Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí n

Sujeto Obligadoconsejeriaj slp
Consejería Jurídica

Periodo
04 Abril2017

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros

A ) Artículo84

B ) FracciónII

C ) Inciso


Hipervínculo

Para Consultar el documento
Acceso directo:
Ley_de_Archivos.pdf

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip.nsf/nombre_de_la_vista/C86E2B16625466A4862581160082CC22/$File/Ley_de_Archivos.pdf




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INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS
UNIDAD DE INFORMATICA LEGISLATIVA
H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS
Descargala en: www.congresosanluis.gob.mx 1
LEY DE ARCHIVOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
TEXTO ORIGINAL
Ley publicada en el Periódico Oficial, El Sábado 20 de Octubre de 2012. FERNANDO TORANZO FERNANDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de
San Luis Potosí, a sus habitantes sabed: Que la Quincuagésima Novena Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de San
Luis Potosí decreta lo siguiente: DECRETO 1157
LEY DE ARCHIVOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
EXPOSICION DE MOTIVOS
Los documentos se constituyen en el testimonio del trabajo realizado por las instituciones del Estado, al
dejar constancia de las acciones diarias; al mismo tiempo que dan sustento y formalidad a las actividades y
acuerdos que se llevan a cabo cotidianamente. Para que los acervos documentales se conserven correctamente, es necesario que sean depositados en
archivos. La Asociación Civil Apoyo al Desarrollo de Archivos y Bibliotecas de México, define a los archivos
como el “conjunto orgánico de documentos reunidos por personas, organismos jurídicos, públicos o privados
en el ejercicio de sus actividades al servicio de la gestión administrativa y de la utilización para la
información, investigación y la cultura”. Por otro lado, el Consejo Internacional de Archivos (ICA por sus
siglas en ingles) señala que “los archivos representan una riqueza sin precedentes. Son la documentación
del producto de la actividad humana y como tal, representan un testimonio irremplazable de
acontecimientos pasados. Garantizan el funcionamiento democrático de las sociedades, la identidad de los
individuos y de las comunidades así como la defensa de los derechos del hombre”. Por lo cual conservar el acervo documental no solo brinda testimonio de actividades cotidianas en las
instituciones, sino que implica establecer las bases para ejercer la transparencia, el acceso a la información
y la rendición de cuentas, oportunamente. En el año del 2003 entró en vigor en México la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental (LAI), con esta acción se dieron los primeros pasos hacia la consolidación de
gobiernos responsables que rinden cuentas a la ciudadanía, acto de suma importancia para cimentar la vida
democrática del país. El Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) realizó en
el año 2004 un diagnóstico posterior a la publicación de la LAI. En este estudio se señala que el acceso a la
información es un acierto en la formación del nuevo contexto político y social del país, promueve la
conformación del diálogo de la sociedad civil con los funcionarios públicos mediante la aplicación de la ley
por parte de la ciudadanía. Sin embargo, este estudio señala que la ley se concentró en el principio de
acceso a la información, postergando las condiciones necesarias para asegurar su adecuada
implementación y funcionamiento. El desconocimiento y la falta de recursos humanos capacitados en el
manejo de los archivos y la información dentro de las instituciones, representaron los primeros obstáculos
para el buen funcionamiento de la Ley de Acceso a la Información.


Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad

Fecha de validación06/04/2017

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la informaciónUnidad de Transparencia

Fecha de actualización04/05/2017


Carátula de captura

Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad767CBFA59CF4221686258116007E0ED9Creado el 05/04/2017 05:48:39 PM
Carátula de registroEF74B4AEE03E0FE586258116007E1B97Autorconseje
RegistroC86E2B16625466A4862581160082CC22Tipo de documento3 Hipervínculo




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de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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