Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí n

Sujeto Obligadoase slp
Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí

Periodo
01 Enero2017

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros

A ) Artículo84

B ) FracciónII

C ) Inciso



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Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


AÑO XCIX, TOMO 11 SAN LUIS POTOSI, S.LP. SÁBADO 31 DE DICIEMBRE DE 2016
EXTRAORDINARIA
100 EJEMPLARES
30PÁGINAS PlANDESan Luis
PERIODJCO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el sólo hecho de publicarse en este Periódico. 2016 "Año de RafeL Nieto Compeán, promotor del sufragio femenino y la autonomía universitaria" ,_;r ./r :• ,• . 1¡.• r -• -• •. P. ode iegisla:tivo deÍ'Estad •
1 /;' i .-- :,_: :- :•_.: -: ,•¡- ::\ •; i' /;;--, .. il 1: e r ! Y,463 :.Tey_ e l_ gteso dei Mu icipio de Aq i món, S.L.P., para ,el Ejer- it ¡ CICIO Fis•cal2017 -,. : : ,.: . • 1 1
1': ;. •¡ r:r--'\ f.•-=::-: -',.----- • i ' f•. :: \:.: • t .' • •Responsable: SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Director: OSCAR IVAN l ON CALVO
L_ PERFECTO AMÉZQUITA .No.toÍ FRACC.. TANGAMANGA CP 78280 SAN LUIS POTOSI, S.LP. Actual $ 18.26
Atra$ado $ 36.52
Otros con base a su costo a crlterfo
de la Secretario de Finanzas SÁBADO 31 DE DICIEMBRE DE 20 16 PLAN DE San Luis
PERIOOIOO OfiOAL DEl. GOBIERNO DEl. ESTADO 1
1•' Directorio Juan Manuel Carreras López
Gobernador Constitucional del Estado de San Luis Potosí Alejandro Leal Tovías
Secretario General de Gobierno Osear lvá Leóq Calvo
Director STAFF Miguel Romero•Ruiz Esparza
_ Subdirector Miguel Angel Martínez (arnacho
Jefe de Diseño, Edición y Publicaciones Electrónicas Distribución José Rivera Estrada Poder Legislativo del Estado •Juan Manuel Carreras López, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, a sus habitantes sabed: Que el Congreso del Estado ha Decretado lo siguiente: DECRETO 0463 La S xagésima Primera Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí . O,ee<C\ta . EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Por mandato constitucional los ayuntamientos de los estados administrarán libremente su hacienda, la que se forma de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos qUe las legislaturas establezcan a su favor, como las contribuciones incluyendo tasas adicionales, y los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo. Si bien es cierto los impuestos y derechos que solventa el ciudadano le reducen us ingresos, también lo es que esas cargas impositivas se traducen en servicios _públicos, Para cualquier publicación oficial es necesario presentar oficio de solicitud pariúu autorizacióil dirigido a la Secretaría General de Gobierno, original . del documento, disco compacto (formato Word o Excel para windows, NO imagen, NI PDf)
'l Para publicaciones de Avisos Judiciales, Convocatorias, Balances, etc.,
realizar el pago deDerechos en las Cajas Recaudadoras de la Secretaría de
•finanzas y acompañar en original y copia fotostática, recibo de pago y documento a publicar y en caso debalances acompañar con disco compacto
(formato Word ofxcel para windows, NO imagen, NI PDf). •Avisos Judiciales, Convocatorias, Balances, etc. son considerados Edicione Ordinaria . Los días Martes y Jueves, publicación de licitaciones, presentando documentación con dos días hábiles de anticipación. La•recepción de los documentos a publicar será en esta Dirección .de 'Lu es a Viernes d 9:oo a 14:00 horas. i. NOTA: Los documentos a publicar deberán presentarse con la !:l bid;¡
-ªP- CÍ.Ó !l, * Las fechas que ¡parecen al pie de cada edicto son únicamente para cciritrol interno deésta Dirección del Periódico Oficial del Gobierno del
1 Estado "Plan de San Luis", debiéndose por lo tanto tomar como fecha
. oficial la publicaca tanto en la portada del Periódico como en los
éncabezados de croa página. 1 . Este medio infollTill:ivo aparece ordinariamente losdias Lunes, Miércoles,
1 _Íii_emes y extraoréfnariamente cuando así se requiera. .: ,,: REGISTOO POSTAL
. •..• IMPRESOS DEPOSITADOS POR SUS
• É[)ITORES O AGEIIITES
CR•SLP•ID2•99
t'' escuelas, seguridad, entre otros; y que además esos ingresos es facultad del. ciudadano de exigir un gasto público transparente eficiente. La presente Ley de ingresos que se aplicará para el ejercicio fiscal 2017, establece tasas, tarifas o cuotas, apegadas a los principios tributarios de equidad, proporcionalidad, legalidad, generalidad y de certeza jurídica. Y busca además, encontrar un equilibrio eritre la necesidad• dé inccementar los fecursos propios de los municipios y la de no perjudicar la economía de sus habitantes, determina proteger a las clases sociales con menos capacidad económica al no aumentar rubros que evidentemente serían gravosos; y en su caso, hacerlo en proporciones menores, ya que las contribuciones son también un instrumento de politica fiscal, que bien usadas permiten abatir las desigualdades sociales y económicas existentes
en los municipios de la Entidad. Así, al ser las contribuciones, el mejor mecanismo de este gobierno municipal para la distribución del costo de la producción de los bienes y servicios que este oferta y el instrumento de politica fiscal más idóneo para garantizar el flujo constante de recursos, se actualizan los gravámenes de alguno de ellos, lo cual le permite aumentar su recaudación en este rubro. En lo que hace a esta Ley, resulta preciso establecer en forma general la situación actual de la captación de recursos por parte del municipio. ÚNICO. Se EXPIDE la Ley de Ingresos para el Municipio de Aquismón, S. L. P., para quedar como sigue PlAN oESan Luis SÁBADO 31 DE DICIEMBRE DE 2016 3
PERIODICO OfiOAL OF..L GOBIERNO DEL ESTADO LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DEAQUISMÓN, S.L.P. PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2017 TÍTULO PRIMERO
DE lAS DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 1°. Esta Ley es de orden público y tiene por objeto establecer los distintos conceptos de ingresos que pueda obtener el Municipio de Aquismón, S.L.P., durante el Ejercicio Fiscal que comprende del 1de. enero al 31 de diciembre de 2017, así como en su caso precisar los elementos que los caracterizan y señalar las tasas y tarifas aplicables. ARTÍCULO r. Cuando en esta Ley se haga referencia a UMA se entenderá que es la Unidad de Medida y Actualización_ utilizada como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantí_a del pago de las obligaciones y supuestos previstos en la presente Ley. El valor diario, mensual y anual de la UMA será el publicado cada año por eiiNEGI. ARTÍCULO 3°, Las cantidades que resulten de la aplicación de tarifas y cuotas, se ajustarán de conformidad con la siguiente: V . CANTIDADES
Desde $ 0.01 y hasta $ 0.50
Desde$ 0.51 y hasta $ 0.99. . TABlA DEAJUSTES -...'\. UNIDAD DE AJUSTE
A la Unidad de peso inmediato inferior
A la unidad de peso inmediato superior ARTÍCULO 4°. En el Ejercicio Fiscal 2017 el Municipio de Aquismón; S.L.P. percibirá los ingresos que provengan de los conceptos y en las cantidades estimadas •siguientes: MunicijliO de Aquismón; S.LP. Ingreso Estimado
Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2017
Total 272'131,000.00
1 Impuestos 2'580,000.00
11 Impuestos sobre los ingresos 30,000.00
12 Impuestos sobre el_patrimonio 2'500,000.00
13 Impuestos sobre la producción, el consúmo y las transacciones 0.00
14 Impuestos al comercio exterior 0.00
15 Impuestos sobre Nóminas y Asimilables 0.00
16 Impuestos Ecológicos 0.00
17 Accesorios 50,000.00
18 Otros 1 mpuestos 0.00
19 Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causadas •en ejercicios . fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00
2 Cuotas y Aportaciones de seguridad social 0.00
21 Aportaciones para Fondos de Vivienda 0.00
22 Cuotas para el SeQuro Social 0.00
23 Cuotas de Ahorro para el Retiro 0.00
24 Otras Cuotas y Aportaciones para la seguridad social 0.00
25 Accesorios 0.00
3 Contribuciones de mejoras 0.00
31 Contribuci6n de mejoras por obraspúblicas 0.00
32 Contribuciones de Mejoras no comprendidas en las fracciones de la Ley de Ingresos caúsadas en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago . 0.00
4 Derechos 1'950,000.00
41 Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 0.00
42 Derechos a los hidrocarburos 0.00
43 Derechos por prestación de servicios 1'880,000.00
44 Otros Derechos 40,000.00
45 .Accesorios 30,000.00
49 Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley <;le Ingresos causadas en ejercicios
fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago . 0.00
5 Productos - 245,000.00
51 Productos de tipo corriente 20,000.00
52 Productos de capital 225,000.00
59 Productos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causadas en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago
0.00 PLANDl:San Luis
PERiobiOO 10AC Dé2 GÓ61ERNO DEl ESTACO 6 Aprovechamientos 6'475,000.0{}
6'1; AprOvechamientos de tipo corriente 210,000.00
S:i Áprovednamientos de•cápítaf . .. . .. 6'26'5,000.00
69 A'próVechamíentos no• (;omprendidos en las fráttibnes de 1 l.ey de Ingresos causadas en
erci.ci.os.fiscales anteriores pe-ndientes dé ljqufciación o pago 0'.00
7 lng:r so •por ventas dé bienes y servicios 0.00
71 lligr'ésos pór ventas de bienes y servicids de orqani'smos descentralizados 0.00
72 Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales _ 0.00
73 lngréso p()¡-•itent'as de bienes v seritidos jiroduéidós én éstabfecimit:mfós del Gobierno Central 0.00
8 Participaciones \¡ Aportaciones 260'881,000.00
81 Particjp¡l_Cióf)es 59'381,000.00
•82 A_poctác.lofi(:¡$ - " •- 141'500,000c00
83 ConvEíníás 60'000,000.00
9 Transferencia$, Asidriaciones, Subsidio$_y_ Otras Ayudas 0.00
91 Transferenéiás Internas y Asignacion•es al Sector Público 0.00
92 Tran•sferenciqs al Resto del Sector Público 0.00
93 Subsidió y Sti6vencfones V 0.00
94 Ayu'dáS' soda1é - -0.00
95 Pensiqhé$' y .J'tl'Pil ci.ones ' 0.00
96 TrariSi.éré'riti á Fl<:feicómisós, maliáatos y Cit:iáfoaos 0.00
o lngrosQ <le fitiáncl•mie'ntOS 0.00
01 Endéüdl"- 0: _ . 02 EndeMéí'f.l ffld . -. 0.00
0'.00 tituld-s tiUNiJo
de Lds tMr>W:stos . CAPÍTULO! iMPUESTOS Sbi3 E LOS INGRESpS SECCIÓN úNiCA
ESPECTÁCULOS PÚSUCOS ARTÍCULO 5°. Para la aplicación de este impuesto se estará a lo establecido en la Ley de Hacienda del Estado de San Luis Potosí, y la tasa sera eí •11% de ia b se éslablecidá eri aidia ley; excepción hecha de lo que se refiera a funciones de teatro y' Circo que cubrirán lá tasa del 4% conforme al áhéxo 5 dél Cótwenio de Adhesión al Sistema Nacional de
Coordinación Fiscal. CÁPÍTULOII
IMPUESTOS SOáRE EL PATRIMONIO SECCIÓNPRIMERA PREDIAL ARTÍCULO 6°. El impuesto predial se calculará aplicando la tasa que corresponda de acuerdo al tipo de predio y sobre la base gravable que señala la U y de Hacienda para los Municipios dé San Luis Potosi, confo rrte a lo siguiente: l. Para predios urbanos, suburbanos y rústicos, según el caso, se observarán las siguientes tasas: [ [Q!. {isj:_ E- r.- E I : r.<i. s: ===:: : .. ====:.=: .:== -=: =-===-:=-=:=:-:=:::=_-¡- !::_ f[] i 1. Predios con edificaCiones tipificadas como de interés social o vivienda popular y popular con i 0.50 1
L.. - !>. !:1J. § i9_r:!_PI29I JY- ----------------•-----_::_ ,,_............... , , , ..,,.._, .....-............ .J , .... ! 2. Predios distintos a los del número 1 anterior con edificación o cercados f 1.00 •
¡-------3- rredios no.cercaC!o a&aldíos----------•-----•--------•--••-•-------•--------------------- --- ---•--- -TT.-óo . i
[! f!I ii i: u ür"banos.dé5tfr;•aa¡;--¿•a 69mer6TO"""'$ervicios -- == =--==-:=..=::=- -====-:::: ==:====::==: ====-::]
¡ 1. Predios eón edificación o sin ella i 1.00 • i F i:Y.{- ? ¡ _5s : : k ¡.:.ln !rial: •--------- ==:=•=- - - :==•==:= ==-;-1 8 r;==- _:_ ==+*;-: -: PERIOOKP OFICIAL. DEL G0Bt€RNO DEL SSTADO SÁBADO 31 DE DICIEMBRE DE 2016 5 11. No causarán el impuesto, previa autorización del cabildo, los predios rústicos cuando por factores climatológicos y otros ajenos a la voluntad de tos productores, se haya originado la pérdida total de la producción. Cuando los propietarios o poseedores de predios urbanos, suburbanos o rústicos no los tengan empadronados, se apegaran a Jo que establece. la Ley de Hacienda para tos Municipios de San luis Potosi- • En:todo .caso, el importe miniino a pagar por el impuesto predial nunca será inferior a 4.0 UMA y su pago se haraen uná sora exhibición. ARTÍCULO 7°; Tratándóse de personas de 60 años y de más edad que pertenezeán aiiNAPAM, discapaCitados, así como jubilaáos y pensionados, previa identificación, cubrirán el 50% del Impuesto predial áe su casa habitaciónc SECCIÓN SEGUNDA DE PLUSVALÍA ARTÍCULO 8°. Este impuesto. se causará por el incremento en el valor de los bienes inmuebles urbanos, suburbanos y
rústicos del municipio que Óbtengan sus propietarios o. poseedores en razón de la realización de una obra ejecutatia total o
parcialmente con recursos municipares. La base del impuesto será la diferencia entre el último valor catastral del. predio y elque les corresponda coo posterioridad a la terminación de la obra pública; éste último será determinado por la autoridad catastral municipal o por perito vafüador autorizado. La tasa de este Impuesto será de 1.33% sobre la base gravable; y en ningún caso _será menor a 4.00 UMA Este impuesto se causará por una sola vez, sin exención de pago referente al impuesto predial; debiéndose liquidar antes de que transcurran 30 días hábiles de la notificación por parte de la autoridad municipal. SECCIÓN TERCERA
ADQUISICIÓN DE INMUEBLES Y OTROS DERECHOS REALES ARTÍCULO 9°. Este impuesto se causará'de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Hacienda para los Municipios de San Luis Potosí y se pagará aplicando la tasa neta del1.38% a la base gravable, no pudiendo ser este impuesto e!1 ningún caso inferior al importe resultante de 4.00 UMA.. Para los efectos de vivienda de interés social y vivienda popular se deducirá de la base gravable el importe de 15 UMA • • elevados al año y del impuesto a pagar resultante se deducirá el50%. Se considerará vivienda de interés social aquella cuyo valor global al término de la construcción I)O exceda de 20.00 UMA elevados al año; se considerará vivienda de interés popular aquella cuyo valor global al término de la construcción no exceda
de 30.00 UMA elevados al áño, siempre y cuando el adquiriente sea persona física y no tenga ninguna otra propiedad. La primera asignación o titulación que se derive del "Programa de Regulación y Registro de Actos Jurídicos Agrarios" en los
.t términos de la Ley Agraria, no son sujeta de este impuesto. CAPÍTULO 111 ACCESORIOS DE IMPUESTOS ARTÍCULO 10. Las multas, recargos y gastos de ejecución que perciba el municipio como accesorios de los impuestos, se regirán por lo estableéido en el Código Fiscal del Estado de San Luis Potosí. TÍTULO TERCERO
DE LAS CONTRIBUCIONES DE MEJORAS CAPÍTULO ÚNICO
CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS POR OBRAS PÚBLICAS ARTÍCULO 11. Estos ingresos se regirán por lo establecido en la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de San Luis Potosí. • TÍTULO CUARTO DE LOS DERECHOS SÁBADO 31 DE DICIEMBRE DE 2016 PLAN oES<3n Luis
':'ER boiCO OFIC b L G901ERNO DEL F5TAOO CAPÍTULO! DERECHOS POR ElLÍSO, GOCE, APROVECHAMI


Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad

Fecha de validación05/19/2017

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la informaciónAuditoría Especial de Legalidad

Fecha de actualización19/04/2017


Carátula de captura

Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadBD956E8DA5486776862580C1006D5B69Creado el 04/19/2017 01:56:09 PM
Carátula de registro3C6E1F601129425786258107006D3B55Autorase slp/server
Registro8DBFEDE557CC1CB886258107006D8320Tipo de documento




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