Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí n

Sujeto Obligadocegaip slp
Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí

Periodo
02 Febrero2017

ObligaciónLa relación de observaciones y resoluciones emitidas y el seguimiento a cada una de ellas, incluyendo las respuestas entregadas por los sujetos obligados a los solicitantes en cumplimiento de las resoluciones.

Obligación específica.
La relación de resoluciones emitidas y el seguimiento a cada una de ellas, incluyendo las respuestas entregadas por los sujetos obligados a los solicitantes en cumplimiento de las resoluciones.

A ) Artículo88

B ) FracciónIII

C ) IncisoA2


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129-2016-3.pdf

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http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip.nsf/nombre_de_la_vista/C1245B15072A1C00862581ED00604161/$File/129-2016-3.pdf




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San Luis Potosí, S.L.P., a 01 uno de febrero del año 2016 dos mil dieciséis. Visto el estado de los presentes autos y una vez analizadas las constancias que se encuentran integradas en el presente expediente, así como de las manifestaciones y anexos remitidos a través del oficio de cuenta, esta Comisión como órgano de autoridad en el derecho de acceso a la información pública en el Estado, que tiene por objeto fundamental vigilar el cumplimiento a la presente Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como de las resoluciones dictadas por esta Comisión, con fundamento en los artículos 81 y 82 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, procede a analizar el cumplimiento a la resolución de fecha 04 cuatro de mayo de 2016 dos mil dieciséis, dictada en el presente asunto, con las constancias que obran en los presentes autos, así como con los oficios de cuenta. En la especie es dable determinar que se encuentra cumplida la resolución dictada en el presente asunto, toda vez que la misma se resolvió en los términos siguientes: “…Por lo expuesto en la presente resolución, con fundamento en el artículo 105 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se modifica la respuesta otorgada por el ente obligado para efectos de que: a) Realice una búsqueda exhaustiva para estar en aptitud de proporcionar toda la documentación generada al interior del ente obligado (hasta la fecha en que se presentó la solicitud), en la que se haga de conocimiento a las áreas internas los acuerdos o determinaciones propuestas en la aludida reunión y las medidas a adoptar por su parte, y a su vez la documentación que dichas áreas hayan generado por motivo de las instrucciones otorgadas por su superior jerárquico.-
b) Proporcione la agenda de actividades de la Directora General del Sistema Educativo Estatal Regular del periodo comprendido del 08 ocho al 12 doce de febrero de 2016 dos mil dieciséis. c) Se permita la consulta de la información otorgada por la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado en términos de lo dispuesto por el oficio UIP-0109/2016, en el entendido de que deberá estar presente cualquiera de los servidores públicos señalados en el oficio de referencia, y a su vez el personal designado en términos del oficio DG/289/2015-2016. Previo a que se ponga a disposición la información otorgada se deberá realizar el pago que determine la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado para efectos de realizar las versiones públicas correspondientes, en el entendido de que solamente será de aquéllas fojas que contengan datos personales…” En ese sentido, el ente obligado respecto al inciso a) transcrito con antelación, remitió a esta Comisión copia certificada del acta emitida por el Comité de Información Pública del Sistema Educativo Estatal Regular, de fecha 08 de julio de 2016, a través de la cual el referido Comité declaró formalmente la inexistencia, en los archivos de la Dirección General, Dirección de Planeación y Evaluación, Dirección de Servicios Administrativos, Dirección de Servicios Educativos y Dirección de Cultura y Deporte Escolar del S.E.E.R., de la documentación correspondiente a: “…documentación generada al interior del ente obligado, en la que se haga de conocimiento a las áreas internas los acuerdos o determinaciones propuestas en la aludida reunión y las medidas a adoptar por su parte, y a su vez la documentación que dichas áreas hayan generado por motivo de las instrucciones otorgadas por su superior jerárquico…” (ver fojas 122 a 128 de autos) Asimismo, el ente obligado remitió a esta Comisión las constancias de notificación a través de las cuales se demuestra la notificación al quejoso del acuerdo de inexistencia (ver foja 147 de autos) Por otra parte, en cuanto al inciso b) señalado en la resolución, el ente obligado a través del oficio DSA/UIP/636/2016 signado por el Titular de la Unidad de Transparencia del Sistema Educativo Estatal Regular, proporcionó el documento relativo a la agenda de actividades de la Directora General del SEER del periodo comprendido del 08 ocho al 12 doce de febrero de 2016 dos mil dieciséis (ver foja 148 de autos), oficio que fue notificado al quejoso, tal como se advierte de la constancia de notificación visible a fojas 145 de autos. Por último, en cuanto al inciso c) el ente obligado a través del oficio DG/623/2015-2016 signado por el Director General de la BECENE puso a disposición del quejoso la información relativa al concentrado de calificaciones correspondientes a los semestres par e impar del ciclo escolar 2014-2015 e impar del ciclo escolar 2015-2016, para lo cual le informo que la totalidad de documentos contienen datos personales, por lo que se le dieron los datos necesarios para el pago de la reproducción a efecto de elaborar la versión pública correspondiente (ver fojas 149 y 150 de autos), oficio que le fue notificado al quejoso tal como se advierte de la constancia de notificación visible a fojas 145 de autos. Documentales que de conformidad con los artículos 280 fracción II, 323 fracción II y 388 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de aplicación supletoria a la Ley de la materia según su artículo 4º hacen prueba plena. En virtud de lo anterior, esta Comisión a través de los acuerdos de fecha 01 y 12 de agosto y 22 de noviembre, todos del año 2016, dio vista a la parte quejosa con las constancias remitidas por el ente obligado, para el efecto de que realizara las manifestaciones que a sus intereses conviniera, sin que el quejoso hubiera realizado manifestación alguna al respecto, aún cuando fue debidamente notificado tal como se advierte de las constancias de notificación que obran visibles a fojas 136, 137 y 138; 154 y 155; 190 y 191, de autos, respectivamente. En ese sentido, es dable asentar que no existe constancia alguna agregada a los autos que contravenga las documentales remitidas por el ente obligado para acreditar el debido cumplimiento de la resolución. Como se ve de lo anterior se advierte que la resolución dictada en el presente asunto, se encuentra debidamente cumplida, toda vez que el ente realizó las instrucciones asentadas en la resolución dictada en este recurso de queja. En consecuencia, con fundamento en los artículos 81 y 82 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, aplicable en el presente asunto, se tiene por cumplida la resolución de fecha 04 cuatro de mayo de 2016 dos mil dieciséis, dictada en el presente recurso de queja 129/2016-3 INFOMEX. Archívese en su oportunidad este expediente como asunto totalmente concluido. Notifíquese por lista y personalmente a las partes. Así lo proveyó y firma el Comisionado Presidente de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública Alejandro Lafuente Torres, que actúa con Rosa María Motilla García, Secretaria de Pleno que autoriza y da fe. Alejandro Lafuente Torres Rosa María Motilla García. Comisionado Presidente Secretaria de Pleno


Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad

Fecha de validación01/05/2018

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la informaciónSECRETARÍA DE PLENO

Fecha de actualización05/12/2017


Carátula de captura

Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadAB61755300744541862581ED006025B6Creado el 12/05/2017 11:31:21 AM
Carátula de registro785E41E68DD2F787862581ED0060298CAutorcegaip slp
RegistroC1245B15072A1C00862581ED00604161Tipo de documento3 Hipervínculo




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