Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí n

Sujeto Obligadocegaip slp
Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí

Periodo
05 Mayo2015

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

A ) Artículo84

B ) FracciónV

C ) Inciso


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CONTRALOR.docx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip.nsf/nombre_de_la_vista/DEABED217B49ABBD8625811D0050F8FD/$File/CONTRALOR.docx




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ARTÍCULO 39. Para ser titular del órgano interno de control se deberán cubrir los siguientes requisitos: I. Ser ciudadano mexicano y preferentemente potosino en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos; II. Tener por lo menos treinta años cumplidos el día de la designación; III. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que haya ameritado pena privativa de libertad de más de un año; pero, si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena; IV. No haber sido gobernador del Estado, titular de alguna de las dependencias y entidades que conforman la administración pública del Estado, Fiscal o Procurador General de Justicia del Estado, senador, diputado federal o local, presidente municipal, o dirigente de un partido político o asociación religiosa, durante el año previo al día de su elección; V. Contar al momento de su designación con una experiencia de al menos cinco años en el control, manejo o fiscalización de recursos; VI. Contar al día de su designación, con antigüedad mínima de cinco años, con título profesional relacionado con las actividades de fiscalización, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello; VII. No pertenecer o haber pertenecido en los cuatro años anteriores a su designación, a despachos que hubieren prestado sus servicios a la CEGAIP o haber fungido como consultor o auditor externo de la CEGAIP en lo individual durante ese periodo, y
VIII. No estar inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público. ARTÍCULO 40. La persona titular de la Contraloría Interna será designada, previa convocatoria pública, por el Congreso del Estado, con el voto de la mayoría de sus miembros presentes. Durará en su encargo cuatro años, y no podrá ser reelecta; así mismo, no podrá ser removida sino por los casos y causas que establezcan las leyes de la materia. ARTÍCULO 41. En la designación la persona titular de la Contraloría Interna, el Congreso del Estado se sujetará a lo siguiente: I. Nombrará una comisión especial de cinco legisladores, encargada de sustanciar el procedimiento en los términos del presente artículo; II. La comisión especial emitirá una convocatoria pública, en la que se establecerán las bases a que se sujetará la elección la persona titular de la Contraloría Interna, y los requisitos que deberán cubrir las personas que aspiren a ejercer ese encargo misma que deberá ser publicada en el Periódico Oficial del Estado, y cuando menos en uno de los diarios locales de mayor circulación en la Entidad; III. La comisión integrará una lista no menor de tres aspirantes, que presentará a la consideración del Pleno del Congreso del Estado; IV. El Pleno del Congreso por mayoría de sus miembros presentes, de la lista presentada por la comisión especial, elegirá en votación por cédula, a quien deberá fungir como persona titular de la Contraloría Interna de la Comisión, y
V. Efectuada la elección, se citará a la persona electa para que rinda la protesta de ley, ante el Pleno del Congreso.


Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad

Fecha de validación06/01/2015

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la informaciónDirección de Administración y Finanzas

Fecha de actualización11/05/2017


Carátula de captura

Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad1FF3B0436CA4D2458625811D004AFB73Creado el 05/11/2017 08:44:26 AM
Carátula de registroA67F49C158AAE2068625811D004B114BAutorcegaip
RegistroDEABED217B49ABBD8625811D0050F8FDTipo de documento3 Hipervínculo




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