Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí n

Sujeto Obligadocoespo slp
Consejo Estatal de Población

Periodo
02 Febrero2017

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Las facultades de cada área.

A ) Artículo84

B ) FracciónVI

C ) Inciso


Registro general

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LTAIPSLPA84FVI.xls

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TITULO NOMBRE CORTO DESCRIPCION
Las facultades de cada área. LTAIPSLPA84FVI "Las facultades de cada área. Tabla Campos
Denominación del Área. Denominación de la norma Fundamento legal Facultades del área Fecha de validación Área responsable de la información Nota Año Fecha de actualización
Secretaio Técnico del Consejo Estatal de Población Reglamento Interno Conseo Estatal de Población Artículo 19 Reglamento Interno del Consejo Estatal de Población "Artículo 19.- El Secretario Técnico tendrá las siguientes atribuciones: I. Elaborar y proponer en el seno del Consejo, el Programa Estatal de Población; II. Representar por acuerdo del Presidente, al Consejo ante las autoridades estatales y municipales y ante los sectores social y privado; III. Levantar las actas correspondientes a las sesiones ordinarias y extraordinarias que celebre el Consejo y presentarlas para su aprobación al mismo; IV. Formular en acuerdo con el Presidente del Consejo, el orden del día de los asuntos que deban tratarse en las sesiones del Consejo, quedando bajo su custodia el archivo; V. Coordinar los trabajos técnicos que apoyen la realización y evaluación del Programa Estatal de Población; VI. Participar en el seno del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado, con el fin de promoveré inducir la incorporación del criterio demográfico en los programas de desarrollo estatal y presidir el Subcomité Especial de Política Poblacional; VII. Apoyar la comunicación en población y desarrollar una base de datos sociodemográficos de la Entidad; VIII. Proponer los mecanismos de concertación de acciones que permitan dar cumplimiento a los objetivos del Programa Estatal de Población, en coordinación con los del Programa Nacional; IX. Administrar los recursos y vigilar que la operación del Consejo sea eficiente y se ajuste al programa y presupuesto aprobado; X. Proponer al Presidente del Consejo de Administración la contratación o remoción del personal al servicio del Consejo; XI. Informar puntualmente al Consejo de los avances físicos y financieros de los programas a su cargo; XII. En general, ejercer aquellas atribuciones que se consideren necesarias para el adecuado funcionamiento del Consejo." 25/04/2017 Unidad de Transparencia del COESPO 2017 25/04/2017
Director de Coordinación Interinstitucional Reglamento Interno Conseo Estatal de Población Artículo 22 Reglamento Interno del Consejo Estatal de Población "Artículo 22.- son atribuciones del director de Área de Coordinación Interinstitucional: I. Establecer los proyectos, planes y programas que sean factibles, para coadyuvar al fortalecimiento de la política poblacional y su incidencia en el ámbito económico y social de la entidad; así mismo organizará, controlará y evaluará las acciones que se lleven a cabo. II. Gestionar la participación de las dependencias de la administración pública estatal, federal y municipal así como de los sectores social y privado, en la elaboración y ejecución de programas. III. Apoyar y coordinar las acciones que en materia de población lleven a cabo las dependencias del sector público de acuerdo con el Programa Estatal de Población. IV. Desarrollar mecanismos de evaluación y seguimiento de las acciones en materia de población, a fin de mejorar el proceso de formulación de programas y acciones. V. Promover el establecimiento de Consejos Regionales de Población y dará seguimiento a los trabajos, proyectos y programas de los mismos. VI. Coordinar las acciones operativas en materia de población en el Subcomité Especial de Política Poblacional en el COPLADE. VII. Coordinar los trabajos que apoyen la realización y evaluación de estudios demográficos y fenómenos poblacionales que por su naturaleza e importancia requieran de especial atención. " 25/04/2017 Unidad de Transparencia del COESPO 2017 25/04/2017


Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad

Fecha de validación05/09/2017

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la informaciónUnidad de Transparencia COESPO

Fecha de actualización25/04/2017


Carátula de captura

Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad50D5685FA92FE39E862580B50069E1F4Creado el 04/25/2017 09:32:36 AM
Carátula de registro986A4066664117258625810D00555328Autorcoespo
RegistroD536C3E69F42BE9A8625810D005561E1Tipo de documento1 Registro general




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