esta Coordinación de Participación Social la fundamentación, motivación y el argumento legal, para que las Asociaciones de Padres de Familia de las Escuelas de Educación Básica, tengan la autorización y orden de cobras cuotas impuestas. Para que supuestamente cubran las necesidades de la Escuela Pública u Oficial como el mantenimiento, conservación y acondicionamiento. Con respecto a lo anterior me permito informarle que las aportaciones voluntarias se fundamentan en el Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia, vigente en el país, mismo que señala en los siguientes Artículos: Artículo 4° El objeto de las asociaciones de padres de familia será: I. Colaborar en el mejoramiento de la comunidad escolar y proponer a las autoridades las medidas que estimen conducentes; II. Participar en la aplicación de las cooperaciones en numerario, bienes y servicios que las asociaciones hagan al establecimiento escolar. Artículo 6°. Para el cumplimiento de su objeto, las asociaciones de padres de familia tendrán las siguientes atribuciones: I. proponer y promover en coordinación con los directores de las escuelas y en su caso con las autoridades escolares y educativas, las acciones y obras necesarias para el mejoramiento de los establecimientos escolares y de su funcionamiento; II. Reunir fondos con aportaciones voluntarias de sus miembros para los fines propios de las asociaciones. El Responsable Único de la Distribución de Libros de Texto Gratuito dio respuesta, mediante oficio SEGE/DEB/DEP-966/2015, en los siguientes términos: “En ningún momento se autorizó ni se dio la orden a los directores-as de las escuelas primarias adscritas a esta Secretaria de Educación de Gobierno del Estado para que llevaran a cabo acciones de manera recaudatoria y así pudiesen cobrar la cantidad de Cincuenta pesos, con motivo de pagar el flete de los libros de texto gratuito. Es de mi interés informarle que el Programa de Distribución de Libros de Texto Gratuitos en San Luis Potosí, lleva a cabo el proceso de recepción de libros en el almacén general y en los almacenes de cada Unidad Regional de Servicios Educativos del Estado, para posteriormente distribuirlos de la siguiente manera: En los niveles de Educación inicial, preescolar, primaria, telesecundaria y el SEER los libros se los entregan en almacenes temporales que designan los supervisores Generales de Sector y los Supervisores de Zona según el nivel, que por lo regular son escuelas, a donde se trasladan dichos materiales sin que esto ocasione gasto alguno para padres de familia ya que el programa cuenta con el recurso para tal fin. Al mismo tiempo se giran oficios de solicitud de apoyo a las 58 presidencias municipales para que brinden el apoyo de a las Direcciones de Escuela y/o Asociaciones de Padres de Familia que así lo soliciten, con la finalidad que ni los C.T.´s, ni las Asociaciones emitan ningún tipo de pago por el traslado del almacén temporal a sus escuelas, cabe señalar que la petición tiene que hacer de manera individual ya sea el Director o el Presidente o de manera conjunta. En lo que ha secundaria se refiere las escuelas asisten por sus materiales al almacén destinado para tal fin siendo los Directores quienes se coordinan con el Responsable de Distribución de ese nivel educativo. Lo anterior es con la finalidad de que los niños no tengan ningún problema para contar con sus libros el primer día de clases. Mediante el oficio DG-212/2015-2015-2016, suscrito por el Directo


Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad

Fecha de validación11/12/2017

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la informaciónSECRETARIA DE PLENO

Fecha de actualización12/10/2017


Carátula de captura

Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad96DD42B29C3FF6FC862581B7005E3EB6Creado el 10/12/2017 12:03:13 PM
Carátula de registroB2E1E10358C469BF862581B7005E4759Autorcegaip slp
RegistroC45FE23FE326A311862581B700632C16Tipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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