Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí n

Sujeto Obligadocegaip slp
Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí

Periodo
05 Mayo2016

ObligaciónLas recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención, hasta su total cumplimiento.

Obligación específica.
Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.

A ) Artículo84

B ) FracciónXLIII

C ) Inciso


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129-2016 Secretaqría de Educación de Gobierno del Estado.docx

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http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip.nsf/nombre_de_la_vista/AC5D041C0B70B2498625815A006D5F32/$File/129-2016+Secretaqría+de+Educación+de+Gobierno+del+Estado.docx




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San Luis Potosí, San Luis Potosí, 04 cuatro de mayo de 2016 dos mil dieciséis. V I S T O para resolver los autos que conforman el expediente 129/2016-3 del índice de esta comisión, relativo al recurso de queja, interpuesto por XXXXX contra actos del GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ por conducto de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN a través de su TITULAR, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA, y del COORDINADOR GENERAL DE VINCULACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL, así como del SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR por conducto de su DIRECTORA GENERAL, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA, y de la BENEMÉRITA CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO por conducto de su DIRECTOR GENERAL, y
R E S U L T A N D O
PRIMERO. Solicitud de información. El 23 veintitrés de febrero de 2016 dos mil dieciséis, XXXXX presentó una solicitud de acceso a la información ante la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO, mediante escrito libre que obra a fojas 4 cuatro a 6 seis del presente sumario, en la cual pidió: “Solicito saber, conocer, Acceso a la Información, Transparencia, Rendición de Cuentas, al igual que la reproducción que resulte, una vez que se tenga acceso y pueda ser CONSULTADA por el suscrito: Del Acuerdo, Decisión, Acciones, Medidas, Resultados y todo lo que deba ser Informado, Transparentado y Rendir Cuentas a la ciudadanía potosina, respecto a la REUNION que se llevo a cabo en las Oficinas del Secretario de Educación de Gob. del Edo.SLP. ,Ing. Joel Ramírez Díaz, estando presentes la Comisionada Presidenta de la CEGAIP: Yolanda Esperanza Camacho Zapata y la Directora General del Sistema Educativo Estatal Regular “S.E.E.R.”, Griselda Alvarez Oliveros, de esta Ultima Directora es de quien solicito su contestación documentada de su COMPROMISO para cumplir con la Constitución Federal numeral 6/o. y las Leyes de Transparencia ya que resulto de SUMA IMPORTANCIA la citada REUNION del día 08-FEBRERO-2016. Lo antes peticionado es debido a que en la página electrónica de la Dirección del S.E.E.R. ,No se encuentra publicada la AGENDA de la Directora en cuestión de la SEMANA del 08 al 12-Febrero-2016, esto según los numerales 18 y 19 de la Ley de la Materia, ya que esto es un INCUMPLIMIENTO y resulta CONTRADICTORIO a lo que se acordó en la REUNION citada. Pero si la REUNION resultó NO ser para tratar asuntos relacionados para COMBATIR LA CORRUPCION, OPACIDAD, SIMULACION, IMPUNIDAD, FRAUDES CON RECURSOS PUBLICOS DEL GOBIERNO ESTATA PARA UN SUPUESTO ESTIMULO AL DESEMPEÑO (estar Frente al Grupo de Alumnos de la BECENE), entonces solicito me lo haga saber, para informar al Dr. Juan Manuel Carreras López, Gobernador del Estado, quien prometió FOMENTAR la Transparencia y la Rendición de Cuentas durante su Administración. Solicito la COMPROBACION COMPLETA de los servicios de CAFÉ que solicitaron las diferentes titulares de las Licenciaturas de la escuela Normal del Edo. “BECENE”, por conducto de sus Coordinaciones durante los Meses de Agosto del 2014 a Enero del 2015, según Requisiciones presentadas para atender a diversas cantidades de personas a los Eventos de las Licenciaturas de la BECENE. Lo anterior, es debido a que el Director de la BECENE, en su oficio No.DG212-2015-2016, de 13-oct-2015, SOLO PRESENTO Facturas y las requisiciones para la cómpra de los INSUMOS para los Servicios de CAFÉ, pero JAMAS INFORMO DE DONDE PROCEDIA EL RECURSO PUBLICO CON EL PAGO DE LAS FACUTAS, MENOS COMPROBO EL PAGO QUE REALIZO A LOS PROVEEDORES QUE EXPIDIERON LAS FACTURAS QUE PRESENTO Y MAS GRAVE FUE QUE NO PUBLICO DE OFICIO LOS RECURSOS PUBLICOS QUE UTILIZO PARA EL PAGO DE LAS FACUTRAS O COMPROBANTES FISCALES, pero como para la CEGAIP, sus Comisionados, Proyectistas y más la PALABRA COMPROBACION NO IMPLICA el proceder del Recurso Público con el que se PAGO las Facturas de los INSUMOS para los servicios de CAFÉ, menos aún sí se cumplió con la Ley de la materia y se PUBLICO DE OFICIO el Recurso Público en la página de la BECENE O SEER, ya que en su resolución dictada de la QUEJA 4551-2015-3, dio por buena la respuesta del sujeto obligado en la que solo presenta COMO COMPROBACIÓN las facturas de los INSUMOS y Requisiciones Y NO LOS RECURSOS PUBLICOS con los que se PAGARON dichos INSUMOS, MENOS LAS Pólizas o mas documentos que COMPRUEBEN el PAGO de las Facturas presentadas, ya que la PALABRA comprobación es solo para que se presenten facturas y NO el Recurso público utilizado, MI PREGUNTA OBLIGATORIA: ¿DONDE SE CAPACITARTON LOS ABOGADOS PROYECTISTAS QUE CONSIDERAN QUE LA PALABRA COMPROBACIÓN ES LIMITADA A SOLO PRESENTAR FACTURAS Y COMPRBOANTES FISCALES, PERO NO COMO PAGARON Y MENOS LA PROCEDENCIA DEL RECURSO PUBLICO UTILIZADO O APLICADO EN LOS SERVICIOS DE CAFÉ?????????????. Deben tomar unas nociones sobre contabilidad…. Por lo antes escrito, HOY solicito todo el documento que IMPLIQUE LA COMPROBACION COMPETA Y DETALLADA de donde PROCEDE el Recurso Público con el que se PAGO Facturas o comprobante fiscal, a que cuenta bancaria INGRESO dicho Recurso Público para el pago del servicio de CAFÉ, como se realizó el EGRESO de la cuenta bancaria en donde se encuentra el Recurso Público UTILIZADO PARA EL pago, su Póliza del Cheque expedido al Proveedor que expide la Factura o comprobante fiscal, la Relación de cheques en donde se encuentre PÚBLICADA DE OFICIO CANTIDADES PAGADAS Y CHEQUES EXPEDIDOS. Pero sí es necesario puedo capacitar sobre Contabilidad, Fiscalización, Inspección de doctos.contables, Recurso Públicos con sus INGRESOS y EGRESOS pero también sobre la PALABRA COMPROBACIÓN: Acción de Comprobar. (Probar o Demostrar) . PRUEBA: Presentar todos los COMPROBANTES de sus Operaciones. Solicito el Concentrado Final de las Calificaciones que se entregaron a la Direcc. De Sers.admtvos. y Depto. De Control Escolar de la BECENE, de los semestres Par e Impar de los ciclos escolares 2014-2015 y 2015-2016, calificaciones de los alumnos de la Licenciatura de Educación Física, mismas que se deben entregar por los docentes y deben estar firmadas por los Jefes de Grupo antes de entregarse al DEpto. De Servs Escolares de la BECENE Y QUE SEGÚN LA CELUDA DE EVALUACIÓN de encuentra en el Indicador No.1, CALIDAD EN LA DOCENCIA:1.10: Entrega de Calificaciones, con un Valor Anual de 10 Puntos pero como las Evaluaciones de la Cédula son MUY cuestionados porque NO son Comprobables sus Constancias y Evaluaciones, entonces checare esta Licenciatura de Educ.Física, ya que la Licenciatura de INGLES RESULTO UN DESASTRE. SEGUNDO. Respuesta del ente obligado. De las constancias que integran el presente expediente se advierte que el ente obligado contestó al solicitante mediante los siguientes oficios de respuesta: Oficio DSA/UIP-220/2016 signado por el Titular de la Unidad de Información Pública del Sistema Educativo Estatal Regular, el cual fue notificado por estrados el 04 cuatro de marzo de 2016 dos mil dieciséis, en el cual manifestó: Al respecto se le informa que en los archivos de la Dirección del S.E.E.R., resulta inexistente documentación alguna en los términos en que lo solicita, y de igual forma se le dice que no existe obligación alguna de generar el documento tal y como lo peticiona. Si bien es cierto el artículo 6° de nuestra Carta Magna, en su fracción I del apartado A, se señala, entre otras disposiciones; los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones.” Sin embargo, la ley secundaria no establece la profundidad o extenso que debe ser esa “documentación” entendiéndose entonces. Que bastara con documentar en la “Agenda del Titular” fecha y hora de la reunión para cumplir con el citado precepto constitucional. En ese sentido, atendiendo lo solicitado, se anexa copia simple de la agenda de la C. Profa. Griselda Álvarez Oliveros, Directora General del SEER, relativa al día 08 ocho de febrero de 2016, en donde puede constatar el registro de la reunión a que alude su solicitud de información. En el mismo tenor, en donde menciona; “…Lo antes peticionado es debido a que en la página electrónica de la Dirección del S.E.E.R. ,No se encuentra publicada la AGENDA de la Directora en cuestión de la SEMANA del 08 al 12-Febrero-2016, esto según los numerales 18 y 19 de la Ley de la Materia, ya que esto es un INCUMPLIMIENTO y resulta CONTRADICTORIO a lo que se acordó en la REUNION citada…”
Al respecto se le informa, que en la fecha de su solicitud de información, la Agenda de la C. Profa Griselda Álvarez Oliveros, Directora General del SEER no se encuentra en la página electrónica del S.E.E.R. toda vez que si bien es cierto en el artículo 19 fracción V de la Ley de la materia, se menciona que la agenda de actividades de los titulares de las dependencias públicas se deberán poner a disposición del público, no menos cierto es que la fracción II del artículo 16 de la ley en cita señala que la actualización de la página oficial deberá de realizarse cada 25 días hábiles, disposición legal que guarda congruencia con el Lineamiento VIGESIMO SEGUNDO de los LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA DIFUSION, DISPOSICION, Y EVALUACION DE LA INFORMACION PUBLICA DE OFICIO, que a la letra dice: “…VIGÉSIMO SEGUNDO. Se cumple con lo dispuesto por la fracción V del artículo 19 de la Ley, al publicarse la agenda de actividades que los titulares de las entidades públicas hayan realizado en el mes de calendario anterior…”
Por lo que entonces, la Dirección General del SEER, se encuentra en tiempo para publicar dicha agenda en la página electrónica de esta entidad. Así mismo, se hace de su conocimiento que en la citada reunión se trataron diversos puntos relacionados con la transparencia, para cumplir de una manera más efectiva, con la rendición de cuentas que estable la ley de transparencia del Estado, resaltándose los temas de mejora en la atención a las solicitudes de información, capacitación constante y permanente de los servidores públicos involucrados, motivación a la cultura de rendición de cuentas. A su vez, el 08 ocho de marzo de 2016 dos mil dieciséis, se notificó el oficio DSA/UIP-231/2016 signado por el Titular de la Unidad de Información Pública del Sistema Educativo Estatal Regular, mismo que señala: “Dentro del expediente SIP-020/2016, y en alcance a mi escrito de fecha 03 de marzo del año en curso, relativo al expediente 317/0050/2016 del consecutivo que se lleva en la Unidad de Información Pública de la SEGE, en respuesta a su solicitud de información, respecto a las acciones que la Dirección General del S.E.E.R., ha llevado a cabo, se le informa que: Se están realizando las acciones necesarias para incentivar la materia de transparencia en las Unidades de Administrativas de este Sistema Educativo, poniendo énfasis en la Ley General de Transparencia, así como en la Ley Estatal de Transparencia, que dictamine próximamente el congreso local, y en ese sentido se está, en la medida de lo posible se está asistiendo (personal administrativo y Directores de área) a los diversos eventos de ha realizado la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la información Pública del Estado (Gobierno Abierto y taller: lineamientos y criterios para la publicación de las obligaciones de transparencia comunes y especificas de la LGTAIP.), para que las Unidades Administrativas de este Sistema Educativo tengan el conocimiento de las obligaciones que les competen. Así mismo, de acuerdo a uno de los resultados a que se llegaron entre las Unidades de Información Pública de SEGE y S.E.E.R., para agilizar la entrega de la documentación solicitada, una vez que se compruebe el pago por reproducción de la información, la UIP-SEGE de oficio remita la comprobación respectiva a la UIP-SEER quien realizara los trámites necesarios para que el peticionario recoja la información solicitada y pagada en la UIP-SEGE. A través del oficio SP-057/2016 (ver foja 13 a 14) el cual fue notificado el 04 cuatro de marzo de 2016 dos mil dieciséis, el Coordinador General de Vinculación y Gestión Institucional respondió: Al respecto, se anexa al presente copia simple de la documentación consistente en la agenda relativa al día 08 ocho de Febrero de 2016 dos mil dieciséis, del ingeniero Joel Ramírez Díaz Secretario de Educación de Gobierno del Estado, en la cual consta asentada la reunión que fue programada con la Profa. Griselda Álvarez Oliveros, Director General del Sistema Educativo Estatal Regular así como con la MAP. Yolanda E. Camacho Zapata, Comisionada Presidenta de la Comisión Estatal de Garantía y Acceso a la Información Pública, y que fue llevada a cabo en apego a las funciones establecidas en el Manual de Organización aplicado a la Oficina del Secretario de Educación. De igual forma, hago de su conocimiento que en dicha reunión fueron tratadas diversas cuestiones tendientes a un mejoramiento en el cumplimiento a las obligaciones de transparencia y rendición de cuentas por parte de la Secretaría de Educación de gobierno del Estado. En este sentido, y con la finalidad de dar el debido seguimiento a los asuntos tratados, en fecha 25 veinticinco de febrero del año actual se solicitó a la aludida Comisión de Transparencia, se programara fecha y hora para que personal adscrito a esa Órgano Garante, capacite en materia de acceso a la información y protección de datos personales a los servidores públicos de este ente obligado, que tiene a su cargo la recepción y tramite de las solicitudes presentadas. Por lo que se anexa al presente para su conocimiento, copia simple del oficio UIP-0216/2016 signado por el Titular de la Unidad de Información Pública de esta Entidad en el que consta lo antes manifestado. Mediante escrito en alcance presentado el 11 once de abril de 2016 dos mil dieciséis, el quejoso acompañó el oficio DG-289/2015-2016, en el cual el ente obligado le contestó por conducto del Director General de la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado lo siguiente: “A fin de dar respuesta a la petición de información solicitada, dentro de los autos del expediente de Solicitud de información SIP/020/2015, que usted promueve, me permito hacer las aclaraciones correspondientes y poner a disposición la información que pudiera ser de su interés y que única y exclusivamente le corresponden dentro de su ámbito de competencia a esta Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado con las siguientes aclaraciones: En cuanto a lo solicitado en el párrafo último, primero, segundo y tercero, de la hoja número uno y dos respectivamente y que en su parte medular dice: “Solicito la COMPROBACION COMPLETA de los servicios de CAFÉ que solicitaron las diferentes titulares de las Licenciaturas de la escuela Normal del Edo. “BECENE”, por conducto de sus Coordinaciones durante los Meses de Agosto del 2014 a Enero del 2015, según Requisiciones presentadas para atender a diversas cantidades de personas a los Eventos de las Licenciaturas de la BECENE… … Por lo antes escrito, HOY solicito todo el documento que IMPLIQUE LA COMPROBACION COMPETA Y DETALLADA de donde PROCEDE el Recurso Público con el que se PAGO Facturas o comprobante fiscal, a que cuenta bancaria INGRESO dicho Recurso Público para el pago del servicio de CAFÉ, como se realizó el EGRESO de la cuenta bancaria en donde se encuentra el Recurso Público UTILIZADO PARA EL pago, su Póliza del Cheque expedido al Proveedor que expide


Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad

Fecha de validación07/11/2017

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la informaciónPonencia 3

Fecha de actualización11/07/2017


Carátula de captura

Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad0150390CFBB8DDF28625815A006723C6Creado el 07/11/2017 01:54:37 PM
Carátula de registro0244A81AF70125418625815A00673339Autor
RegistroAC5D041C0B70B2498625815A006D5F32Tipo de documento3 Hipervínculo




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