Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí n

Sujeto Obligadoase slp
Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí

Periodo
01 Enero2017

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros

A ) Artículo84

B ) FracciónII

C ) Inciso



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Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


AÑO XCIX, TOMO II
SAN LUIS POTOSI, S.L.P. JUEVES 30 DE JUNIO DE 2016
EXTRAORDINARIA
250 EJEMPLARES
04 PAGINAS
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el sólo hecho de publicarse en este Periódico. 2016 “Año de Rafael Nieto Compeán, promotor del sufragio femenino y la autonomía universitaria”
INDICE
Poder Legislativo del Estado
Decreto 0243.- Se fijan los Montos para las Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios de las Instituciones del Estado, para el segundo semestre de 2016. Responsable: SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Director: OSCAR IVAN LEON CALVO
GUERRERO No.865
COL CENTRO CP 78000
SAN LUIS POTOSI, S.L.P. Actual $ 18.26
Atrasado $ 36.52
Otros con base a su costo a criterio
de la Secretaria de Finanzas
2 JUEVES 30 DE JUNIO DE 2016
Poder Legislativo del Estado
Juan Manuel Carreras López, Gobernador Constitucional del
Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, a sus habitantes
sabed: Que el Congreso del Estado ha Decretado lo siguiente: DECRETO 0243
La Sexagésima Primera Legislatura Constitucional del
Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, Decreta
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley
de Adquisiciones del Estado de San Luis Potosí, que a la letra
mandata: “Las adquisiciones, arrendamientos y servicios que
rebasen los montos establecidos semestralmente por el
Congreso del Estado, deberán ser turnados al conocimiento
de los comités respectivos. Dichos montos serán aprobados dentro de la segunda
quincena de los meses enero y julio de cada año, lo cual se
difundirá a través del Periódico Oficial del Estado”. Es importante establecer que el pasado 28 de enero del
presente se publicó en el Diario Oficial de la Federación lo
siguiente. “UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN
Con fundamento en el artículo 26 apartado B último párrafo de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el
artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman
y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de
desindexación del salario mínimo, y 23 fracción XX Bis del
Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y
Geografía, corresponde al Instituto calcular el valor de la Unidad
de Medida y Actualización y publicar el mismo en el Diario
Oficial de la Federación, por lo que se da a conocer lo siguiente: El valor inicial diario de la Unidad de Medida y Actualización,
será equivalente al que tenga el salario mínimo general
vigente diario para todo el país, por lo que se da a conocer lo
siguiente: Directorio
Juan Manuel Carreras López
Gobernador Constitucional del Estado
de San Luis Potosí
Alejandro Leal Tovías
Secretario General de Gobierno
Oscar Iván León Calvo
Director
STAFF
Miguel Romero Ruiz Esparza
Subdirector
José Cuevas García
Jefe de Control de Publicaciones
Miguel Ángel Martínez Camacho
Jefe de Diseño, Edición y Publicaciones Electrónicas
Distribución
José Rivera Estrada
Para cualquier publicación oficial es necesario presentar oficio de
solicitud para su autorización dirigido a la Secretaría General de Gobierno,
original del documento, disco compacto (formato Word o Excel para
windows , NO imagen, NI PDF)
Para publicaciones de Avisos Judiciales, Convocatorias, Balances, etc.,
realizar el pago de Derechos en las Cajas Recaudadoras de la Secretaría de
Finanzas y acompañar en original y copia fotostática, recibo de pago y
documento a publicar y en caso de balances acompañar con disco compacto
(formato Word o Excel para windows, NO imagen, NI PDF). Avisos Judiciales, Convocatorias, Balances, etc. son considerados
Ediciones Ordinarias. Los días Martes y Jueves, publicación de licitaciones, presentando
documentación con dos días hábiles de anticipación. La recepción de los documentos a publicar será en esta Dirección de
Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas. NOTA: Los documentos a publicar deberán presentarse con la debida
anticipación. * Las fechas que aparecen al pie de cada edicto son únicamente para
control interno de ésta Dirección del Periódico Oficial del Gobierno del
Estado “Plan de San Luis”, debiéndose por lo tanto tomar como fecha
oficial la publicada tanto en la portada del Periódico como en los
encabezados de cada página. Este medio informativo aparece ordinariamente los días Lunes, Miércoles,
Viernes y extraordinariamente cuando así se requiera. REGISTRO POSTAL
IMPRESOS DEPOSITADOS POR SUS
EDITORES O AGENTES
CR-SLP-002-99
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2016 3
Con base en lo anterior, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía determina que el valor diario de la Unidad de
Medida y Actualización es de $73.04 pesos mexicanos, el mensual es de $2,220.42 pesos mexicanos y el valor anual $
26,645.04 pesos mexicanos, en el año 2016. México, D.F., a 27 de enero de 2016.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía: el Director General Adjunto de Índices de
Precios, Jorge Alberto Reyes Moreno.- Rúbrica.”
Es por ello y con la finalidad de cumplir con la responsabilidad referida, se determina establecer los mismos montos que
estuvieron previstos para el primer semestre del año en curso; es importante precisar que dichos montos se fijarán en base
al valor de la Unidad de Medida y Actualización que fue emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y
que para este año tiene el mismo valor que tiene el salario mínimo general. Con los montos mínimos y máximos a que estarán sujetos los procedimientos de adquisiciones, arrendamientos y servicios,
se pretende que las instituciones del Gobierno del Estado obtengan sus bienes y servicios con el mejor precio, calidad y
oportunidad. Lo anterior, con el fin de contar con un ejercicio de gobierno transparente, eficiente y responsable. ÚNICO. De conformidad con el artículo 23 de la Ley de Adquisiciones del Estado de San Luis Potosí, se fijan los montos para
las adquisiciones, arrendamientos y servicios de las instituciones del Estado, para el segundo semestre de 2016, para
quedar como sigue
TRANSITORIOS
PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor el uno de julio de 2016, previa publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto. Lo tendrá entendido el Ejecutivo del Estado, lo hará publicar, circular y obedecer. D A D O en el salón de sesiones “Ponciano Arriaga Leija” del Honorable Congreso del Estado, el veintinueve de junio de dos
mil dieciséis. Por la Directiva, Presidenta, Legisladora Josefina Salazar Báez; Primer Secretario, Legislador J. Guadalupe Torres Sánchez; Segundo Secretario, Legislador José Luis Romero Calzada. (Rúbricas) Por tanto mando se cumpla y ejecute el presente Decreto y que todas las autoridades lo hagan cumplir y guardar y al efecto se
imprima, publique y circule a quienes corresponda. D A D O en el Palacio de Gobierno, sede del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, el treinta de junio
del año dos mil dieciseis. El Gobernador Constitucional del Estado
Juan Manuel Carreras López
(Rúbrica)
El Secretario General de Gobierno
Alejandro Leal Tovías
(Rúbrica)
Monto máximo total de
cada operación que
podrá adjudicarse
directamente: Monto máximo y mínimo
total de cada operación
que podrá adjudicarse
mediante invitación
restringida por escrito a
cuando menos tres
proveedores: Monto máximo y mínimo
total de cada operación
que podrá otorgarse
mediante licitación
pública: Hasta 1125 de la Unidad
de Medida y
Actualización vigente. De más de 1125 a 13500
de la Unidad de Medida y
Actualización vigente. De más de 13500 de la
Unidad de Medida y
Actualización vigente. 4 JUEVES 30 DE JUNIO DE 2016


Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad

Fecha de validación05/20/2017

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la informaciónAuditoría Especial de Legalidad

Fecha de actualización20/04/2017


Carátula de captura

Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadBD956E8DA5486776862580C1006D5B69Creado el 04/20/2017 10:31:11 AM
Carátula de registroF862D0A33D2E64A6862581080058C020Autorase slp/server
Registro575C9A6FD0F97CE986258108005ABEFDTipo de documento




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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